ORDEN EDU/136/2019, de 20 de febrero, por la que se regula el Programa para la Mejora del Éxito Educativo en la Comunidad de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

La Consejería de Educación ha venido desarrollando desde el curso 2007-2008, diferentes medidas educativas y estrategias didácticas que, enmarcadas dentro del Programa para la Mejora del Éxito Educativo, han tenido desde su inicio una doble finalidad, contribuir a la mejora del modelo educativo en la Comunidad de Castilla y León y facilitar el éxito y la continuidad del alumnado en el sistema educativo.

El mencionado programa se ha ido articulando a través de distintas disposiciones de carácter general, encontrándose regulado en la actualidad mediante la Orden EDU/872/2014, de 10 de octubre, por la que se regula el Programa para la Mejora del Éxito Educativo en la Comunidad de Castilla y León.

La variedad de medidas implementadas a lo largo de su trayectoria y la amplitud de niveles y etapas a las que han estado dirigidas, ha hecho del programa una valiosa herramienta de refuerzo y consolidación de conocimientos, en áreas y materias estratégicas, proporcionando refuerzo y apoyo en el momento necesario y respondiendo a necesidades concretas. De esta manera, ha contribuido a garantizar la progresión didáctica del alumnado y su promoción en el sistema educativo, reduciendo el abandono escolar temprano, fomentando su eficaz inserción en el mercado laboral y optimizando al mismo tiempo el clima de convivencia en los centros docentes.

El Programa para la Mejora del Éxito Educativo en la Comunidad de Castilla y León se ha ido adaptando a lo largo de estos años a la normativa educativa vigente y a las características del entorno educativo y social de esta Comunidad, dicha adaptación ha llevado a que algunas de las medidas iniciales del programa hayan pasado a integrarse de forma estructurada en los proyectos educativos de todos los centros y, por otra parte, a formular nuevas líneas de actuación y nuevas medidas que, después de ser implementadas con carácter experimental y analizados sus resultados, se postulan para ser integradas en el Programa para la Mejora del Éxito Educativo.

En este sentido, la educación en el siglo XXI se orienta a que todo el alumnado pueda alcanzar su pleno desarrollo personal, así como expresar sus potencialidades y talentos, como soporte de la igualdad de oportunidades, que junto a la equidad y el acceso universal a la educación, constituyen los principios inspiradores de un sistema educativo inclusivo y de calidad.

A la vista de los buenos resultados obtenidos desde su inicio y con la intención de seguir avanzando hacia la consecución de una escuela de calidad e inclusiva que dé respuesta a las necesidades de todo el alumnado, la consejería competente en materia de

educación se plantea nuevamente reforzar el Programa para la Mejora del Éxito Educativo, incorporando nuevas medidas y asumiendo nuevos retos organizativos y metodológicos, algunas de ellas derivadas del II Plan de Atención a la Diversidad en la Educación de Castilla y León, aprobado por el Acuerdo 29/2017, de 15 de junio, de la Junta de Castilla y León, para el período 2017-2022 y otras derivadas del Plan Global para la Mejora de los resultados escolares.

Estas medidas, además de continuar garantizando las finalidades anteriormente mencionadas, aportan otros objetivos, como mejorar la tasa de titulación en 4.º curso de educación secundaria obligatoria; incrementar el rendimiento del alumnado repetidor; despertar el interés y la necesidad de continuar formándose una vez superada la edad obligatoria, reduciendo el índice de abandono escolar temprano; conseguir la mejora de resultados escolares en centros que reciben alumnado procedente de entornos en situación de vulnerabilidad, con escasa motivación hacia el aprendizaje y significativo retraso escolar, facilitando la integración de su alumnado y la participación de las familias; así como desarrollar al máximo las capacidades, potencialidades, inteligencias o talentos de todo el alumnado de las diferentes etapas educativas.

Algunas de estas medidas podrán estar cofinanciadas por el FSE-Programa Operativo de Empleo, Formación y Educación 2014-2020 (POEFE), dentro de la actuación: programa de orientación y refuerzo para el avance y apoyo a la educación.

Esta orden permitirá al sistema educativo de Castilla y León seguir estando en una posición destacada en el ámbito educativo nacional e internacional y converger hacia los objetivos educativos de la Estrategia Europea 2020.

De conformidad con el artículo 76.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en el procedimiento de elaboración de la presente orden se han sustanciado los trámites de consulta pública previa en atención al artículo 75.2 de Ley 3/2001, de 3 de julio, en relación con el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de audiencia en atención al artículo 75.5 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, a través de su publicación en el Portal de Gobierno Abierto de la Junta de Castilla y León. Asimismo se ha recabado dictamen del Consejo Escolar de Castilla y León, de conformidad con el artículo 8.1.a) de la Ley 3/1999, de 17 de marzo, del Consejo Escolar de Castilla y León.

En atención a lo anteriormente indicado, y en el ejercicio de las competencias atribuidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de Castilla y León,

DISPONGO

CAPÍTULO I
Disposiciones generales Artículos 1 a 21
Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación.
  1. La presente orden tiene por objeto regular el Programa para la Mejora del Éxito Educativo en la Comunidad de Castilla y León.

  2. Este programa va dirigido al alumnado de la Comunidad de Castilla y León que precise apoyo y refuerzo educativo del proceso de aprendizaje, preferentemente en

áreas y materias instrumentales; enriquecimiento curricular o extracurricular; así como acompañamiento educativo y orientación educativa individualiza y extraordinaria, en relación a temáticas diferentes como son académica, profesional, social y convivencial, para desarrollar al máximo sus capacidades personales, adquirir las competencias correspondientes, incrementar el rendimiento escolar y alcanzar los objetivos generales de cada etapa educativa.

Artículo 2 Objetivos.

Son objetivos del Programa para la Mejora del Éxito Educativo:

  1. Lograr el acceso a una educación inclusiva de calidad para todo el alumnado, realizando actuaciones preventivas del fracaso y abandono escolar temprano.

  2. Establecer medidas acordes con los principios que guían el programa, como son: El refuerzo y la inclusión, el seguimiento y el acompañamiento, el enriquecimiento y la profundización.

  3. Promover la implicación de los centros en la aplicación de medidas que favorezcan no sólo el éxito educativo sino también la integración del alumnado y la participación de las familias adecuándolas a las necesidades del propio centro y de su entorno.

  4. Facilitar el clima de convivencia en el centro para contribuir a la mejora de los resultados escolares.

  5. Incrementar el rendimiento del alumnado repetidor para acercarle a un nivel mayor de competencia.

  6. Aumentar la tasa de promoción y titulación del alumnado, con especial atención al alumnado más vulnerable.

  7. Alcanzar el máximo desarrollo posible de las capacidades personales del alumnado y, en todo caso, de los objetivos establecidos con carácter general en cada etapa educativa.

  8. Consolidar la utilización de metodologías activas orientadas hacia la educación

inclusiva, en los procesos de enseñanza aprendizaje.

CAPÍTULO II Artículos 3 a 12

Medidas del Programa para la Mejora del Éxito Educativo

Artículo 3 Medidas.
  1. El Programa para la Mejora del Éxito Educativo está conformado por las siguientes medidas:

    1. Refuerzo educativo al proceso de aprendizaje del alumnado de educación primaria.

    2. Apoyo y refuerzo fuera del período lectivo al alumnado de 4.º, 5.º y 6.º cursos de educación primaria.

    3. Impartición de apoyo y refuerzo fuera del período lectivo al alumnado de 1.º y 2.º cursos de educación secundaria obligatoria.

    4. Mejora del proceso de aprendizaje en los tres primeros cursos de educación secundaria obligatoria.

    5. Acompañamiento educativo personalizado al alumnado y a las familias.

    6. Apoyo y seguimiento educativo en período estival.

    7. Acompañamiento a la titulación en 4.º curso de educación secundaria obligatoria.

    8. Impartición de clases extraordinarias fuera del período lectivo al alumnado de 4.º curso de educación secundaria obligatoria. Preparación pruebas extraordinarias.

    9. Enriquecimiento extracurricular para alumnado con altas capacidades y/o alto rendimiento.

    10. Cualquier otra medida que con carácter experimental se implemente por la dirección general competente en materia de organización de actividades del alumnado de carácter complementario y de apoyo al desarrollo curricular.

  2. La medida «Apoyo y seguimiento educativo en periodo estival» se diversifica en las siguientes modalidades según sus destinatarios:

    1. Alumnado de educación primaria.

    2. Alumnado de educación secundaria obligatoria.

  3. Las medidas del programa se enmarcan en una o varias de las siguientes líneas de actuación:

    1. Refuerzo académico y acompañamiento educativo, fortaleciendo los procesos de enseñanza-aprendizaje y adaptándose a las necesidades del alumnado.

    2. Motivación y orientación educativa extraordinaria que facilite la continuidad del alumnado en el sistema educativo.

    3. Enriquecimiento curricular o extracurricular para desarrollar al máximo las capacidades personales del alumnado.

  4. Las medidas del programa podrán ser de centro y/o de zona, entendiendo por zona cuando incluye alumnado del centro que las imparte y alumnado de otros centros de la misma provincia.

  5. Las medidas del programa serán de carácter...

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