ORDEN EXI/328/2016, de 22 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de los diferentes programas de becas ofrecidas en el ámbito de la acción exterior de Cataluña dirigidos a titulados universitarios.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDepartamento de Asuntos y Relaciones Institucionales y Exteriores y Transparencia
Rango de LeyOrden

El Departamento de Asuntos y Relaciones Institucionales y Exteriores y Transparencia, mediante la Secretaría de Asuntos Exteriores y de la Unión Europea, pretende promover las prácticas profesionales para la formación en entornos internacionales para fomentar el perfeccionamiento del perfil académico y un mejor conocimiento práctico sobre las políticas y actividades en el marco de las relaciones exteriores, con un énfasis especial en aquellos temas que afectan más directamente Cataluña.

Con el fin de fomentar esta experiencia, la Secretaría de Asuntos Exteriores y de la Unión Europea ofrece diversos programas de becas que se dirigen a titulados universitarios, con la finalidad que posteriormente puedan aplicar esta experiencia en el desarrollo de su carrera profesional.

Esta Orden pretende unificar en una sola norma las bases reguladoras de los diferentes programas de becas en el ámbito de las funciones atribuidas a la Secretaría de Asuntos Exteriores y de la Unión Europea por los Decretos 2/2016, de 13 de enero, 212/2016, de 1 de marzo y 45/2016 de 19 de enero.

La Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación (AGAUR) fue creada por la Ley 7/2001, de 31 de mayo, con el objetivo de ejecutar los programas de becas, de préstamos, de subvenciones y de otras actividades de fomento al estudio universitario, de la investigación científica y técnica y de la innovación tecnológica en Cataluña. El artículo 5.1 b) de los Estatutos de la Agencia prevé la posibilidad de formalizar acuerdos con otros departamentos de la Generalitat de Catalunya para la concesión de subvenciones, así como su seguimiento. En virtud de esta normativa, la AGAUR actuará en la tramitación y pago de las becas de los diferentes programas comprendidos en esta Orden.

Es de aplicación lo que dispone el capítulo IX del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto Legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, en relación con el régimen jurídico de las subvenciones y transferencias de la Generalitat de Catalunya; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre;

En uso de las atribuciones que me son conferidas por la legislación vigente, en especial, de acuerdo con lo previsto por el artículo 92.3 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña,

Ordeno:

Artículo único

Aprobar las bases reguladoras de los procedimientos para la concesión de los diferentes programas de becas ofrecidas en el ámbito de la acción exterior de Cataluña, que constan, respectivamente, en los anexos 1, 2, 3, 4 y 5 de esta Orden, y que son los siguientes:

  1. Becas para estancias en las Delegaciones del Gobierno de la Generalitat de Catalunya en el exterior excepto en la Delegación del Gobierno de la Generalitat de Catalunya en los Estados Unidos de América (DGUS) (anexo 1)

  2. Becas para estancias en la Delegación del Gobierno de la Generalitat de Catalunya en los Estados Unidos de América (anexo 2)

  3. Becas para estancias en la Delegación del Gobierno de la Generalitat de Catalunya delante de la Unión Europea (anexo 3)

  4. Becas para la realización de prácticas en organizaciones internacionales, denominadas “Becas Canigó” (anexo 4).

  5. Becas para estancias en comunidades catalanas del exterior (anexo 5)

Disposición derogatoria

Se derogan las disposiciones siguientes:

Orden PRE/182/2015, de 17 de junio, por la cual se aprueban las bases reguladoras de los diferentes programas de becas ofrecidas en el ámbito de la acción exterior del Departamento de la Presidencia dirigidos a titulados universitarios.

Orden PRE/281/2015, de 9 de septiembre, por la cual se modifican las bases reguladoras de los diferentes programas de becas ofrecidas en el ámbito de la acción exterior del Departamento de la Presidencia dirigidos a titulados universitarios, aprobadas por la Orden PRE/182/2015, de 17 de junio.

Disposición final

Esta Orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el DOGC.

Barcelona, 22 de noviembre de 2016

Raül Romeva i Rueda

Consejero

ANEXO 1

Bases reguladoras del procedimiento para la concesión de las becas para estancias en las Delegaciones del Gobierno de la Generalitat de Catalunya en el exterior excepto en la Delegación del Gobierno de la Generalitat de Catalunya en los Estados Unidos de América.

1 Objeto de las becas

1.1 Las becas de formación reguladas por este anexo consisten en estancias de diez meses en las Delegaciones de la Generalitat de Catalunya en el exterior a excepción de la DGUS, para fomentar la profesionalización y la inserción laboral en el ámbito de las relaciones internacionales así como promover el conocimiento sobre la realidad política, económica, social y cultural de los países donde el Gobierno de la Generalitat tiene establecidas delegaciones de acuerdo con las funciones atribuidas a la Secretaría de Asuntos Exteriores y de la Unión Europea por el Decreto 170/2014, de 23 de diciembre, de estructura de la Secretaría de Asuntos Exteriores y de la Unión Europea.

1.2 Las estancias subvencionadas desarrollan un programa de trabajo orientado a conocer la definición de la política exterior de la Generalitat de Catalunya y su funcionamiento práctico, participando en la actividad habitual de la Delegación de la Generalitat de Catalunya en el exterior correspondiente y colaborando en las tareas del equipo técnico, que incluyen:

  1. Colaborar en el desarrollo de los proyectos de la Delegación de la Generalitat de Catalunya en el exterior.

  2. Colaborar en la preparación de visitas de representantes de la Generalitat de Catalunya en el ámbito geográfico y de interés de cada Delegación de la Generalitat de Catalunya en el exterior.

  3. Recopilación de información y preparación de material y documentación.

  4. Seguimiento de las políticas y acciones de las autoridades estatales y regionales del ámbito geográfico de cada Delegación de la Generalitat de Catalunya en el exterior.

  5. Participación en la actividad habitual y colaboración en las tareas del equipo técnico de la correspondiente Delegación de la Generalitat de Catalunya en el exterior.

  6. Elaboración de notas, informes o artículos sobre la actualidad política, social, cultural y económica del país.

  7. Identificación de actores e interlocutores y alimentación de bases de datos de contactos.

  8. Participación en el diseño y/o la organización de jornadas técnicas o actos públicos.

    1.3 Los becarios y las becarias serán coordinados por las personas responsables del programa en las Delegaciones del Gobierno de la Generalitat de Catalunya en el exterior objeto de este anexo, las cuales realizarán el seguimiento de la estancia.

    1.4 En ningún caso se podrá entender que exista ninguna relación laboral entre la persona becada y la entidad que lo acoge.

    2 Personas destinatarias

    Podrán beneficiarse de estas becas las personas físicas que cumplan los requisitos siguientes:

  9. Ser mayor de edad

  10. Tener la nacionalidad de uno de los estados miembros de la UE, del Espacio Económico Europeo o de los países candidatos a la adhesión

  11. Acreditar residencia efectiva en Cataluña de un mínimo de 2 años continuos o discontinuos dentro de los últimos 10 años inmediatamente anteriores en el momento de publicación de la convocatoria correspondiente.

  12. Tener titulación universitaria

  13. Tener un posgrado universitario en el ámbito de interés de las Delegaciones del Gobierno de la Generalitat de Catalunya en el exterior (relaciones internacionales, derecho internacional, economía internacional o similares). También se considerarán las solicitudes entregadas por candidatos/as que tengan que presentar la memoria final del posgrado durante el último trimestre del año de la convocatoria correspondiente.

  14. Acreditar el nivel C de catalán o equivalente.

  15. Acreditar un nivel mínimo C1 del Marco europeo común de referencia para las lenguas de la lengua del país donde se realiza la estancia.

  16. Tener un alto nivel oral y escrito del castellano

  17. No haber sido beneficiario/aria con anterioridad de una beca para estancias en las Delegaciones de la Generalitat de Catalunya dependientes de la Secretaría de Asuntos Exteriores y de la Unión Europea.

  18. No estar sometido a ninguno de los supuestos de prohibición para obtener subvenciones, de conformidad con el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

    3 Incompatibilidades

    La percepción de estas becas es incompatible con la percepción de cualquier otra ayuda que tenga por objeto la misma finalidad y también con la percepción de cualquier remuneración derivada de una relación contractual laboral.

    4 Duración, cuantía y periodo de ejecución de las actividades becadas

    El periodo en que se tienen que ejecutar las actividades objeto de la beca será de 10 meses, a realizar a partir de la publicación de la resolución final del procedimiento de concesión de las becas y hasta el 31 de diciembre de los dos años posteriores a la publicación de la convocatoria correspondiente.

    La correspondiente convocatoria establecerá el importe máximo mensual de las becas.

    5 Solicitudes

    5.1 La persona solicitante tiene que formalizar la presentación de la solicitud, de acuerdo con el modelo de formulario normalizado y siguiendo las instrucciones que se detallan.

    5.2 Las solicitudes se tienen que presentar, de acuerdo con el modelo normalizado en el registro del AGAUR o de acuerdo con lo que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

    En caso de que las personas solicitantes opten por presentar la solicitud en las oficinas de correos, lo tendrán que hacer dentro de un sobre abierto a fin de que la instancia sea fechada y sellada por el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR