Orden INT/316/2020, de 2 de abril, por la que se adoptan medidas en materia de armas, ejercicios de tiro de personal de seguridad privada, artículos pirotécnicos y cartuchería, y explosivos, en aplicación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

MarginalBOE-A-2020-4259
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Interior
Rango de LeyOrden

La disposición adicional cuarta del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, establece la suspensión de los plazos de prescripción y caducidad de cualesquiera acciones y derechos durante el plazo de vigencia del estado de alarma y, en su caso, de las prórrogas que se adoptaren. Esta medida despliega necesariamente sus efectos sobre los ciudadanos y los agentes económicos en relación con la vigencia de las autorizaciones sujetas a un plazo de caducidad.

En cumplimiento de las previsiones del Reglamento de Armas, aprobado por el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, cada año más de trescientos mil titulares de licencias de armas solicitan en las Intervenciones de Armas y Explosivos de la Guardia Civil la renovación de las citadas licencias y la correspondiente revista de las más de seiscientas mil armas de fuego amparadas por aquellas. La situación creada a raíz de la declaración del estado de alarma y sus posibles prórrogas dificulta a los titulares de las licencias de armas el cumplimiento de los plazos de renovación a los que están sujetos, así como la aportación de los documentos exigidos, por lo que es preciso prorrogar los plazos de vigencia de tales licencias.

De igual modo, de acuerdo con el Reglamento de Seguridad Privada, aprobado por el Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, los vigilantes de seguridad que presten servicios con armas deben realizar los ejercicios de tiro para el mantenimiento de la aptitud en la conservación, manejo y uso de las armas el primer semestre del año, en particular, en los meses de marzo, abril y mayo. En el mismo sentido, los escoltas deben realizar los ejercicios de tiro el primer y segundo trimestre del año, en concreto en los meses de marzo y mayo, respectivamente. Teniendo en cuenta que ha quedado suspendida la apertura al público...

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