Orden TED/1522/2021, de 29 de diciembre, por la que se establecen los criterios para determinar cuándo el caucho granulado y el polvo de caucho, obtenidos del tratamiento de neumáticos fuera de uso y destinados a ciertas aplicaciones, dejan de ser residuos con arreglo a la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, y por la que se modifican las Órdenes TED/426/2020, de 8 de mayo, APM/205/2018, de 22 de febrero, y la APM/206/2018, de 22 de febrero, por las que, respectivamente, se establecen los criterios para determinar cuándo el papel y cartón recuperado destinado a la fabricación de papel y cartón, el aceite usado procesado procedente del tratamiento de aceites usados para su uso como combustible y el fuel recuperado procedente del tratamiento de residuos MARPOL tipo C para su uso como combustible en buques, dejan de ser residuos con arreglo a la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados

AutorDra. Eva Blasco Hedo
Páginas49-50
Recopilación mensual n. 120, Febrero 2021
49
Nacional
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 7 de febrero de 2022
Orden TED/1522/2021, de 29 de diciembre, por la que se establecen los criterios para
determinar cuándo el caucho granulado y el polvo de caucho, obtenidos del
tratamiento de neumáticos fuera de uso y destinados a ciertas aplicaciones, dejan de
ser residuos con arreglo a la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos
contaminados, y por la que se modifican las Órdenes TED/426/2020, de 8 de mayo,
APM/205/2018, de 22 de febrero, y la APM/206/2018, de 22 de febrero, por las que,
respectivamente, se establecen los criterios para determinar cuándo el papel y cartón
recuperado destinado a la fabricación de papel y cartón, el aceite usado procesado
procedente del tratamiento de aceites usados para su uso como combustible y el fuel
recuperado procedente del tratamiento de residuos MARPOL tipo C para su uso
como combustible en buques, dejan de ser residuos con arreglo a la Ley 22/2011, de
28 de julio, de residuos y suelos contaminados
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del
Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE n. 8, de 10 de enero de 2021
Palabras Clave: Residuos. Neumáticos fuera de uso. Fin de la condición de residuo. Caucho
granular y el polvo de caucho. Valorización. Gestión.
Resumen:
En el ámbito de la Unión Europea, la Comisión no ha adoptado un reglamento en el que,
con arreglo a la Directiva Marco de Residuos, se definan criterios y especificaciones para
determinar cuándo los materiales obtenidos del tratamiento de los neumáticos fuera de uso
dejan de tener la condición de residuo. Por esa razón, algunos países han venido trabajando
en el desarrollo de una normativa nacional propia de fin de condición de residuo para el
caucho obtenido del tratamiento de estos residuos; en concreto Italia, Letonia, Portugal y
Reino Unido son los cuatro países que ya disponen de normativa de fin de condición de
residuo.
En este contexto, se ha considerado pertinente y necesario proceder a elaborar una norma
propia, de aplicación en nuestro país. A tal fin, por parte del MITECO, se ha encargado un
estudio que ha permitido realizar un análisis detallado del cumplimiento de las condiciones
necesarias para el establecimiento de los criterios de fin de condición de residuo. En este
estudio se aborda el marco normativo, el desarrollo empresarial existente en nuestro país
para llevar a cabo los tratamientos de estos residuos, las opciones existentes para la utilización
del caucho granular y del polvo de caucho y la demanda que hay para este material. Analiza
también la existencia de normas técnicas y la literatura científica disponible en relación con
los posibles impactos adversos para el medio ambiente y la salud humana que pudieran
derivarse de la utilización del caucho procedente de neumáticos fuera de uso.
Con esta base, la Orden hace referencia al caucho granulado y al polvo de caucho
procedentes de los neumáticos fuera de uso, que han sido recogidos de manera separada y

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