Orden TIN/831/2011, de 8 de abril, por la que se regula el tablón de edictos y anuncios de la Seguridad Social.

MarginalBOE-A-2011-6358
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Trabajo e Inmigración
Rango de LeyOrden

La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece en su artículo 45.1, el mandato a las administraciones públicas de impulsar el empleo y aplicación de las técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos, para el desarrollo de su actividad y el ejercicio de sus competencias, con las limitaciones que para la utilización de estos medios se establecen en la Constitución y en las leyes.

A su vez, la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, consagra la relación con las administraciones públicas por medios electrónicos como un derecho de los ciudadanos y como una obligación correlativa para tales administraciones, y en su artículo 12 dispone que la publicación de actos y comunicaciones que, por disposición legal o reglamentaria, deban publicarse en tablón de anuncios o edictos podrá ser sustituida o complementada por su publicación en la sede electrónica del organismo correspondiente.

Esta Ley dedica sus artículos 10 y siguientes a dicha sede electrónica, regulación justificada por la necesidad de definir claramente la «sede» administrativa electrónica con la que se establecen las relaciones, promoviendo un régimen de identificación, autenticación, contenido mínimo, protección jurídica, accesibilidad, disponibilidad y responsabilidad.

Por su parte, el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la citada Ley 11/2007, de 22 de junio, dispone en su artículo 3.2 que las sedes electrónicas se crearán mediante orden del ministro correspondiente o resolución del titular del organismo público, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado» con el contenido mínimo en él establecido.

En cumplimiento de lo previsto en tal artículo, mediante la Orden TIN/1459/2010, de 28 de mayo, se creó la sede electrónica de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, entre cuyos contenidos mínimos se prevé la inclusión del tablón de anuncios electrónico, en el que se publicarán, en su caso, los actos y comunicaciones que deben publicarse en el tablón de anuncios o edictos convencional, indicando el carácter sustitutivo o complementario del mismo.

En este contexto, la nueva disposición adicional quincuagésima del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, regula las notificaciones de los actos administrativos en el ámbito de la Seguridad Social por medios electrónicos.

En su apartado 4, y para el caso de que tales notificaciones no hayan podido realizarse en la sede electrónica de la Seguridad Social o en el domicilio del interesado, de darse los supuestos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se prevé la práctica de las notificaciones exclusivamente a través del tablón de edictos y anuncios de la Seguridad Social, gestionado por la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, en los términos que se determinen por orden del Ministerio de Trabajo e Inmigración.

El objetivo de esta orden es hacer efectiva esa previsión y dar cumplimiento al mandato legal, estableciendo la gestión y funcionamiento y la publicación en el tablón, así como los efectos de los actos administrativos, comunicaciones y anuncios emitidos por la Administración de la Seguridad Social en ejercicio de sus competencias, y de cualquier otra información de interés general, publicados en dicho tablón.

De su contenido cabe destacar la unidad de tablón para toda la Administración de la Seguridad Social y el carácter universal y gratuito de su consulta, mediante su accesibilidad tanto a través de internet como en las oficinas de atención al público de la Administración de la Seguridad Social.

Esta orden ha sido informada por la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Trabajo e Inmigración, conforme a lo dispuesto en el artículo 2.1.f) y g) de la Orden TIN/3644/2009, de 29 de diciembre, por la que se regulan la composición y funciones de la citada Comisión.

Asimismo, ha sido informada por la Agencia Española de Protección de Datos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5.b) del Estatuto de la citada Agencia, aprobado por el Real Decreto 428/1993, de 26 de marzo.

Esta orden se dicta en uso de las atribuciones conferidas al efecto por la disposición adicional quincuagésima.4 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio.

En su virtud, previa aprobación del Vicepresidente Tercero del Gobierno y Ministro de Política Territorial y Administración Pública, de acuerdo con el Consejo de Estado, dispongo:

Artículo 1 Objeto.
  1. Esta orden tiene por objeto regular el tablón de edictos y anuncios de la Seguridad Social, incluido en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, como medio oficial de publicación, a través de edictos, de las notificaciones de los actos administrativos dictados en el ámbito de la Seguridad Social, en los siguientes supuestos:

    1. Cuando los interesados en el procedimiento sean desconocidos.

    2. Cuando se ignore el lugar de la notificación o el medio por el que ha de practicarse.

    3. Cuando intentada la notificación en la sede electrónica de la Seguridad Social o en el domicilio de los interesados, ésta no se haya podido practicar.

  2. Asimismo, el tablón de edictos y anuncios de la Seguridad Social servirá como medio de publicación de los anuncios, acuerdos, resoluciones y comunicaciones emitidos por la Administración de la Seguridad Social en ejercicio de sus competencias, y de...

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