Orden FOM/1053/2016, de 20 de junio, por la que se convoca la provisión de puestos de trabajo por el sistema de libre designación.
Marginal | BOE-A-2016-6366 |
Sección | II - Autoridades y Personal |
Rango de Ley | Orden |
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificado en su redacción por el artículo primero de la Ley 23/1988, de 28 de julio,
Este Ministerio, en uso de las facultades conferidas por el artículo 13.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, ha resuelto anunciar para su provisión, por el sistema de libre designación, los puestos de trabajo que se relacionan en el anexo I de la presente Orden, con arreglo a las siguientes bases:
Primera.
Las instancias para tomar parte en esta convocatoria –una para cada puesto si se solicitan varios, indicando el orden de preferencia– se ajustarán al modelo que se publica como Anexo II a esta Orden, debiendo presentarse dentro del plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», en el Registro General de este Ministerio (Paseo de la Castellana, 67, Nuevos Ministerios, 28071 Madrid), o en los Organismos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Segunda.
A cada instancia se acompañará el curriculum vitae, en el que figuren títulos académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en la Administración, estudios y cursos realizados, así como cualquier otro mérito que se considere oportuno.
Tercera.
De acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española y la Directiva Comunitaria de 9 de febrero de 1976, la Administración Pública lleva a cabo una política de igualdad de trato entre hombres y mujeres, por lo que se refiere al acceso al empleo, a la formación profesional y a las condiciones de trabajo.
Cuarta.
Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabe recurso...
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