ORDEN AAM/16/2012, de 23 de enero, por la que se convocan elecciones al órgano de gobierno del Consejo Regulador de la Indicación Geográfica Protegida (IGP) Pollo y Capón de El Prat.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO NATURAL
Rango de LeyOrden

ORDEN

AAM/16/2012, de 23 de enero, por la que se convocan elecciones al órgano de gobierno del Consejo Regulador de la Indicación Geográfica Protegida (IGP) Pollo y Capón de El Prat.

La Ley 14/2003, de 13 de junio, de calidad agroalimentaria, establece en el artículo 8 que corresponde a los consejos reguladores la organización de los procesos de elección de los órganos rectores respectivos.

Los órganos de gobierno de los consejos reguladores son la comisión rectora, el presidente o presidenta y cualquier otro órgano que establecen los estatutos.

El Decreto 285/2006, de 4 de julio, por el que se desarrolla la Ley 14/2003, de 13 de junio, de calidad agroalimentaria, determina en el artículo 32 y 33 que el proceso electoral de los órganos de gobierno de los consejos reguladores de las denominaciones de origen protegidas (DOP) e indicaciones geográficas protegidas (IGP) se rige por lo que establecen la Ley 14/2003, de 13 de junio, de calidad agroalimentaria, el citado Decreto, el reglamento específico de la IGP Pollo y Capón de El Prat (Orden AAR/523/2009, de 6 de noviembre), y de forma supletoria para la normativa electoral general, correspondiente al/a la presidente/a del consejo regulador la convocatoria del proceso electoral.

En fecha 9 de marzo de 2011 se convocaron elecciones al órgano de gobierno de la IGP Pollo y Capón de El Prat por la Orden AAM/33/2011, de 22 de febrero.

Según consta en el acta de la reunión de proclamación definitiva de candidaturas de la Junta Electoral de la IGP Pollo y Capón de El Prat del 13 de abril de 2011, se presentó una única candidatura formada por tres miembros del censo A y ninguna candidatura del censo B.

De acuerdo con la Orden AAR/523/2009, de 6 de noviembre, por la que se aprueba el Reglamento de la IGP Pollo y Capón de El Prat, la Comisión Rectora del Consejo Regulador debe estar constituida por cuatro vocales que se distribuyen de manera paritaria, dos por cada censo, entre personas del sector productor y personas del sector elaborador de acuerdo con los registros de la IGP.

Por lo tanto, como no fue posible seguir con el procedimiento electoral, el consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural nombró mediante Resolución de 29 de abril de 2011, una Comisión gestora de acuerdo con el artículo 18.11 del Decreto 285/2006, que desarrolla la Ley 14/2003 de calidad agroalimentaria. Esta Comisión gestora debe convocar nuevas elecciones.

La Comisión gestora se reunió el 18 de mayo de 2011 y solicitó al Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural (DAAM) una nueva convocatoria de elecciones.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Alimentación, Calidad e Industrias Agroalimentarias, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo 1

Convocar elecciones al órgano de gobierno del Consejo Regulador de la IGP Pollo y Capón de El Prat que tendrán lugar en la oficina comarcal de El Baix Llobregat de acuerdo con el calendario establecido en el anexo 1.

Artículo 2

El proceso electoral se rige por lo que dispone la Ley 14/2003, de 13 de junio, de calidad agroalimentaria; el Decreto 285/2006, de 4 de julio, por el que se desarrolla la Ley 14/2003, de calidad agroalimentaria; el Reglamento específico de la IGP Pollo y Capón de El Prat, esta Orden y de forma supletoria por la Ley orgánica 5/1985, de 19 de junio, sobre régimen electoral general.

Artículo 3

De acuerdo con el artículo 32.3 de Decreto 285/2006, el número de personas totales inscritas en el Consejo Regulador no supera las trescientas y por lo tanto el procedimiento electoral sigue el procedimiento electoral especial regulado en el artículo 28 del reglamento específico de esta...

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