Orden SSG/29/2022, de 8 de junio, por la que se modifica la Orden 5/2017, de 22 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a los municipios y a las entidades locales menores, para la mejora de la accesibilidad en la red viaria y en otros espacios de uso público

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejera de Servicios Sociales y Gobernanza Pblica
Rango de LeyOrden

Con objeto de fomentar la actuación de las entidades locales para que adapten los espacios públicos urbanizados de su titularidad a las condiciones de accesibilidad exigidas en el Real Decreto 505/2007, de 20 de abril, por el que se aprueban las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados y edificaciones, se aprobó la Orden 5/2017, de 22 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la mejora de la accesibilidad en la red viaria y en otros espacios de uso público, modificada por Orden SSG/11/2021, de 23 de marzo.

La crisis ocasionada por la pandemia del coronavirus obligó a adoptar medidas en el ámbito de la Unión Europea con objeto de mitigar su impacto económico y social y hacer que las economías y sociedades europeas sean más sostenibles y resilientes y estén mejor preparadas para los retos y oportunidades de las transiciones ecológica y digital. A este respecto, por Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, estableciendo las disposiciones para la programación, presupuestación, gestión y ejecución de las actuaciones financiables con fondos europeos.

Entre las líneas de acción que permiten articular los programas de inversiones y reformas del Plan referido en el párrafo anterior se encuentra el componente 22 'Economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de igualdad e inclusión', entre cuyos fines se encuentra realizar actuaciones enmarcadas en el 'Plan España país accesible'.

En relación con lo dispuesto en el párrafo anterior y para impulsar la ejecución de actuaciones en materia de accesibilidad por parte de los municipios de esta Comunidad Autónoma con cargo a los fondos comunitarios, es necesario modificar la Orden 5/2017, de 22 de septiembre, con objeto de incorporar las especialidades procedimentales contenidas en el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, en la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre y en el resto de normas e instrucciones dictadas por el Estado en desarrollo de la normativa de la Unión Europea.

Por todo ello, a propuesta de la Dirección General de Política Local, previos los trámites preceptivos y conforme a las funciones asignadas en el Decreto 44/2020, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Servicios Sociales y Gobernanza Pública, en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, apruebo la siguiente,

ORDEN

Artículo único Modificación de la Orden 5/2017, de 22 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a los municipios y a las entidades locales menores, para la mejora de la accesibilidad en la red viaria y en otros espacios de uso público.

Uno. El párrafo tercero del apartado 1 del artículo 3 queda redactado en los siguientes términos:

'Las actuaciones anteriores podrán ser objeto de financiación por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, Componente 22, en el marco del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea, de conformidad con el procedimiento previsto en la disposición adicional primera de la presente Orden.'

Dos. Se añade una disposición adicional primera, con la siguiente redacción:

'Disposición adicional primera. Subvenciones para la mejora de la accesibilidad en espacios de uso público, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

  1. Además de lo dispuesto en las presentes bases, será de preferente aplicación la regulación contenida en el Reglamento (UE) 2021/241, del Parlamento Europeo y del Consejo, en el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), y en las órdenes que pueda adoptar el Ministerio de Hacienda y Función Pública, como autoridad responsable del PRTR ante la Unión Europea, entre las que se encuentran las siguientes:

    - Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

    - Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de...

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