ORDEN FORAL 222/2016, de 3 de noviembre, del Consejero de Desarrollo Económico, por la que se regulan las compensaciones que percibirán las organizaciones sindicales y empresariales por su participación en el Consejo del Diálogo Social y en el Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Tanto las normas de la Unión Europea, como la propia Constitución Española (CE), contemplan la necesidad de participación de las personas en la actividad pública, de forma que los agentes económicos y sociales representados por sus organizaciones respectivas puedan estar presentes en la toma de decisiones respecto de los asuntos públicos. El artículo 9.2 CE, señala que debe promoverse la participación ciudadana en la vida pública, política, económica y social. Asimismo, el artículo 129.1 CE contempla la participación de las personas interesadas en la actividad de los organismos públicos, en forma de participación institucional.

Debido al especial valor que el Gobierno de Navarra otorga a la participación de dichos agentes tanto en el Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare como en el Consejo del Diálogo Social, se desea compensar a las entidades que trabajen activamente en estos órganos por los gastos ocasionados con motivo de su participación.

Por la Ley Foral 22/2014, de 12 de noviembre, se creó el Consejo Navarro de Diálogo Social, regulándose en el artículo 16 de la misma una compensación por su participación institucional.

Por Decreto Foral 263/2015, de 2 de diciembre, se aprobaron los estatutos del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, contemplando la participación de organizaciones sindicales y empresariales en el Consejo del mismo y en las Comisiones de seguimiento y trabajo.

La Ley Foral 1/2016, de 29 de enero, de Presupuestos Generales de Navarra para 2016, en su artículo 37 establece que “Mediante la disposición pertinente se regulará la participación institucional de los agentes sociales y empresariales. Los participantes percibirán una compensación en la forma y cuantía que se determine en dicha disposición con cargo a la partida ‘Transferencia agentes sociales y empresariales en función de su participación institucional’”.

El Decreto Foral 170/2015, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Económico, dispone en su artículo 1 que corresponde a este Departamento ejercer las competencias atribuidas a la Administración de la Comunidad Foral de Navarra en las materias relativas al impulso y la ordenación de las...

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