ORDEN PRE/816/2022, de 1 de julio, por la que se desarrolla la estructura orgánica de los Servicios Territoriales de Cultura, Turismo y Deporte de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Presidencia
Rango de LeyOrden

La Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, configura el modelo de organización periférica en torno a las Delegaciones Territoriales únicas en el territorio de cada provincia.

El Decreto 25/2022, de 16 de junio, regula la estructura orgánica y las competencias de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León.

Por su parte, el Decreto 15/2022, de 5 de mayo, establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte y delimita su ámbito competencial en el artículo 1.

La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte se estructura en seis órganos directivos centrales: Viceconsejería de Acción Cultural, Secretaría General, Dirección General de Patrimonio Cultural, Dirección General de Políticas Culturales, Dirección General de Turismo y Dirección General de Deportes.

En base a esta organización de la Consejería, se hace preciso establecer la estructura orgánica de los Servicios Territoriales de Cultura, Turismo y Deporte de acuerdo con criterios de eficacia y de racionalización, conforme al Decreto 33/2016, de 22 de septiembre, en materia de elaboración y aprobación de estructuras orgánicas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de elaboración de las relaciones de puestos de trabajo.

En su parte final, la orden incluye, una disposición adicional relativa a la Biblioteca Pública de Valladolid, una disposición transitoria relativa a la adaptación de las relaciones de puestos de trabajo, una disposición derogatoria y una disposición final relativa, esta última, a su entrada en vigor.

De acuerdo con el artículo 45.5 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, la creación, modificación o supresión de órganos y unidades administrativas de las Delegaciones Territoriales, distintos a Secretarías, Departamentos y Servicios Territoriales, se realizará mediante orden del Consejero de Presidencia y Administración Territorial, a iniciativa del titular de la consejería de la que dependan orgánicamente, previa deliberación de la Junta de Castilla y León. La referencia al Consejero de Presidencia y Administración Territorial ha de entenderse realizada al titular de la Consejería de la Presidencia, de acuerdo a lo dispuesto en la Disposición Adicional segunda del Decreto 1/2022, de 19 de abril, del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR