ORDEN PRE/810/2022, de 1 de julio, por la que se desarrolla la estructura orgánica de las Secretarías Territoriales de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Presidencia
Rango de LeyOrden

El artículo 42.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, establece que cada Delegación Territorial se estructurará en una Secretaría Territorial y en los Servicios Territoriales que sean necesarios para el desempeño de las correspondientes funciones.

El artículo 45.5 del mismo texto legal determina que la creación, modificación o supresión de Secretarías, Departamentos y Servicios Territoriales se llevará a cabo por Decreto de la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Presidencia y Administración Territorial. Los demás órganos y unidades administrativas de las Delegaciones Territoriales, serán creados, modificados o suprimidos mediante Orden del Consejero de Presidencia y Administración Territorial, a iniciativa del titular de la Consejería de la que dependan orgánicamente, previa deliberación de la Junta de Castilla y León, referencia que en la actualidad se entiende realizada al titular de la Consejería de la Presidencia en virtud de lo dispuesto en el punto 2 de la Disposición Adicional del Decreto 1/2022, de 19 de abril, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de reestructuración de consejerías.

El Decreto 25/2022, de 16 de junio, regula la estructura orgánica y las competencias de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León, contemplando en su artículo 2, como unidad administrativa de las Delegaciones Territoriales, la Secretaría Territorial.

El objeto de la presente orden es determinar la organización y estructura de las Secretarías Territoriales de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León, de acuerdo con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 3/2001, de 3 de julio.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 30 de junio de 2022

DISPONGO

Artículo 1 Objeto.

La presente orden tiene por objeto crear y determinar las funciones de las unidades administrativas de las Secretarías Territoriales de cada Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León.

Martes, 5 de julio de 2022

Artículo 2 Secretaría Territorial.

Corresponde a la Secretaría Territorial el ejercicio de las siguientes funciones:

  1. La coordinación administrativa, la gestión del personal y de los servicios comunes que no esté expresamente atribuida a otras unidades administrativas, así como el asesoramiento y apoyo al Delegado Territorial.

  2. Disponer cuanto concierna a los servicios comunes de la Delegación en todas sus dependencias y velar por la correcta utilización de los medios materiales adscritos a su funcionamiento.

  3. Las que establezca la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales.

  4. La gestión, el mantenimiento y el control del archivo de la Delegación Territorial. e) Planificar la utilización de los vehículos adscritos a la Delegación Territorial y a los Organismos Autónomos de la provincia, con...

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