Orden IET/2171/2012, de 19 de septiembre, por la que se modifica el programa de investigación del permiso de investigación de hidrocarburos 'Fulmar'.

MarginalBOE-A-2012-12825
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Industria, Energía y Turismo
Rango de LeyOrden

El permiso de investigación de hidrocarburos denominado «Fulmar», situado frente a las costas de Vizcaya, fue otorgado por Real Decreto 2120/2008, de 19 de diciembre, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 29 de enero de 2009, a las sociedades «Repsol Investigaciones Petrolíferas, S.A.» y a «Sociedad de Hidrocarburos de Euskadi, S.A.», con un porcentaje de participación de un 69,23% y un 30,77%, respectivamente, actuando la primera como operadora del permiso. En el artículo 2 del mencionado real decreto de otorgamiento, se establecieron los compromisos y el programa de investigación a realizar durante la vigencia del permiso de investigación, contemplando la perforación de un pozo exploratorio.

El 13 de noviembre de 2007, el operador solicitó autorización administrativa para la ejecución del sondeo exploratorio «Fulmar-1», en el marco del permiso de investigación «Fulmar», como parte de los trabajos mínimos establecidos en el período comprendido entre los años segundo y el tercero.

Con fecha 11 de noviembre de 2008, el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino comunicaba la determinación del sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental, notificando al promotor, la amplitud y nivel de detalle mínimos del estudio de impacto ambiental a presentar, así como las respuestas a las consultas previas realizadas por el órgano ambiental a las administraciones, personas e instituciones afectadas por la realización del proyecto.

Con fecha 19 de enero de 2011, el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino solicitó información adicional al objeto de formular la correspondiente declaración de impacto ambiental.

Con fecha 2 de diciembre de 2011, «Repsol Investigaciones Petrolíferas, S.A.» presentó un escrito en el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, solicitando se dictara resolución permitiendo trasladar los compromisos y el programa de investigación correspondientes a los años segundo y tercero de vigencia del permiso de investigación «Fulmar» al periodo que corresponde del cuarto al sexto año de vigencia.

La argumentación de dicha solicitud se basa en la paralización de los trabajos en el sondeo exploratorio »Fulmar-1» hasta que el órgano ambiental no formule la preceptiva declaración de impacto ambiental y, por lo tanto, el incumplimiento de los plazos para su ejecución. Además, se indica que la actual situación en el mercado de las...

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