ORDEN FORAL 88/2017, de 5 de junio, de la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, por la que se modifica la Orden Foral 74/2016, de 5 de abril, de la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, por la que se establece la estructura orgánica del Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia a nivel de negociados.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral
PREÁMBULO

Por Orden Foral 74/2016, de 5 de abril, de la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, se establece la estructura orgánica del Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia a nivel de negociados.

Mediante Decreto Foral 18/2017, de 15 de marzo, se modifica el Decreto Foral 198/2015, de 9 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia. Con dicha modificación se realiza un replanteamiento y redefinición estructural de las competencias jurídico-administrativas de la Dirección General de Interior bajo varios criterios: agrupación orgánica de competencias similares y adecuación del rango orgánico al grado de responsabilidad, naturaleza de las competencias y complejidad de las decisiones a adoptar.

Avanzando en la definición de la nueva organización, y en particular del Servicio de Régimen Jurídico de Interior se plantea crear un Negociado de Gestión Administrativa que aglutine todo el servicio administrativo. De esta forma se centraliza y homogeneiza bajo una misma unidad orgánica dichas funciones para poder atender las necesidades de las Secciones, del Servicio o de la Dirección General sin restricciones de adscripción. Asimismo se aloja a nivel de negociado, con la creación de una nueva unidad, denominada Negociado de Régimen Jurídico y Procedimiento Sancionador, y bajo la dependencia jerárquica de la Sección de Régimen Jurídico y Gestión Administrativa, las funciones de apoyo jurídico administrativo y tramitadoras de la Sección.

Por otra parte, mediante Decreto Foral 197/2015, de 9 de septiembre, se extingue el organismo autónomo Agencia Navarra de Emergencias (ANE), integrándose sus funciones y servicios en los diferentes órganos del Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia. Tanto dicha norma como el propio Decreto Foral 198/2015, de 9 de septiembre, por el que se estableció la estructura orgánica del Departamento, preveían una situación transitoria para los negociados y las unidades asimiladas a los mismos existentes hasta que se adoptaran las oportunas medidas de desarrollo.

A nivel de negociados, para dar cumplimiento a dicha integración se plantea la distribución de funciones entre los dos servicios herederos de la extinta Agencia Navarra de Emergencias, y a tal efecto el actual Negociado de Gestión de Personal Operativo prestará servicios únicamente para las necesidades del Servicio de Bomberos de Navarra-Nafarroako Suhiltzaileak, mientras que dichas funciones, para el Servicio de Protección Civil se prestarán por un nuevo negociado, bajo la denominación de Negociado de Apoyo Administrativo y de Personal, que surge de la extinción del Negociado de Gestión de Turnos y Estadísticas. Dentro del análisis racional de las funciones de los negociados del Servicio de Protección Civil, se plantea la distribución de funciones asignadas al Negociado de Gestión de Turnos y Estadísticas, no solo al nuevo Negociado de Apoyo Administrativo y de Personal, sino también al Negociado de Formación y Supervisión y al nuevo Negociado de Sistemas y Comunicación.

Este último negociado completa la estructura de negociados del Servicio de Protección Civil, en un ámbito funcional de vital importancia en el campo de las Emergencias, principal competencia del servicio.

Por todo ello, procede actualizar la...

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