Orden SND/411/2020, de 13 de mayo, por la que se modifica la Orden SCB/925/2019, de 30 de agosto, por la que se aprueba la oferta de plazas y la convocatoria de pruebas selectivas 2019 para el acceso en el año 2020, a plazas de formación sanitaria especializada para las titulaciones universitarias de grado/licenciatura/diplomatura de Medicina, Farmacia, Enfermería y ámbito de la Psicología, la Química, la Biología y la Física.

MarginalBOE-A-2020-5064
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Sanidad
Rango de LeyOrden

El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, establece en su disposición adicional tercera que se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público, que se reanudarán en el momento en el que pierda vigencia el citado real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo. La suspensión de términos y la interrupción de plazos se aplicarán a todo el sector público definido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sin perjuicio de esta regla general, la propia disposición adicional tercera establece en su apartado 4 que las entidades del sector público podrán acordar motivadamente la continuación de aquellos procedimientos administrativos que sean indispensables para el funcionamiento básico de los servicios.

Tras la entrada en vigor del estado de alarma quedó automáticamente suspendido el procedimiento regulado en la Orden SCB/925/2019, de 30 de agosto, si bien mediante Resolución de 7 de mayo de 2020, del Director General de Ordenación Profesional, se ha resuelto su reanudación en base a lo previsto en el apartado 4 de la referida disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.

Por otra parte, el dispongo octavo de la Orden SCB/925/2019, de 30 de agosto, prevé que la adjudicación de las plazas se lleve a cabo electrónicamente o por comparecencia física de la persona solicitante o de su representante legal.

En el contexto del estado de alarma se hace imposible la comparecencia física de todos los aspirantes en el Ministerio de Sanidad, o en cualquier otro lugar habilitado a tal efecto, y es de esperar que una vez finalizado este estado de alarma, existan dificultades para la realización de desplazamientos, nacionales e internacionales, que supongan un obstáculo a la adjudicación presencial de plazas.

Los interesados afectados por la Orden SCB/925/2019, de 30 de agosto, al tratarse de personas físicas, no son sujetos obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas. No obstante, el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, prevé que estas puedan reglamentariamente establecer la obligación de relacionarse con ellas a través de medios electrónicos para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que, por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.

Mediante la presente orden, previa autorización de la Secretaría General de Administración Digital, del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, se establece la obligatoriedad para los aspirantes de comparecer por medios electrónicos para la adjudicación de plaza, y se regula el procedimiento de solicitud electrónica de plazas.

Asimismo, se aprueba la ampliación de 143 plazas, que se suman a las ya ofertadas en la Orden SCB/925/2019, de 30 de agosto, las cuales se desglosan en 103 plazas para la titulación universitaria de Medicina, 5 plazas para la titulación universitaria de Farmacia, 32 plazas para la titulación universitaria de Enfermería, 1 plaza para las titulaciones universitarias del ámbito de la Biología y 2 plazas para las titulaciones universitarias del ámbito de la Psicología.

No obstante, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 5.2 del Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, y en el dispongo primero de la Orden SCB/925/2019, de 30 de agosto, se retiran de la oferta inicial 2 plazas de Psicología Clínica, como consecuencia de la desacreditación de la Unidad Docente de Psicología Clínica del Hospital de la Plana, según Resolución del Director General de Ordenación Profesional de 10 de diciembre de 2019. Por tanto, el número total de plazas para las titulaciones universitarias del ámbito de la Psicología se mantiene en 189.

Esta ampliación se encuadra en las medidas extraordinarias encaminadas a reforzar el Sistema Nacional de Salud en la crisis sanitaria provocada por el COVID-19, llevadas a cabo por el Ministerio de Sanidad y las comunidades autónomas.

Esta orden se dicta en base a la habilitación contenida en el artículo 4.3 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, que establece que el Ministro de Sanidad queda habilitado para dictar las órdenes, resoluciones, disposiciones e instrucciones interpretativas que, dentro de su ámbito de actuación como autoridad delegada, sean necesarios para garantizar la prestación de todos los servicios, ordinarios o extraordinarios, en orden a la protección de personas, bienes y lugares, mediante la adopción de cualquiera de las medidas previstas en el artículo once de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio. Es precisamente este precepto el que habilita al Ministro de Sanidad para establecer la obligatoriedad de los aspirantes a las plazas de concurrir por medios electrónicos al procedimiento, en virtud de lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley /39/2015, de 1 de octubre.

En su virtud, previo informe de la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud, en su reunión del día 5 de mayo de 2020, dispongo:

Artículo único  Modificación de la Orden SCB/925/2019, de 30 de agosto, por la que se aprueba la oferta de plazas y la convocatoria de pruebas selectivas 2019 para el acceso en el año 2020, a plazas de formación sanitaria especializada para las titulaciones universitarias de Grado/Licenciatura/Diplomatura de Medicina, Farmacia, Enfermería y ámbito de la Psicología, la Química, la Biología y la Física.

La Orden SCB/925/2019, de 30 de agosto, por la que se aprueba la oferta de plazas y la convocatoria de pruebas selectivas 2019 para el acceso en el año 2020, a plazas de formación sanitaria especializada para las titulaciones universitarias de Grado/Licenciatura/Diplomatura de Medicina, Farmacia, Enfermería y ámbito de la Psicología, la Química, la Biología y la Física, queda modificada como sigue:

Uno. Se modifica el dispongo primero, que queda redactado en los siguientes términos:

Primero. Aprobación de la oferta de plazas.

Aprobar la oferta de plazas de formación sanitaria especializada de las pruebas selectivas 2019/2020 para las titulaciones universitarias de Grado/Licenciatura/Diplomatura de Medicina, Farmacia, Enfermería y ámbito de la Psicología, la Química, la Biología y la Física, con indicación de las que pueden ser cubiertas por aspirantes que se acogen al turno de personas con discapacidad.

1. Medicina: 7.615 plazas de las especialidades relacionadas en los apartados 1 y 5 del anexo I del Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, en las que la formación se impartirá por el sistema de residencia, conforme sigue:

a) 7.572 plazas distribuidas por comunidades autónomas en los centros y Unidades docentes que se indican en el anexo I, cualquiera que sea la titularidad pública o privada de los centros.

b) 43 plazas en centros sanitarios de titularidad privada que ejerzan el derecho de conformidad previa a las personas que pretendan acceder a las mismas. El derecho de conformidad previa solo podrá hacerse efectivo si el aspirante ha superado la puntuación mínima que, en su caso, se establezca y si ha obtenido en la prueba selectiva un número de orden igual o menor al total de plazas convocadas para esta titulación, en el grupo integrado por las plazas incluidas en el apartado anterior.

c) 533 plazas podrán ser cubiertas en esta convocatoria por el turno de personas con discapacidad.

d) 300 plazas podrán ser cubiertas por personas que no sean titulares de una autorización para residir en España, a las que se hace referencia en el dispongo segundo, apartado 1.d).

2. Farmacia: 276 plazas de las especialidades relacionadas en los apartados 2 y 5 del anexo I del Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, en las que la formación se impartirá por el sistema de residencia, conforme sigue:

a) 271 plazas distribuidas por comunidades autónomas en los centros y Unidades docentes que se indican en el anexo I, cualquiera que sea la titularidad pública o privada de los centros.

b) 5 plazas en centros sanitarios de titularidad privada que ejerzan el derecho de conformidad previa a las personas que pretendan acceder a las mismas. El derecho de conformidad previa solo podrá hacerse efectivo si el aspirante ha superado la puntuación mínima que, en su caso, se establezca y si ha obtenido en la prueba selectiva un número de orden igual o menor al total de plazas convocadas para esta titulación, en el grupo integrado por las plazas incluidas en el apartado anterior.

c) 19 plazas podrán ser cubiertas en esta convocatoria por el turno de personas con discapacidad.

d) 8 plazas podrán ser cubiertas por personas que no sean titulares de una autorización para residir en España, a las que se hace referencia en el dispongo segundo, apartado 1.d).

3. Enfermería: 1.495 plazas para las especialidades relacionadas en el apartado 4 del anexo I del Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, en las que la formación se impartirá por el sistema de residencia, conforme sigue:

a) 1.495 plazas distribuidas por comunidades autónomas en los centros y Unidades docentes que se indican en el anexo I, cualquiera que sea la titularidad pública o privada de los centros.

b) 105 plazas podrán ser cubiertas en esta convocatoria por el...

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