Orden HFP/413/2022, de 10 de mayo, por la que se reducen para el período impositivo 2021 los índices de rendimiento neto y se modifican los índices correctores por piensos adquiridos a terceros y por cultivos en tierras de regadío que utilicen, a tal efecto, energía eléctrica aplicables en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales.

Fecha de Entrada en Vigor11 de Mayo de 2022
MarginalBOE-A-2022-7638
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Hacienda y Función Pública
Rango de LeyOrden

En el anexo I de la Orden HAP/1155/2020, de 25 de noviembre, por la que se desarrollan, para el año 2021, el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido, se aprobaron los signos, índices o módulos aplicables a las actividades agrícolas, ganaderas y forestales que determinen el rendimiento neto de su actividad económica con arreglo a dicho método.

En el artículo 37.4.1.º del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, se establece que cuando el desarrollo de actividades económicas, a las que fuese de aplicación el método de estimación objetiva, se viese alterado por incendios, inundaciones u otras circunstancias excepcionales que afectasen a un sector o zona determinada, la Ministra de Hacienda y Función Pública podrá autorizar, con carácter excepcional, la reducción de los signos, índices o módulos.

A este respecto, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha emitido informe por el que se pone de manifiesto que durante 2021 se han producido circunstancias excepcionales en el desarrollo de actividades agrícolas y ganaderas que aconsejan hacer uso de la autorización contenida en el citado artículo 37.4.1.º del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

De esta forma, en el artículo 1 esta Orden se aprueba la reducción de los índices de rendimiento neto aplicables en 2021 por las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por circunstancias excepcionales, las cuales se localizan en determinadas zonas geográficas.

Por razones de una mayor claridad para aplicar esta medida se ha optado por englobar estas reducciones en un anexo, en el cual se agrupan las reducciones por Comunidades Autónomas, Provincias, ámbitos territoriales y actividades.

En segundo lugar, como consecuencia del elevado impacto que ha tenido la sequía, así como por el incremento de precios de los costes de producción, en los artículos 2 y 3 se modifican, para 2021, los índices correctores por piensos adquiridos a terceros y por cultivos en tierras de regadío que utilicen, a tal efecto, energía eléctrica, establecidos en las instrucciones 2.3.d) y 2.3.f) del anexo I de la citada Orden HAP/1155/2020.

En cuanto a su contenido y tramitación, la presente disposición observa los principios de buena regulación conforme a los cuales deben actuar las Administraciones públicas en el ejercicio de la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria, previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, como son los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica y eficiencia.

En su virtud, dispongo:

Artículo 1. Reducción de los índices de rendimiento neto, aplicables en 2021, por las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por circunstancias excepcionales.

Los índices de rendimiento neto aplicables en 2021 a las actividades agrícolas y ganaderas desarrolladas en los ámbitos territoriales definidos en el anexo de la presente Orden serán los contenidos en este.

Artículo 2. Reducción del índice corrector aplicable en 2021 por piensos adquiridos a terceros.

Se modifica la instrucción 2.3.d) para la aplicación de los signos, índices o módulos en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del anexo I de la Orden HAP/1155/2020, de 25 de noviembre, por la que se desarrollan, para el año 2021, el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido, que queda redactada de la siguiente forma:

d) Piensos adquiridos a terceros.

Cuando en las actividades ganaderas se alimente el ganado con piensos y otros productos para la alimentación adquiridos a terceros que representen más del 50 por 100 del importe de los consumidos.

Índice: 0,50.

A efectos de este índice, la valoración del importe de los piensos y otros productos propios se efectuará según su valor de mercado.

Artículo 3. Reducción del índice corrector aplicable en 2021 por cultivos en tierras de regadío que utilicen, a tal efecto, energía eléctrica.

Se modifica la instrucción 2.3.f) para la aplicación de los signos, índices o módulos en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del anexo I de la Orden HAP/1155/2020, de 25 de noviembre, por la que se desarrollan, para el año 2021, el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido, que queda redactada de la siguiente forma:

f) Cultivos en tierras de regadío que utilicen, a tal efecto, energía eléctrica.

Cuando los cultivos se realicen, en todo o en parte, en tierras de regadío, siempre que el contribuyente, o la comunidad de regantes en la que participe, estén inscritos en el registro territorial correspondiente a la oficina gestora de impuestos especiales a que se refiere el artículo 102.2 de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales.

Índice: 0,75 sobre el rendimiento procedente de los cultivos realizados en tierras de regadío por energía eléctrica.

Cuando no sea posible delimitar dicho rendimiento, este índice se aplicará sobre el resultado de multiplicar el rendimiento procedente de todos los cultivos por el porcentaje que suponga la superficie de los cultivos en tierras de regadío que utilicen, a tal fin, energía eléctrica sobre la superficie total de la explotación agrícola.

Disposición final única. Entrada en vigor.

Esta Orden entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 10 de mayo de 2022.–La Ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero Cuadrado.

ANEXO

Ámbito territorial Actividad Indice rendto. neto
Comunidad Autónoma: Todas las CC. AA.
Provincia: Todas las provincias
Todos los términos municipales (excepto los que se detallen con un índice inferior) Apicultura 0,13
Avicultura 0,09
Bovino de carne 0,09
Bovino de cría 0,18
Bovino de leche 0,14
Cunicultura 0,09
Equino 0,22
Porcino de carne 0,09
Porcino de cría 0,18
Ovino y caprino de carne 0,09
Ovino y caprino de leche 0,18
Uva para vino con D.O. 0,22
Uva para vino sin D.O. 0,18
Comunidad Autónoma: Andalucía
Provincia: Todas las provincias
Todos los terminos municipales (excepto los que se detallen con un nivel inferior) Frutos secos: Almendra 0,18
Provincia: Almería
Término municipal de: Oria y todos los términos municipales de la comarca de: LOS VELEZ (excepto los que se detallen con un índice inferior) Frutos secos: Almendra 0,13
Términos municipales de: Alcóntar, Chirivel y María Frutos secos: Almendra 0,09
Provincia: Cádiz
Todos los términos municipales Leguminosas: Garbanzo 0,18
Todos los términos municipales Cereales: Sorgo 0,18
Términos municipales de: Alcalá de los Gazules, Benalup-Casas Viejas y Medina-Sidonia Arroz 0,16
Términos municipales de: Barbate y Vejer de la Frontera Arroz 0,16
Patata 0,18
Productos hortícolas: Tomate 0,18
Términos municipales de: Chiclana de la Frontera y Conil de la Frontera Patata 0,18
Productos hortícolas: Tomate 0,18
Términos municipales de: Chipiona, Rota y Sanlúcar de Barrameda Flores y plantas ornamentales 0,22
Productos hortícolas: Calabacín 0,18
Productos hortícolas: Tomate 0,18
Términos municipales de: Tarifa Algodón 0,26
Arroz 0,16
Provincia: Córdoba
Todos los términos municipales Cereales: Avena, cebada y trigo 0,18
Leguminosas grano: Garbanzo y guisante 0,18
Leguminosas: Habas secas 0,18
Términos municipales de: Almodóvar del Río, Córdoba, Fuente Palmera, Hornachuelos, Palma del Río y Posadas Cítricos 0,18
Términos municipales de: Baena Oleaginosas: Girasol 0,22
Términos municipales de: Villafranca de Córdoba Oleaginosas: Girasol 0,22
Productos del olivo 0,18
Provincia: Granada
Todos los términos municipales de la comarca de: BAZA (excepto los que se detallen con un índice inferior) Frutos secos: Almendra 0,09
Todos los términos municipales de la comarca de: HUESCAR (excepto los que se detallen con un índice inferior) Cereales: Avena, cebada y trigo 0,18
Leguminosas: Garbanzo 0,18
Leguminosas: Veza grano 0,13
Términos municipales de: Albuñán, Beas de Guadix, Benalúa, Calahorra (La), Cogollos de Guadix, Cortes y Graena, Cúllar, Darro, Dehesas de Guadix, Dólar, Ferreira, Fonelas, Gor, Gorafe, Guadix, Huélago, Huéneja, Marchal, Peza (La), Polícar, Purullena y Valle del Zalabí Frutos secos: Almendra 0,05
Términos municipales de: Alicún de Ortega, Jerez del Marquesado y Lugros Frutos secos: Almendra 0,13
Términos municipales de: Castilléjar Cereales: Avena, cebada, centeno y trigo 0,13
Frutos secos: Almendra 0,05
Leguminosas grano: Garbanzo y guisante 0,13
Leguminosas: Veza grano 0,09
Otros productos agrícolas: Viveros 0,13
Productos del olivo 0,13
Productos hortícolas: Brócoli y coliflor 0,09
Términos municipales de: Castril Frutos secos: Almendra 0,13
Leguminosas: Guisantes grano 0,18
Términos municipales de: Diezma y Villanueva de las Torres Frutos secos: Almendra 0,09
Términos municipales de: Cuevas del Campo y Freila Productos hortícolas: Tomate 0,18
Términos municipales de: Galera Cereales: Cebada, centeno y trigo 0,13
Frutos secos: Almendra 0,09
Leguminosas 0,13
Términos municipales de: Huéscar Cereales: Avena, cebada, centeno y trigo 0,13
Frutos secos: Almendra 0,13
Leguminosas 0,13
Productos hortícolas: Brócoli y coliflor 0,09
Términos municipales de: Orce Cereales: Avena, cebada y centeno 0,13
Cereales: Trigo 0,09
Leguminosas 0,09
Oleaginosas: Cártamo 0,11
Términos municipales de: Puebla de Don Fadrique Cereales 0,13
Cereales: Trigo 0,09
Frutos secos: Almendra 0,09
Leguminosas 0,13
Leguminosas: Veza grano 0,09
Oleaginosas: Cártamo 0,16
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