Orden HAC/1431/2025, de 3 de diciembre, por la que se modifican la Orden EHA/3012/2008, de 20 de octubre, por la que se aprueba el modelo 347 de Declaración anual de operaciones con terceras personas, así como los diseños físicos y lógicos y el lugar, forma y plazo de presentación; la Orden EHA/3127/2009, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 190 para la Declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta; y la Orden HAP/2368/2013, de 13 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 270, «Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta. Gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas» y se determinan el lugar, forma, plazo y el procedimiento para su presentación.

Fecha de publicación12 Diciembre 2025
Fecha03 Diciembre 2025
ReferenciaBOE-A-2025-25390
Número de Gaceta298
EmisorMinisterio de Hacienda

La presente orden ministerial introduce, en primer lugar, diversas modificaciones en la Orden EHA/3012/2008, de 20 de octubre, por la que se aprueba el modelo 347 de Declaración anual de operaciones con terceras personas, con el objetivo de mejorar los servicios de asistencia al contribuyente en el ámbito del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Así, se crea un nuevo campo denominado «Número de convocatoria BDNS» en el tipo de registro 2 (registro de declarado) del modelo 347, en el cual se consignará, si existe, el número de convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), de las subvenciones y ayudas concedidas por las Administraciones Públicas que deban ser informadas en el citado modelo con la clave de operación «E».

En segundo lugar, se introducen modificaciones en la Orden EHA/3127/2009, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 190 para la declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, con la finalidad de disponer de una información más precisa que permita una mejor asistencia a los contribuyentes en la cumplimentación de su declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y simplificar trámites.

Con estos objetivos, se amplía la información adicional a cumplimentar en el caso de prestaciones de la subclave «01» (pensiones y haberes pasivos de los regímenes de la Seguridad Social y Clases Pasivas del Estado), de la Clave «B. Rendimientos del trabajo: Pensionistas y perceptores de haberes pasivos y demás prestaciones previstas en el artículo 17.2.a) de la Ley del Impuesto» del modelo 190, con el fin de identificar y distinguir el tipo de prestación que abona en estos casos la Seguridad Social o Clases Pasivas. Para ello, se crea un campo adicional para informar de la naturaleza de la prestación. Esta distinción resulta necesaria dada la incidencia que el tipo de prestación puede tener en relación con la aplicación de lo dispuesto en la disposición transitoria segunda de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, (en adelante, Ley 35/2006, de 28 de noviembre).

Continuando en la línea de disponer de una información más detallada del pago de prestaciones por parte de las diversas entidades pagadoras, se considera procedente crear nuevas subclaves en el caso de prestaciones de la Clave «B. Rendimientos del trabajo: Pensionistas y perceptores de haberes pasivos y demás prestaciones previstas en el artículo 17.2.a) de la Ley del Impuesto», para distinguir aquellos casos en que se abonan prestaciones a los beneficiarios de mutualidades generales obligatorias de funcionarios, colegios de huérfanos y entidades similares, y cuando se abonan prestaciones derivadas de Planes de Pensiones y otros Sistemas de Previsión Social a los que se refiere el artículo 17.2.a) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre. Actualmente ambas prestaciones se declaran en la misma clave.

Asimismo, se vienen detectando incidencias en la determinación de la obligación de declarar por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas asociadas a la obtención de ganancias patrimoniales derivadas de los premios que deben ser objeto de consignación en la clave «K» del modelo 190. Dependiendo del sometimiento a retención o ingreso a cuenta de tales premios si superan los 300 euros, o en caso contrario, su no sometimiento a retención o ingreso a cuenta, el límite aplicable respecto a la obligación de declarar por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas contemplado en el artículo 96 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, es distinto. Tal distinción, no se encuentra actualmente contemplada en las subclaves existentes para esta clave «K».

Para evitar estas incidencias, se considera procedente desglosar las subclaves 01 y 03 de la clave K del modelo 190 (premios otorgados en juegos, concursos, rifas, etc., sin fines publicitarios; y premios organizados con fines publicitarios, respectivamente) para consignar respecto de cada subclave indicada los que están sometidos a retención y en nuevas subclaves los que no están sometidos a retención o ingreso a cuenta.

Por otra parte, la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes añadió, con efectos desde el 1 de enero de 2023, una nueva disposición adicional quincuagésima tercera en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, para que los rendimientos del trabajo derivados directa o indirectamente de participaciones, acciones u otros derechos, incluidas comisiones de éxito, que otorguen derechos económicos especiales en alguna de las entidades relacionadas en el apartado 2 de la citada disposición adicional, obtenidos por las personas administradoras, gestoras o empleadas de dichas entidades o de sus entidades gestoras o entidades de su grupo, se integren en la base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del perceptor en un 50 por ciento de su importe, sin que resulten de aplicación exención o reducción alguna, cuando se cumplan los requisitos establecidos en el apartado 3 de la mencionada disposición adicional. Para identificar los casos en los que se haya aplicado este beneficio fiscal se crea un nuevo campo en el modelo 190, que permite conocer cuándo se están consignando retribuciones a trabajadores que se han beneficiado de este régimen fiscal.

Finalmente, se actualiza el contenido del campo «Código de Provincia», del tipo de registro 2 (registro de perceptor), en relación con la denominación de alguna de las provincias contenidas en el listado.

En último lugar, y con la misma finalidad que la señalada en el párrafo anterior, se modifica la Orden HAP/2368/2013, de 13 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 270, «Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta. Gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas» y se determinan el lugar, forma, plazo y el procedimiento para su presentación, para actualizar la denominación de alguna de las provincias del campo «Código de Provincia», del tipo de registro 2 (registro de perceptor).

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la elaboración de esta orden se ha efectuado de acuerdo con los principios de...

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