Orden HAC/01/2020, de 20 de enero, por la que se establecen las normas que regulan los pagos satisfechos mediante anticipos de caja fija en la Consejería de Economía y Hacienda.

Sección4 - Economía y Hacienda
EmisorConsejeria de Economia y Hacienda
Rango de LeyOrden

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 76.2 de la Ley de Cantabria 14/2006, de 24de octubre, de Finanzas de Cantabria y en el Decreto 89/2018, de 25 de octubre, por el que seregulan los Anticipos de Caja Fija, en relación con los Presupuestos Generales de la ComunidadAutónoma de Cantabria para el año 2020, se establecen las siguientes normas sobre los pagossatisfechos mediante anticipos de caja fija:

Artículo 1 Establecimiento del sistema de anticipos de caja fija.

Los gastos periódicos, repetitivos, así como los de tracto sucesivo aplicables al capítulo II"Gastos corrientes en bienes y servicios", imputables al presupuesto de gastos de la Consejeríade Economía y Hacienda, podrán ser realizados por el sistema de anticipos de caja fija.

Según el artículo 1 del Decreto 89/2018, de 25 de octubre, por el que se regulan los Anticiposde Caja Fija, se entienden por anticipos de caja fija, las provisiones de fondos de carácter extrapresupuestario y permanente, que se realicen a pagadurías, cajas y a las habilitaciones para laatención inmediata, y posterior aplicación al capítulo de gastos corrientes en bienes y serviciosdel presupuesto del año en que se efectúen, de gastos periódicos o repetitivos, como los referidos a dietas, gastos de locomoción, material no inventariable, conservación, mantenimiento,tracto sucesivo y otros de similares características. Estos anticipos de caja fija, no tendrán laconsideración de pagos a justificar. Estas provisiones pueden tener el carácter de renovables porel importe justificado, de forma que la cantidad librada permanezca fija a lo largo del ejercicio.

Artículo 2 Importe máximo y conceptos aplicables al sistema de anticipos de caja fija.
  1. La cuantía global de los anticipos de caja fija concedidos, no podrán superar el 10% deltotal de créditos del capítulo destinado a gastos corrientes en bienes y servicios del presupuesto vigente en cada momento.

  2. De la cuantía del anticipo de caja fija de la Consejería de Economía y...

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