ORDEN EIE/601/2018, de 5 de abril, por la que se modifica la Orden EIE/1940/2016, de 16 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones en materia de ahorro y diversificación energética, uso racional de la energía, aprovechamiento de los recursos autóctonos y renovables, e infraestructuras energéticas.

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

El Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Economía, Industria y Empleo para el periodo 2015-2019, aprobado por Orden de 17 de noviembre de 2015, de la Consejera de Economía, Industria y Empleo, prevé la línea de subvenciones: "Ayudas a empresas privadas y autónomos, corporaciones locales, instituciones sin ánimo de lucro, comunidades de propietarios y particulares por la producción y/o el uso de energía renovable".

Dichas subvenciones responden a las medidas señaladas y previstas en el Plan Energético de Aragón 2013-2020 y persiguen el fomento de las energías renovables. Así, se apoyará la implantación de las energías renovables a pequeña escala en puntos cercanos al consumo, tanto para usos eléctricos como términos, aumentando el uso de las energías renovables en la edificación y en infraestructuras públicas.

Dentro del Programa Operativo FEDER Aragón 2014-2020 se encuentran incluidas las actuaciones EM01 "Ayudas a empresas privadas y autónomos por la producción y/o el uso de energías renovables" y EM02 "Ayudas a Corporaciones Locales, instituciones sin ánimo de lucro, comunidades de propietarios y particulares por la producción y el uso de energía renovable" cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), por lo que en su tramitación les será de aplicación los reglamentos comunitarios reguladores de dicho Fondo, así como la normativa que resulte de aplicación para la ejecución de las intervenciones cofinanciadas con Fondos Estructurales, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Por Orden EIE/1940/2016, de 16 de noviembre, se establecieron las bases reguladoras de subvenciones en materia de ahorro y diversificación energética, uso racional de la energía, aprovechamiento de los recursos autóctonos y renovables, e infraestructuras energéticas, que en su artículo 3 contempla como beneficiarios de las mismas, entre otros, a empresas públicas o privadas e instituciones sin ánimo de lucro y determina los requisitos que se imponen por la normativa comunitaria.

Entre los requisitos que se imponen, el artículo 3.3 de las bases reguladoras establece que "No podrán obtener la condición de beneficiario las empresas públicas o privadas, autónomos y entidades sin ánimo de lucro dedicadas a los sectores y supuestos excluidos del ámbito de aplicación del Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis ("Diario Oficial de la Unión Europea", L-352, de 24 de diciembre de 2013) o aquel que lo sustituya". Resultando por ello imposible conceder ayudas a todas aquellas empresas e instituciones sin ánimo de lucro dedicadas a los sectores agrícola, de la pesca y de la acuicultura.

Conocida la baja densidad de población de Aragón, repartida desigualmente, y su compleja orografía, esto requiere un desarrollo coherente y eficaz de las infraestructuras energéticas que conlleve acercar los puntos de generación de energía renovable a los puntos de consumo y la adecuación del desarrollo territorial a la disponibilidad de energía. Teniendo en cuenta que estas subvenciones tienen entre sus fines primordiales: la vertebración y reequilibrio territorial, la optimización y desarrollo de las infraestructuras energéticas, la diversificación y uso eficiente de la energía, estos fines se ven gravemente truncados si las pequeñas y medianas empresas, autónomos y entidades sin ánimo de lucro dedicadas a los sectores agrícola, de la pesca y de la acuicultura no pueden acceder a las mismas.

Atendiendo a esta particularidad de la Comunidad Autónoma de Aragón y a la conveniencia de hacer también participes a estas pequeñas explotaciones de la necesidad de fomentar el ahorro y la eficiencia energética, el uso de energías renovables y la reducción de emisiones de CO2 a la atmosfera, procede la modificación de las bases reguladoras de las subvenciones en materia de ahorro y diversificación energética, uso racional de la energía, aprovechamiento de los recursos autóctonos y renovables, e infraestructuras energéticas, para que las pequeñas y medianas empresas y asociaciones sin ánimo de lucro dedicadas a los sectores agrícola, de la pesca y de la acuicultura puedan optar a ser beneficiarias de las mismas.

Por otra parte, dado el volumen, la...

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