Orden ISM/813/2024, de 31 de julio, por la que se crean y regulan la Junta de Contratación y la Mesa de Contratación del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y la Mesa de Contratación de la Secretaría de Estado de Migraciones.

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Agosto de 2024
MarginalBOE-A-2024-15939
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
Rango de LeyOrden

El artículo 323.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, establece que los Ministros y los Secretarios de Estado son los órganos de contratación de la Administración General del Estado y, en consecuencia, están facultados para celebrar en su nombre los contratos en el ámbito de su competencia.

Asimismo, en el artículo 326.1 del citado texto legal se dispone que, salvo en el caso en que la competencia para contratar corresponda a una Junta de Contratación, en los procedimientos abiertos, abierto simplificado, restringidos, de diálogo competitivo, de licitación con negociación y de asociación para la innovación, los órganos de contratación de las Administraciones Públicas estarán asistidos por una mesa de contratación.

En ejercicio de la habilitación legal expresa establecida en los anteriores artículos, se aprobó la Orden ISM/1288/2020, de 18 de diciembre, por la que se crean y regulan la Junta de Contratación y la Mesa Única de Contratación, en virtud de la cual, ambas quedan adscritas a la Subsecretaría de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

El Real Decreto 501/2024, de 21 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, introdujo como novedad la creación de dos Divisiones de Contratación como órganos especializados en el desarrollo de las funciones relativas a la contratación administrativa. Por un lado, se crea la División de Contratación, dependiente de la Subdirección General de Gestión y Fondos Europeos, a la que se atribuye la planificación, tramitación y seguimiento de la contratación administrativa y privada en el ámbito de competencias de la Secretaría de Estado de Migraciones. Y, por otro lado, se crea la División de Contratación de la Subdirección General de Gestión Económica y Oficina Presupuestaria, dependiente de la Subsecretaría de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, a la que se atribuye la planificación, tramitación y seguimiento de la contratación administrativa y privada no atribuida a otros órganos, y la coordinación de los órganos colegiados del Departamento en materia de contratación.

Acorde con esta nueva estructura departamental y considerando la importante actividad contractual desarrollada en la Secretaría de Estado de Migraciones necesaria para el desempeño de sus funciones, en especial la relativa a la planificación, gestión y seguimiento de todos los inmuebles destinados a centros de migraciones, tanto los actuales como los futuros, se crea una mesa de contratación específica en el ámbito de esta Secretaría de Estado, para dotar de mayor autonomía y agilidad en la gestión de la actividad contractual desarrollada en el ámbito de sus competencias, y así poder ofrecer una rápida respuesta ante la creciente demanda de plazas en estos centros motivado por el importante incremento de flujos migratorios.

Esta norma se ajusta a los principios de buena regulación establecidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, puesto que cumple con los principios de necesidad y eficacia, ya que persigue el interés general creando los órganos pertinentes para el ejercicio de determinadas competencias en el ámbito de contratación, conteniendo la regulación imprescindible para atender a dicha necesidad.

Los requisitos de proporcionalidad, transparencia y seguridad jurídica de la orden están garantizados al estar razonablemente engarzada en el ordenamiento jurídico nacional, en particular en los preceptos recogidos en la sección 3.ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en el libro cuarto, título I, de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre.

Además, es el instrumento normativo más adecuado para la finalidad que se propone, siendo coherente con el resto del ordenamiento jurídico y evitando cargas administrativas innecesarias y accesorias, respetando así el principio de eficiencia.

Esta orden ha sido sometida a informe previo de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado, de conformidad con lo establecido en el artículo 328.3.c) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, y la disposición adicional primera del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.

En su virtud, a propuesta de la Ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, con la aprobación previa de la Ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, dispongo:

Artículo 1  Objeto.
  1.  Esta orden tiene por objeto la creación de los siguientes órganos colegiados en el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, así como la regulación de sus funciones, régimen de funcionamiento y composición:

    a) La Junta de Contratación del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

    b) La Mesa de Contratación del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

    c) La Mesa de Contratación de la Secretaría de Estado de Migraciones.

  2.  Queda excluida del ámbito de actuación de dichos órganos, la contratación por parte de las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social adscritos al Departamento, así como de la Intervención General de la Seguridad Social.

Artículo 2  Creación y funciones de la Junta de Contratación del Ministerio de...

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