Orden PRE/51/2020, de 2 de enero, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, mediante el procedimiento de concurso-oposición, en el Cuerpo Técnico Auxiliar, especialidad Instructor de Buceo, de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Sección2 - Autoridades y Personal
EmisorConsejería de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior
Rango de LeyOrden

Orden PRE/51/2020, de 2 de enero, por la que se convocan pruebasselectivas para el ingreso, mediante el procedimiento de concursooposición, en el Cuerpo Técnico Auxiliar, especialidad Instructor deBuceo, de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

CONVOCATORIA 2020/51.

Al amparo de lo dispuesto en el artículo 13.2.c) de la Ley de Cantabria 4/1993, de 10 demarzo, de Función Pública ("Boletín Oficial de Cantabria" extraordinario número 4, de 1 de abrilde 1993) y demás normas concordantes que sean de aplicación, se convocan pruebas selectivas para el ingreso, mediante el procedimiento de concurso-oposición, en el Cuerpo TécnicoAuxiliar, especialidad Instructor de Buceo, de la Administración de la Comunidad Autónoma deCantabria, de conformidad con las siguientes normas:

  1. - Plazas convocadas.

    Se convocan para su cobertura por funcionarios de carrera de nuevo ingreso un total dedos (2) plazas pertenecientes al Cuerpo Técnico Auxiliar, especialidad Instructor de Buceo, dela Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, Subgrupo de Clasificación "C1",correspondientes a la Oferta de Empleo Público de 2018.

  2. - Bases.

    Las bases comunes a que ha de ajustarse la presente convocatoria son las contenidas enla Orden PRE/19/2010, de 2 de julio, por la que se establecen las bases comunes que regiránlos procesos selectivos para el ingreso en la Administración de la Comunidad Autónoma deCantabria.

  3. - Solicitudes.

    3.1.- Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas, deberán cumplimentar electrónicamente la solicitud de admisión en el modelo oficial que estará disponible en la páginaweb del Gobierno de Cantabria (www.cantabria.es), apartado "EMPLEO PÚBLICO" (https://empleopublico.cantabria.es/), OPEC@N (https://aplicacionesweb.cantabria.es/opecan/).

    3.2.- Las solicitudes irán dirigidas a la señora Consejera de Presidencia, Interior, Justicia yAcción Exterior y se presentarán por cualquiera de los medios siguientes:

    1. Presentación electrónica.

      Los interesados que posean certificado digital presentarán sus solicitudes a través de la página web del Gobierno de Cantabria (www.cantabria.es), apartado "EMPLEO PÚBLICO" (https://empleopublico.cantabria.es/), OPEC@N (https://aplicacionesweb.cantabria.es/opecan/).

      La presentación de las solicitudes por esta vía conllevará, siempre que el solicitante no estéexento del pago, el pago de la tasa de derechos de examen por vía electrónica. En este casodeberán realizar el pago cargando el importe en una cuenta que tengan abierta en el BancoSantander (Popular), Liberbank, Caixabank, BANKIA o BBVA.

      La presentación electrónica permitirá además anexar, en su caso, documentos escaneadosa su solicitud.

    2. Presentación en soporte papel.

      A través de la página web del Gobierno de Cantabria (www.cantabria.es), apartado "EMPLEO PÚBLICO" (https://empleopublico.cantabria.es/),OPEC@N(https://aplicacionesweb.can-

      tabria.es/opecan/), rellenarán el formulario que permite la cumplimentación automática de lasolicitud de admisión y del modelo 046 para abonar la tasa de derechos de examen, salvo enel caso que estuvieran exentos de pago.

      Una vez cumplimentados los datos, deberán imprimir el documento que constará de doscopias de la solicitud de admisión ("ejemplar para el interesado" y "ejemplar para la Administración") y de tres copias del modelo 046 ("ejemplar para el interesado", "ejemplar parala entidad colaboradora" y "ejemplar para la Administración"), si procediese el abono de losderechos de examen.

      Para efectuar el abono se presentará el modelo 046 debidamente cumplimentado, pudiendooptar el interesado por alguno de los siguientes medios de pago:

  4. - En la caja del Gobierno de Cantabria (Paseo de Pereda número 13, Bajo, Santander),mediante ingreso en efectivo, adeudo en cuenta abierta en el Banco Santander, tarjeta decrédito o débito (excepto American Express y Dinners Club) o cheque bancario o conformadonominativo a favor del Gobierno de Cantabria.

  5. - En cualquiera de las entidades que actúan como colaboradoras en la recaudación tributaria (Banco Santander, Liberbank, Caixabank, BBVA, Bankia, Bankinter, Cajaviva/Cajarural,Banco Sabadell).

  6. -Mediante tarjeta de crédito o débito (excepto American Express o Dinners Club), entrando en la página web de la Oficina Virtual de la Consejería de Economía y Hacienda, opciónpago con Tarjeta Crédito o Débito" https://ovhacienda.cantabria.es/oficinavirtual/pagoTarjetaOpciones.do".

    La solicitud de admisión a las pruebas selectivas se presentará acompañada, en su caso,del modelo 046 una vez efectuado el ingreso correspondiente a los derechos de examen, enel registro general de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria (C/ PeñaHerbosa, 29, 39003 ‒ Santander), en los registros auxiliares y en los registros delegados y encualesquiera de los lugares y medios señalados en los artículos 16.4 y concordantes de la Ley39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las AdministracionesPúblicas (Boletín Oficial del Estado de 2 de octubre).

    3.3.- La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

    3.4.- El plazo de presentación de solicitudes será de veinte (20) días naturales contadosdesde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial de Cantabria".

    3.5.- Si una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilitara el funcionamientoordinario de los sistemas, el órgano convocante podrá acordar la ampliación del plazo de presentación de solicitudes o la cumplimentación y prestación sustitutoria.

    3.6.- Los datos personales recogidos en la solicitud de admisión serán tratados con laúnica finalidad de la gestión de las pruebas selectivas y las comunicaciones necesarias paraello. El nombre, apellidos y número del documento de identidad se publicará en la forma quedetermina la Disposición Adicional Séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, deProtección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

    3.7.- La Dirección General de Función Pública es responsable del tratamiento de esos datos.Los derechos de protección de datos de los solicitantes se podrán ejercer dirigiéndose al responsable de tratamiento por vía electrónica en la siguiente dirección: https://www.cantabria.es/rgpd, o presencialmente a través de los distintos registros de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

  7. - Derechos de examen.

    4.1.- Los derechos de examen serán de 12,63 euros, y serán objeto de ingreso en la cajadel Gobierno de Cantabria o en cualquiera de las entidades que actúan como colaboradoras enla recaudación tributaria (Banco Santander, Liberbank, Caixabank, BBVA, Bankia, Bankinter,Cajaviva/Cajarural, Banco Sabadell) en el caso de que se opte por la modalidad presencial detramitación, sin perjuicio de lo señalado en el punto 3.2.a).

    4.2.- Junto con la solicitud de participación en esta convocatoria y como constancia de quese ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, se presentará el modelo 046 una vez validado por cualquiera de las entidades colaboradoras que se detallan en elapartado anterior. El documento de pago 046 no será válido sin la certificación mecánica, o, ensu defecto, sello de la sucursal en el que deberá constar la fecha del ingreso.

    4.3.- Los derechos de examen tienen la consideración de ingresos de derecho público, y noserán objeto de devolución, salvo que por causas no imputables al interesado no se hubieraprestado o realizado la inscripción en la presente convocatoria, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Cantabria 9/1992, de 18 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos ("Boletín Oficial de Cantabria" edición especial número 29, de 30 de diciembre).

  8. - Titulación.

    5.1.- Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Bachiller o Técnico. Asimismo, se estará a lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio («Boletín Oficialdel Estado» de 17 de junio de 2009), por la que se establecen equivalencias con los títulosde Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada mediante Orden EDU/520/2011, de 7 demarzo. Igualmente, en el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar enposesión de la correspondiente convalidación o de la...

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