ORDEN FORAL 43/2021, de 15 de febrero, de la Consejera de Derechos Sociales, por la que se autoriza el gasto y se aprueba la convocatoria de ayudas económicas en el ámbito de la familia, para cubrir gastos extraordinarios y necesarios que se produzcan en el seno de las familias numerosas y las familias monoparentales para el año 2021.
Sección | I - Comunidad Foral de Navarra |
Rango de Ley | Orden foral |
BOLETÍN Nº 54 - 9 de marzo de 2021 1. Comunidad Foral de Navarra 1.4. Subvenciones, ayudas y becas ORDEN FORAL 43/2021, de 15 de febrero, de la Consejera de Derechos Sociales, por la que se autoriza el gasto y se aprueba la convocatoria de ayudas económicas en el ámbito de la familia, para cubrir gastos extraordinarios y necesarios que se produzcan en el seno de las familias numerosas y las familias monoparentales para el año 2021. Mediante la Orden Foral 159/2020, de 12 de mayo, de la Consejera de Derechos Sociales se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas para el periodo 2020-2023 para cubrir gastos extraordinarios y necesarios que se produzcan en el seno de las familias numerosas y familias monoparentales, entendiéndose por tales los necesarios para la compra o sustitución de prótesis auditivas, prescripciones ópticas y ortodoncia.
La Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas tiene, entre otras funciones y objetivos, la de coordinación, impulso y evaluación de las actuaciones reflejadas en el II Plan de Apoyo a la Familia, la Infancia y la Adolescencia así como el fomento, coordinación, gestión y seguimiento de los programas destinados a la Familia.
La Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, establece el régimen jurídico general aplicable a éstas cuando sean otorgadas con cargo a los Presupuestos Generales de Navarra para el fomento de actividades de utilidad pública o de interés social.
Por medio de Acuerdo de Gobierno de 1 de abril de 2020 se autorizó la concesión de estas ayudas en régimen de evaluación individualizada, lo que supone que los expedientes se tramitarán y resolverán siguiendo el orden de presentación de las solicitudes y en tanto se disponga de crédito presupuestario para ello. En caso de agotarse los recursos presupuestarios disponibles para cada convocatoria, las solicitudes serán desestimadas.
Vistos los informes técnicos y jurídicos obrantes en el expediente, que ponen de manifiesto, respectivamente, la oportunidad e interés social, así como la legalidad de las bases reguladoras.
En consecuencia, en virtud de las atribuciones que me han sido conferidas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidenta o Presidente, y por el Decreto Foral 268/2019, de 30 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Derechos Sociales.
ORDENO:
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Aprobar la convocatoria para la concesión de ayudas...
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