Orden ICT/1296/2022, de 22 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a pequeñas y medianas empresas dentro del Programa de Apoyo a los Digital Innovation Hubs, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se efectúa la primera convocatoria.

MarginalBOE-A-2022-23021
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Industria, Comercio y Turismo
Rango de LeyOrden

I

Los centros de innovación digital (CID) o digital innovation hubs (DIH, por sus siglas en inglés) se conciben a modo de «ventanillas únicas» a través de las cuales ofrecer, sin ánimo de lucro, la información, los servicios, y las instalaciones de experimentación que precisan las empresas para abordar con éxito sus procesos de transformación digital. Por ese motivo, están llamados a jugar en los próximos años un papel muy relevante en la implementación de programas públicos de apoyo a la digitalización de esos colectivos tanto en el ámbito nacional como en el europeo.

En el ámbito de la UE, el Programa Europa Digital, regulado por el Reglamento (UE) 2021/694 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2021, prevé durante su primer año de vigencia la creación de una red inicial de centros europeos de innovación digital (European Digital Innovation Hubs, en adelante EDIH) que ofrezcan una cobertura geográfica global y equilibrada en toda la Unión Europea (UE).

Para alcanzar ese objetivo, en noviembre de 2021 la Comisión Europea lanzó la convocatoria «DIGITAL-2021-EDIH-01, European Digital Innovation Hubs» (en adelante, convocatoria DIGITAL-2021-EDIH-01), abierta hasta el 22 de febrero de 2022, de acuerdo con lo establecido en el programa de trabajo del Programa Europa Digital «Digital Europe-EDIH Work Programme 2021-2023».

Tras finalizar el proceso de evaluación de las candidaturas presentadas por los centros de innovación digital de todos los Estados miembros, las propuestas mejor puntuadas de cada país podrán recibir el montante del presupuesto de la convocatoria destinado al mismo (26.052.000 euros en treinta y seis meses en caso de España), para sufragar hasta el 50 por ciento de los gastos subvencionables presentados por cada centro de innovación digital en su propuesta de actividades, siempre y cuando el 50 por ciento restante sea cofinanciado con cargo al presupuesto nacional, o al de otras fuentes (públicas o privadas).

Las propuestas que, habiendo resultado aptas en el proceso de evaluación, hayan quedado por debajo de los umbrales presupuestarios de sus Estados miembros y, por tanto, sin opción de financiación europea, podrán recibir un «sello de excelencia» que les permitirá utilizar la etiqueta «centro europeo de innovación digital» (EDIH) y ser miembro de pleno derecho de la red europea EDIH.

El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, que comparte plenamente los objetivos del Programa Europa Digital, ha colaborado estrechamente con la Comisión Europea en las reuniones y tareas de preparación de la convocatoria DIGITAL-2021-EDIH-01, y continuará haciéndolo en el futuro con el propósito de facilitar e impulsar la participación del mayor número posible de centros de innovación nacionales en la red europea EDIH.

En línea con lo anterior el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, dos meses después de la aprobación del Reglamento (UE) 2021/694 que regula el Programa Europa Digital, contemple entre las medidas incluidas en la Inversión 3 del Componente 13 (C13.I3), el denominado «Programa de Apoyo a los Digital Innovation Hubs» (en adelante PADIH), con una dotación presupuestaria de 37.590.000 euros.

En efecto, el PADIH, promovido por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, surge y se plantea en el marco del Programa Europa Digital con el objetivo de aprovechar la capacidad que tienen estos centros de innovación digital para dotar a las pymes de las herramientas necesarias para hacer frente a los retos que se derivan de la transición digital, un objetivo que, además, se pretende alcanzar potenciando las sinergias, complementariedades y retornos de los programas y fondos nacionales y europeos disponibles para ello.

Para implementar ese objetivo, el PADIH prevé dos instrumentos paralelos y complementarios, ambos integrados en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, destinados a asegurar la máxima participación de los centros de innovación digital españoles en la red europea EDIH promovida por el Programa Europa Digital, siempre con el objetivo último de apoyar la transformación digital de las pymes que utilicen sus servicios.

Estos instrumentos son, en primer lugar, un real decreto que tiene como beneficiarios de la concesión directa de las subvenciones que regula a los EDIH nacionales y las entidades pertenecientes a ellos que, además de haber sido seleccionados por la Comisión Europea para formar parte de la red europea EDIH, han suscrito un Acuerdo de Financiación (Grant Agreement) con la Comisión Europea en el marco de la convocatoria DIGITAL-2021-EDIH (en adelante Acuerdo de Financiación).

El segundo de los instrumentos que componen el PADIH lo constituye la presente orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a pequeñas y medianas empresas dentro del Programa de Apoyo a los Digital Innovation Hubs (PADIH), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se efectúa la primera convocatoria. Mediante las convocatorias que se articulen a través de esa orden se concederán a los beneficiarios directos de las mismas, las pymes, ayudas en especie consistentes en servicios que faciliten la adopción de soluciones de digitalización disruptivas. Estos servicios serán prestados por las entidades pertenecientes a un EDIH español seleccionado para formar parte de la red europea EDIH en el marco de la convocatoria DIGITAL-2021-EDIH-01 o similares, es decir, entidades pertenecientes tanto a los EDIH cofinanciados por la Comisión Europea, como a los EDIH con «sello de excelencia».

En este marco, la presente orden aprueba las bases reguladoras y primera convocatoria de un programa de ayudas dirigidas a fomentar la innovación de las pymes a través de soluciones disruptivas, en el que las entidades que formen parte de un EDIH actuarán como entidades colaboradoras para ofrecer y extender su experiencia y conocimiento a nuestro tejido productivo.

Dado que las entidades que formen parte de un EDIH han acreditado su capacidad y experiencia en la convocatoria DIGITAL-2021-EDIH-01 al ser reconocidos como miembros de la red europea EDIH, se considera que se ha cumplido el procedimiento sometido a los principios de publicidad, concurrencia, igualdad y no discriminación que las habilita para participar como entidades colaboradoras de esta línea de ayudas, conforme con lo establecido en el artículo 16.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

De esta manera, no sólo se impulsa la innovación y la adopción de tecnologías digitales por parte de las beneficiarias directas de las ayudas del PADIH, las pymes, sino que también se apoya de forma decidida la participación de los centros de innovación nacionales en la red europea EDIH.

Las subvenciones reguladas a través de esta orden computarán, junto con las que se otorguen a través del real decreto mencionado de concesión directa de subvenciones a EDIH con Acuerdo de Financiación, como parte de la cofinanciación nacional, en este caso pública, necesaria para formar parte de la red europea EDIH y serán, por tanto, compatibles con las que se otorguen en la convocatoria DIGITAL-2021-EDIH-01.

Con la finalidad de evitar la doble financiación de las actuaciones del PADIH, mediante los fondos nacionales del Plan de Recuperación, y los europeos del Programa Europa Digital, se continuarán coordinando las actuaciones oportunas entre los equipos de gestores de ambos programas, la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa (DGIPYME) del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y la Dirección General de Redes, Contenidos y Tecnología de las Comunicaciones (DGCNECT) de la Comisión Europea. Asimismo, se reforzarán los mecanismos ya existentes para el intercambio de información sobre el contenido, desarrollo y seguimiento de los resultados obtenidos por los instrumentos diseñados para la concesión de las ayudas, y se hará mención expresa a la coexistencia de ambas fuentes de financiación en los documentos relativos a la gestión y concesión de las mismas, tal y como puede comprobarse extensamente tanto en el preámbulo y como en el propio articulado de esta orden.

II

Tras la declaración por la Organización Mundial de la Salud de la pandemia de COVID-19, el 11 de marzo de 2020, los Estados miembros de la Unión Europea adoptaron con rapidez medidas coordinadas de emergencia para proteger la salud de la ciudadanía y evitar el colapso de la economía.

El Consejo Europeo del 21 de julio de 2020, acordó un paquete de medidas de gran alcance, conocido como Instrumento de Recuperación de la Unión Europea (Next Generation EU) por un importe de 750.000 millones de euros, compuesto por dos instrumentos: el Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia, y la Ayuda a la Recuperación para la Cohesión y los Territorios de Europa (REACT-EU).

Como consecuencia de esos acuerdos, la Unión Europea adoptó el Reglamento (UE) número 2020/2094 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, por el que se establece un Instrumento de Recuperación de la Unión Europea para apoyar la recuperación tras la crisis de la pandemia de COVID-19 y el Reglamento (UE) número 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Dicho Mecanismo, que tiene como objetivo general fomentar la cohesión económica, social y territorial de la Unión, tiene como objetivo específico proporcionar a los Estados miembros ayuda financiera para que alcancen los hitos y objetivos de las reformas e inversiones establecidos en sus Planes de Recuperación y Resiliencia.

En el contexto anterior, el Gobierno de España presentó a la Comisión Europea el denominado Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia «España...

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