ORDEN PRE/341/2023, de 17 de marzo, por la que se modifica la Orden PRE/584/2022, de 27 de mayo, por la que se desarrolla la estructura orgánica de los servicios centrales de la Consejería de la Presidencia.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Presidencia
Rango de LeyOrden

El Decreto 1/2022, de 19 de abril, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de reestructuración de consejerías, ha determinado las consejerías en que se organiza la Administración de la Comunidad, así como su denominación y competencias.

El artículo 2 del decreto, relativo a la distribución de competencias, atribuye a la Consejería de la Presidencia las competencias que tenía atribuidas hasta el momento, más las que hasta ahora correspondían a la Consejería de Transparencia, Ordenación del Territorio y Acción Exterior, salvo aquellas asignadas al Vicepresidente de la Junta de Castilla y León y las que los apartados siguientes del decreto atribuyen a otras consejerías.

El Decreto 2/2022, de 19 de abril, del Presidente de la Junta de Castilla y León, ha atribuido determinadas funciones al Vicepresidente de la Junta de Castilla y León, lo que hace necesario establecer los órganos directivos que desarrollarán tales competencias bajo su dependencia funcional.

El artículo 1 del Decreto 3 /2022, de 27 de abril, del Presidente de la Junta de Castilla y León, ha creado la Viceconsejería de Relaciones Institucionales y Administración Local y la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano adscritas a la Consejería de la Presidencia.

El Decreto 6/2022, de 5 de mayo, estableció la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia de forma acorde con las disposiciones anteriores.

En este contexto normativo la Orden PRE/584/2022, de 27 de mayo, ha desarrollado la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia, incorporando, por razones de simplificación normativa y de seguridad jurídica, las estructuras organizativas dependientes orgánicamente de la Consejería de la Presidencia y funcionalmente del Presidente de la Junta de Castilla y León y de su Vicepresidente.

Se hace necesario modificar la orden aprobada como consecuencia de la necesidad de reestructurar las funciones que competen a algunos de los servicios ubicados en la Secretaría General creando en este órgano directivo central, de forma acorde con la estructura existente en el resto de las consejerías, un servicio con funciones de carácter horizontal en el que se ubicarán también algunas atribuciones específicas que radicaban en el Servicio de Evaluación, Normativa y Procedimiento, y se incorporan en este Servicio las funciones de tramitación de todos los convenios correspondientes a las materias propias de la consejería, la tramitación de todas las publicaciones de la consejería en el Portal de Gobierno Abierto de la Junta de Castilla y León correspondientes

Jueves, 23 de marzo de 2023

a la participación ciudadana, así como la tramitación de los asuntos ante los órganos colegiados de gobierno en los que la iniciativa corresponda a más de una consejería.

Las modificaciones operadas en la estructura de la Dirección General de la Función Pública obedecen a un nuevo diseño de estructura que responde al tipo de materias en el ámbito competencial de la gestión de personal, frente a la actual estructura, basada en una distribución funcional por tipo de personal.

Además, la carga de trabajo en la misma ha crecido exponencialmente, al haber asumido la implantación de la carrera profesional horizontal de los empleados públicos, un sistema de bolsas de empleo temporal muy complejo, el incremento de procesos selectivos para acceso al empleo público derivados de los procesos de estabilización, así como de las necesidades de personal de la Administración Autonómica.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en artículo 45 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 16 de marzo de 2023

DISPONGO Artículo único. Modificación de la Orden PRE/584/2022, de 27 de mayo, por la que se desarrolla la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia. 1. Se modifica el apartado 2 del artículo 17, que queda redactado como sigue: «2. Para el ejercicio de las funciones que tiene asignadas, la Secretaría General se estructura en las siguientes unidades administrativas:

  1. Servicio de Personal y Régimen Interior. b) Servicio de Asuntos Económicos. c) Servicio de Evaluación, Normativa y Procedimiento. d) Servicio de Estudios y Documentación. e) Servicio del Secretariado de la Junta. f) Servicio de Informática. g) Servicio de Boletín Oficial de Castilla y León. h) Servicio de Gestión y Apoyo.» 2. Se suprimen las letras i) y j) del apartado 1 del artículo 18. 3. Se modifica el artículo 20 en los siguientes términos: a) La letra e) queda redactada como sigue: «e) La tramitación de propuesta de resolución de recursos administrativos, reclamaciones y otros expedientes en materias propias del servicio y de la Secretaría General cuando no sean competencia de otros servicios.»

    b) La letra n queda redactada como sigue: «n) La tramitación de los asuntos ante los órganos colegiados de gobierno en los que la iniciativa corresponda a más de una consejería».

    c) Se añaden las letras ñ) y o) con la siguiente redacción: «ñ) La tramitación de los convenios relativos a las materias pertenecientes al ámbito competencial de la consejería.

    o) La tramitación de las publicaciones de la consejería en el Portal de Gobierno Abierto de la Junta de Castilla y León correspondientes a la participación ciudadana.»

    d) Se añade la letra p) con la siguiente redacción: «p) Cualquier otra que se le atribuya de conformidad con la normativa vigente». 4. Se suprime la letra f) del apartado 1 del artículo 21. 5. Se añade un nuevo artículo 24 bis, con la siguiente redacción: «Artículo 24 bis. Servicio de Gestión y Apoyo.

    El Servicio de Gestión y Apoyo ejercerá las siguientes funciones:

  2. La promoción y seguimiento de los expedientes de contratación en materias propias de la consejería que no estén atribuidos a otros órganos.

    b) La tramitación de los planes estratégicos de subvenciones de la Consejería. c) La tramitación de los expedientes de designación del consejero como órgano de contratación en los casos en que proceda.

    d) La...

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