ORDEN FYM/64/2019, de 25 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de proyectos de redes de acceso de nueva generación cofinanciados con fondos FEDER en polígonos industriales y enclaves logísticos de Castilla y León.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

La conectividad mediante banda ancha reviste una importancia estratégica para el crecimiento y la innovación de Europa en todos los sectores de la economía y para la cohesión social y territorial. Es ampliamente reconocido que la penetración de la banda ancha y el incremento en su velocidad contribuyen significativamente al crecimiento económico.

La estrategia Europa 2020 [COM(2010) 2020, de 3 de marzo de 2010] subraya la importancia del despliegue de la banda ancha en el marco de la estrategia de crecimiento de la Unión Europea para el próximo decenio y establece objetivos ambiciosos para el desarrollo de la banda ancha. Una de sus iniciativas emblemáticas, la Agenda Digital para Europa [COM(2010) 245 final/2, de 26 de agosto de 2010] reconoce las ventajas socioeconómicas de la banda ancha y pone de relieve su importancia para la competitividad, la inclusión social y el empleo. El logro del objetivo recogido en la estrategia Europa 2020 de un crecimiento inteligente, sostenible e inclusivo depende también de la disponibilidad de un acceso generalizado y asequible a infraestructura y servicios de Internet de alta velocidad. Superar el reto de financiar una infraestructura de banda ancha de buena calidad y asequible es un factor crucial para que Europa incremente su competitividad e innovación, brinde oportunidades de empleo a los jóvenes, prevenga la deslocalización de actividades económicas y atraiga inversiones extranjeras. La Agenda Digital para Europa reafirma el objetivo de la estrategia Europa 2020 de poner la banda ancha a disposición de todos los europeos a más tardar en 2013 y pretende garantizar que en 2020 todos los europeos tengan acceso a unas velocidades de Internet muy superiores, por encima de los 30 Mbps y que el 50% o más de los hogares europeos estén abonados a conexiones a Internet superiores a 100 Mbps.

El Gobierno de España aprobó, en Consejo de Ministros celebrado 15 de febrero de 2013, una Agenda Digital para España como marco de referencia para establecer una hoja de ruta en materia de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) y de Administración Electrónica; establecer la estrategia de España para alcanzar los objetivos de la Agenda Digital para Europa; maximizar el impacto de las políticas públicas en TIC para mejorar la productividad y la competitividad; y transformar y modernizar la economía y la sociedad españolas mediante un uso eficaz e intensivo de las TIC por la ciudadanía, empresas y administraciones. Los objetivos, líneas de actuación y planes establecidos en esta Agenda Digital se articulan para favorecer la creación de oportunidades de empleo y

el crecimiento económico mediante una adopción inteligente de las tecnologías digitales, contribuyendo de esta forma al esfuerzo colectivo de impulsar la recuperación económica del país. Uno de los seis grandes objetivos en torno a los cuales se estructura la Agenda Digital para España es fomentar el despliegue de redes y servicios para garantizar la conectividad digital. Para ello, la Agenda Digital para España hace suyos los objetivos de cobertura y adopción de servicios de banda ancha planteados por la Unión Europea en la Agenda Digital para Europa.

Por otra parte, la Junta de Castilla y León, continuando la senda metodológica iniciada tanto por la Unión Europea como por el Gobierno de España, ha aprobado en el Consejo de Gobierno celebrado el 16 de abril de 2014 la Estrategia Regional de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente de Castilla y León (RIS3), para el período 2014-2020, en la cual se enmarca la Agenda Digital para Castilla y León. La Estrategia recoge entre sus objetivos el de conseguir que las TIC se conviertan en herramientas facilitadoras de la innovación, la cohesión social y territorial, el crecimiento económico, el desarrollo del medio rural y la creación de empleo. Este objetivo se despliega en el programa «Agenda Digital para Castilla y León», que acoge cuatro objetivos: Fomentar el despliegue de redes y servicios de telecomunicaciones para garantizar la conectividad digital, desarrollar la economía digital para el crecimiento y la competitividad de las empresas, impulsar la e-Administración y mejorar la eficacia, eficiencia y calidad de los servicios públicos a través de un uso intensivo de las TIC e impulsar la adaptación digital de la ciudadanía y la innovación social.

Según la legislación vigente, el servicio de acceso a Internet de banda ancha es un servicio de interés general que se presta en régimen de libre competencia, lo que implica que solamente se extiende por los operadores en aquellas zonas en las que es posible conseguir una rentabilidad económica para las inversiones realizadas. En consecuencia, existen zonas donde, por sus características especiales de aislamiento, despoblación o envejecimiento, los operadores no extienden dicho servicio, al no prever una rentabilidad suficiente que justifique su inversión. En estas zonas, el apoyo de las Administraciones Públicas es fundamental para tratar de conseguir una extensión adicional de este servicio.

Desde hace años, la Junta de Castilla y León está apoyando, en línea con la Agenda Digital para Europa impulsada por la Unión Europea dentro de la estrategia Europa 2020 y con la Agenda Digital para España impulsada por el Ministerio de Economía y Empresa y por el Ministerio de Hacienda y Función Pública, la extensión adicional del servicio de acceso a Internet de banda ancha en las zonas rurales menos rentables para los operadores por medio de líneas de ayudas dirigidas a la cobertura de núcleos de población en estas zonas

El despliegue de redes por parte de los operadores de telecomunicaciones, en múltiples ocasiones, se limita a la cobertura de las zonas más densamente habitadas de los núcleos de población, dejando de lado zonas de especial dificultad o de menor rentabilidad, como es el caso de los polígonos industriales y otras áreas de actividad empresarial. Por ello, y en línea con los objetivos anteriormente citados de la estrategia RIS3, se considera de interés el establecimiento de líneas de ayudas dirigidas específicamente a estas zonas, fundamentales para el desarrollo económico de la Castilla y León. Para abordar este tipo de actuaciones es importante conocer en qué zonas y con qué velocidades se está extendiendo el servicio de acceso a Internet con redes de nueva generación para facilitar el mejor diseño, en su caso, de posibles actuaciones públicas.

De conformidad con las Directrices de la Unión Europea para la aplicación de las normas sobre ayudas estatales al despliegue rápido de redes de banda ancha (2013/C 25/01), el mapa detallado y el análisis de la cobertura elaborados gracias a la información proporcionada por los operadores de telecomunicaciones son los instrumentos esenciales para definir la existencia de zonas blancas, grises y negras.

Este mapa es elaborado, de conformidad con el Real Decreto 462/2015, de 5 de junio, por el que se regulan instrumentos y procedimientos de coordinación entre diferentes Administraciones Públicas en materia de ayudas públicas dirigidas a favorecer el impulso de la sociedad de la información mediante el fomento de la oferta y disponibilidad de redes de banda ancha, por la Secretaría de Estado para la Sociedad de la Información y la Agenda Digital.

El primer paso es la aprobación de las bases reguladoras, que se acomodarán a lo establecido para los fondos FEDER durante el período 2014-2020. Las operaciones que se cofinancien bajo el marco de estas nuevas bases serán acordes con los Criterios de Selección de Operaciones aprobados para el Programa Operativo FEDER de Castilla y León 2014-2020 y se encuadran en la categoría de intervención 046, TIC: Red de banda ancha de alta velocidad (acceso/bucle local; ≥ 30 Mbps).

De igual modo, esta orden que ahora se aprueba cumple la normativa europea sobre ayudas de estado pues se encuadra dentro de las categorías de ayuda («ayudas para infraestructuras de banda ancha») del ámbito de aplicación del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, y también cumple todas las disposiciones específicas aplicables a su categoría (Sección 10 del citado Reglamento).

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3 del Real Decreto 462/2015, de 5 de junio, por el que se regulan instrumentos y procedimientos de coordinación entre diferentes Administraciones Públicas en materia de ayudas públicas dirigidas a favorecer el impulso de la sociedad de la información mediante el fomento de la oferta y disponibilidad de redes de banda ancha, se ha sometido a informe de la Secretaría de Estado de Sociedad de la Información y Agenda Digital.

Se incorporan en estas bases las medidas establecidas en el Decreto 75/2008, de 30 de octubre, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de la normativa para la integración laboral de las personas con discapacidad y el establecimiento de criterios de valoración y preferencia en la concesión de subvenciones y ayudas públicas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

En su virtud, y conforme a lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León y en el artículo 26 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO

Artículo Único Aprobación de las Bases Reguladoras.

Aprobar las bases reguladoras por las que se regirá la concesión de subvenciones destinadas a la realización de proyectos de redes de...

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