ORDEN EDU/486/2020, de 11 de junio, por la que se establecen medidas excepcionales en relación con los premios de investigación e innovación en educación secundaria obligatoria, bachillerato y formación profesional en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León, correspondientes al curso 2019-2020.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

La Orden EDU/1065/2013, de 18 de diciembre, modificada por la Orden EDU/13/2015 de 13 de enero y la Orden EDU/106/2018, de 31 de enero, crea los Premios de Investigación e Innovación en Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León. El artículo 5.5 prevé que los proyectos de investigación e innovación seleccionados se expondrán públicamente, en el tercer trimestre del curso escolar, ante un jurado que elegirá los tres mejores, uno por cada etapa educativa: Educación secundaria obligatoria, bachillerato y formación profesional, conforme a los criterios del artículo 7.2.

La Orden EDU/796/2019, de 3 de septiembre, convocó los Premios de Investigación e Innovación en Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León, correspondientes al curso 2019-2020. El apartado quinto recoge el calendario de actuaciones, disponiendo en el punto 3 que la relación de los proyectos de investigación e innovación seleccionados se publicará antes del 27 de abril de 2020 en el Boletín Oficial de Castilla y León, siendo objeto de publicidad en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León, y en el punto 4 que con fecha 20 de mayo se expondrán públicamente ante un jurado que elegirá los tres mejores, uno por cada etapa educativa.

El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, modificado por el Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo, el cual ha sido prorrogado sucesivamente por seis reales decretos siendo el último el Real Decreto 555/2020, de 5 de junio, determinó, en su disposición adicional tercera, la suspensión de términos y la interrupción de los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público.

Aun cuando conforme al artículo 9 del Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, con efectos desde el 1 de junio de 2020, el cómputo de los plazos administrativos que hubieran sido suspendidos, en virtud del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, se han reanudado o reiniciado, ha devenido totalmente inviable cumplir con los plazos establecidos lo que unido a las medidas de...

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