ORDEN SAN/300/2020, de 12 de marzo, por la que se amplían las medidas preventivas en relación con el COVID-19 para toda la población y el territorio de la Comunidad de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Presidencia
Rango de LeyOrden

Mediante Orden SAN/295/2020, de 11 de marzo, publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León el 12 de marzo, la Consejería de Sanidad ha adoptado un primer grupo de medidas preventivas y recomendaciones en relación con el COVID-19 para toda la población y el territorio de la Comunidad de Castilla y León.

No obstante, una vez declarada por la OMS el 11 de marzo de 2020 la situación de pandemia respecto del brote Covid-19, ante la situación de emergencia de salud pública existente en todo el territorio de Castilla y León y a la vista de las nuevas medidas y recomendaciones adoptadas por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, se considera imprescindible y urgente la ampliación de las medidas preventivas y recomendaciones a adoptar para toda la población y el territorio de la Comunidad de Castilla y León.

La Ley 8/2010, de 30 de agosto de Ordenación de Sistema de Salud de Castilla y León, atribuye la condición de autoridad sanitaria a la persona titular de la Consejería de Sanidad, a las personas titulares de los centros directivos de la misma y a las personas titulares de la Delegaciones Territoriales, siendo, por tanto, los competentes, en sus respectivos ámbitos materiales y territoriales, de la adopción, seguimiento y control de las medidas preventivas señaladas y recogidas también en la Ley 10/2010, de 27 de septiembre, de Salud Pública y Seguridad Alimentaria de Castilla y León, en Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública así como en la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad.

En virtud de lo anteriormente expuesto, en ejercicio de las funciones establecidas en el artículo 7 letra q) de la Ley 8/2010 de 30 de agosto, de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León y el artículo 21 letra i) de la Ley 10/2010 de 27 de septiembre, de Salud Pública y Seguridad Alimentaria de Castilla y León y en la condición de autoridad sanitaria reconocida en el artículo 41 de la Ley 10/2010, de 27 de septiembre,

RESUELVO

Primero.- Ampliación de las medidas preventivas de carácter coercitivo para toda la población y el territorio de la Comunidad de Castilla y León previstas en la Orden SAN/295/2020, de 11 de marzo.

Además de las medidas previstas en la Orden SAN/295/2020, de 11 de marzo, se adoptan, para toda la población y el territorio de la Comunidad de Castilla y León y con los mismos...

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