Orden de modificación de la convocatoria de las ayudas a familias numerosas de categoría especial, a familias con hijos nacidos de parto múltiple o adopción múltiple y a familias monoparentales.
Fecha de publicación | 18 Noviembre 2021 |
Número de Gaceta | 6928 |
Emisor | Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social |
Sección | Comunidad Autónoma |
I. Comunidad Autónoma
3. Otras disposiciones
Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social
6928 | Orden de modificación de la convocatoria de las ayudas a familias numerosas de categoría especial, a familias con hijos nacidos de parto múltiple o adopción múltiple y a familias monoparentales. |
Mediante Decreto 89/2020, de 10 de septiembre (BORM N.º 214 de 15 de septiembre de 2020), por el que se establecen las normas reguladoras de las ayudas individuales a familias numerosas de categoría especial, a familias con hijas e hijos nacidos de parto múltiple y a familias monoparentales.
El Decreto n.º 169/2019, de 6 de septiembre, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social, en su artículo 5 establece que La Dirección General de Familias y Protección de Menores ejercerá las competencias relativas a la promoción, protección y apoyo a las familias e infancia, incluida la dirección en la elaboración de planes, programas y proyectos específicos en estas materias.
En el presupuesto de gastos de la Dirección General de Familias y Protección de Menores para el año 2020, prorrogados para el año 2021 teniendo en cuenta lo establecido por la Orden de 21 de diciembre de 2020 de la Consejería de Presidencia y Hacienda, figuran en el Programa 313M, clasificación orgánica 18.02, concepto 481.99, los correspondientes créditos destinados a la concesión de ayudas individuales a familias con hijos nacidos de parto múltiple, a familias numerosas de categoría especial con seis o más hijos y a familias monoparentales.
A la vista de lo anterior, mediante Orden, de 1 de junio de 2021, se acordó la convocatoria de las ayudas a familias numerosas de categoría especial, a familias con hijos/as nacidos/as de parto múltiple o adopción múltiple y a familias monoparentales. En dicha convocatoria se establece lo siguiente en su artículo 4 “Las ayudas se concederán con cargo a los créditos previstos para ello en la partida presupuestaria 18.02.313M.481.99, proyecto de gasto número 12047, por un importe máximo de noventa mil euros (90.000,00 €).
La cuantía total máxima podrá incrementarse hasta llegar a 500.000,00 €, sin necesidad de nueva convocatoria y sin que ello implique abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes, cuando se incremente el importe del crédito presupuestario disponible como consecuencia de una generación, una ampliación o una incorporación de crédito, así como por la...
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