ORDEN SAN/361/2020, de 27 de abril, por la que se adopta medida en materia de selección del personal estatutario temporal de los centros e instituciones sanitarias dependientes de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, como consecuencia del estado de alarma ocasionado por el COVID-19.

SecciónIII - Autoridades y Personal
Rango de LeyOrden

El 14 de marzo de 2020 se publicó en el B.O.E. el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el Estado de alarma para la gestión de la situación sanitaria de crisis ocasionada por el COVID-19, al objeto proteger la salud y seguridad de los ciudadanos, contener la progresión de la enfermedad y reforzar el sistema de salud pública.

En este sentido, en el artículo 6 del citado se estableció que cada Administración conservará las competencias que le otorga la legislación vigente en la gestión ordinaria de sus servicios para adoptar las medidas que estime necesarias en el marco de las órdenes directas de la autoridad competente a los efectos del estado de alarma.

Asimismo en la Orden SND/232/2020, de 15 de marzo, por la que se adoptan medidas en materia de recursos humanos y medidas para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por COVID-19 en el apartado Duodécimo se atribuyó a las autoridades sanitarias competentes de cada comunidad autónoma la posibilidad de dictar las resoluciones, disposiciones e instrucciones interpretativas que, en la esfera específica de su actuación, sean necesarias para garantizar la eficacia de lo dispuesto en esta orden.

Considerando que la prestación de servicios en los centros e instituciones sanitarias dependientes de cualquier servicio de Salud del Sistema Nacional de Salud parte de los profesionales ha de valorarse adecuadamente teniendo en cuenta la situación excepcional en la que se prestan, por medio de la presente orden se introduce, previa negociación y acuerdo adoptado por la Mesa Sectorial del Personal al Servicio de las Instituciones Sanitarias Públicas celebrada el 17 de abril, la medida referida a la valoración de la experiencia profesional en el baremo para la constitución de las bolsas de empleo de personal estatutario temporal de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León.

En virtud de lo anteriormente expuesto, de conformidad con el artículo 6 de la Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León, en ejercicio de las funciones establecidas en el artículo 7 letra q) de la Ley 8/2010 de 30 de agosto, de ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León y en la condición de autoridad sanitaria reconocida en el artículo 70 de la Ley 8/2010 de 30 de agosto,

Jueves, 30 de abril de 2020

RESUELVO

Primero.- Medida en materia de selección del personal estatutario temporal de los centros e instituciones sanitarias...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR