Orden de la Consejería de Salud, por la que se renueva la acreditación del Comité de Ética de la Investigación con Medicamentos del Hospital Clínico Universitario Virgen de la Arrixaca.

Fecha de publicación24 Marzo 2023
Número de Gaceta1816
EmisorConsejería de Salud - Servicio Murciano de Salud
SecciónComunidad Autónoma

I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

Servicio Murciano de Salud

1816 Orden de la Consejería de Salud, por la que se renueva la acreditación del Comité de Ética de la Investigación con Medicamentos del Hospital Clínico Universitario Virgen de la Arrixaca.

Vista la solicitud de renovación de la acreditación y demás documentación presentada en relación al Comité de Ética de la Investigación con Medicamentos, así como el expediente tramitado y la propuesta favorable de la Dirección General de Planificación, Investigación, Farmacia y Atención al Ciudadano y de conformidad con los criterios específicos comunes para la acreditación, inspección y renovación de la acreditación de los CEIm.

Y, de acuerdo con lo establecido en Título III del Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de medicamentos y productos sanitarios y el Real Decreto 1090/2015, de 4 de diciembre, por el que se regulan los ensayos clínicos con medicamentos, los Comités de Ética de la Investigación con Medicamentos y el Registro Español de Estudios Clínicos. En su virtud,

Resuelvo:

Primero.- Renovar la acreditación del Comité de Ética de la Investigación con Medicamentos del Hospital Clínico Universitario Virgen de la Arrixaca en virtud de los criterios específicos comunes para la acreditación, inspección y renovación de la acreditación de los CEIm, de conformidad con el Real Decreto 1090/2015, de 4 de diciembre, por el que se regulan los ensayos clínicos con medicamentos, los Comités de Ética de la Investigación con medicamentos y el Registro Español de Estudios Clínicos, por un periodo de cuatro años.

Segundo.- Cualquier modificación en la composición, el reglamento de funcionamiento interno o en los medios de que dispone el Comité, producida durante la vigencia de la presente acreditación, deberá ser comunicada a la Dirección General de Planificación, Investigación, Farmacia y Atención al Ciudadano de la Consejería de Salud, en el plazo de 15 días.

Tercero.- De conformidad con los criterios específicos comunes para la acreditación, inspección y renovación de la acreditación de los CEIm, dentro del primer cuatrimestre de cada año, los titulares de la presidencia y de la secretaría técnica del CEIm deberá remitir a la Dirección General de Planificación, Investigación, Farmacia y Atención al Ciudadano de la Consejería de Salud, una memoria de las actividades realizadas...

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