Orden TMD/1361/2024, de 29 de noviembre, de delegación de competencias en el ámbito del programa 929D «Contingencias asociadas a la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) de 2024».

MarginalBOE-A-2024-25187
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Política Territorial y Memoria Democrática
Rango de LeyOrden

De conformidad con la disposición adicional primera del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes de respuesta ante los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024 y la disposición adicional primera del Real Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes para el impulso del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, deben imputarse al programa presupuestario 929D «Contingencias asociadas a la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) de 2024» los expedientes de gastos que se tramiten en ese ámbito.

La existencia de este nuevo programa presupuestario determina la necesidad de ajustar la forma de ejercicio de las competencias de determinados órganos superiores y directivos del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.

De este modo, mediante esta orden se establecen las delegaciones de competencias realizadas por la persona titular del Departamento en diferentes órganos de este y se aprueban las delegaciones de competencias efectuadas por la persona titular de la Secretaría de Estado de Política Territorial en otros órganos del Departamento, para el ámbito del programa presupuestario 929D «Contingencias asociadas a la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) de 2024».

Esta orden resulta complementaria a la Orden TMD/605/2024, de 12 de junio, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias.

A este respecto, cabe recordar que el apartado primero de la referida orden fija en 12 millones de euros el límite por debajo del cual la persona titular de la Secretaría de Estado de Política Territorial podrá Administrar los créditos para gastos de los presupuestos del Ministerio propios de su ámbito de competencia y de los órganos dependientes de la misma, aprobar y comprometer los gastos con cargo a aquellos créditos, así como reconocer las obligaciones económicas y proponer su pago, exceptuando la gestión de los créditos del capítulo 1 (Gastos de personal) de los Presupuestos del Ministerio así como conceder subvenciones y ayudas con cargo a los créditos de gasto propios de su Secretaría de Estado y de los órganos dependientes de la misma. Asimismo se recuerda la delegación de competencias realizada por la persona titular del Ministerio en la persona titular de la Secretaría de Estado de Política Territorial para administrar los créditos para gastos de los presupuestos, aprobar y comprometer los gastos, reconocer las obligaciones económicas y proponer su pago, así como conceder subvenciones y ayudas que sean propias de su ámbito competencial, cuando se supere el importe de doce millones de euros, con excepción de las operaciones de gestión de los créditos del capítulo 1 (Gastos de personal) de los Presupuestos del Ministerio, siendo dichas delegaciones plenamente aplicables a la gestión del citado programa presupuestario 929D.

Finalmente, cabe indicar que esta orden se dicta al amparo de lo previsto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en el artículo 20 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.

En su virtud, dispongo:

CAPÍTULO I Competencias delegadas por la persona titular del Ministerio

Primero. Delegación de competencias en la persona titular de la Dirección General de Cooperación Autonómica y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR