ORDEN CDS/503/2018, de 8 de marzo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en su artículo 8, introdujo, como disposición de carácter básico, la obligación de que todos los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

La Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, en su artículo 5 dispone que, en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, cada departamento elaborará un plan estratégico de subvenciones, con el contenido previsto en la normativa básica estatal, que comprenderá sus actuaciones en materia de subvenciones, las de sus organismos autónomos y las de sus entidades de Derecho público.

La Ley 2/2018, de 28 de febrero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2018, aprueba los créditos para las subvenciones gestionadas por el Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales.

El plan estratégico tiene una vigencia de cuatro años, abarcando el periodo de 2018 hasta 2021, correspondiendo su aprobación al Consejero del Departamento.

En virtud de todo lo expuesto, y de acuerdo con las competencias que tengo atribuidas por el ordenamiento jurídico, dispongo:

Aprobar el plan estratégico de subvenciones del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales para el periodo 2018 a 2021 en los términos redactados en el anexo.

La Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, MARÍA VICTORIA BROTO COSCULLUELA

PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DEL DEPARTAMENTO DE CIUDADANÍA Y DERECHOS SOCIALES PARA EL PERIODO 2018 A 2021

Introducción

El artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, dispone que "los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria".

Asimismo, la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, en su artículo 5 dispone que, en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, cada departamento elaborará un plan estratégico de subvenciones, con el contenido previsto en la normativa básica estatal, que comprenderá sus actuaciones en materia de subvenciones, las de sus organismos autónomos y las de sus entidades de Derecho público.

Según el citado artículo 5 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, los planes estratégicos tendrán carácter programático y su contenido no crea derechos ni obligaciones, tendrán un periodo de vigencia de cuatro años y serán aprobados por el titular del Departamento correspondiente.

Los planes estratégicos acompañarán al proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón de cada ejercicio y contendrán los créditos propuestos para las diversas actuaciones a las que se dirigen las subvenciones.

mbito institucional y material del plan

El plan estratégico abarca las subvenciones de los siguientes centros directivos del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales:

- Secretaría General Técnica

- Dirección General de Participación Ciudadana, Transparencia, Cooperación y Voluntariado

- Dirección General de Protección de Consumidores y Usuarios

- Dirección General de Igualdad y Familias

- Instituto Aragonés de Servicios Sociales

- Instituto Aragonés de la Mujer

- Instituto Aragonés de la Juventud

Líneas de subvención incluidas en el plan

El plan estratégico abarca el conjunto de los créditos de los capítulos 4 y 7 del presupuesto, con las siguientes excepciones:

No se incluyen las líneas de subvención destinadas a ayudas públicas, al no estar incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley de subvenciones.

No se incluyen las subvenciones de ayudas para países más desfavorecidos por tener un plan propio, el Plan Director de la Cooperación Aragonesa para el Desarrollo 2016 - 2019. La Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, en su disposición adicional tercera dispone que "El Gobierno de Aragón aprobará por decreto las normas especiales reguladoras de las subvenciones y ayudas de cooperación para el desarrollo".

No se incluyen las líneas de subvención de pequeña cuantía por su escasa relevancia económica.

PerÍodo de vigencia del plan

En el aspecto temporal el plan abarca un periodo de cuatro años, desde el ejercicio 2018 hasta el ejercicio 2021.

Cada año se efectuarán las actualizaciones necesarias en función de las variaciones que se puedan producir en las necesidades a atender y de las disponibilidades presupuestarias.

Objetivos estratégicos del plan y líneas de subvención

Los objetivos estratégicos del plan, agrupados por centros gestores y programas de gasto, y las líneas de subvención que los integran, son los siguientes:

Secretaría general técnica

Programa 3111: Servicios generales

Línea de subvención 480509 y 780197: Programas de interés general con cargo a la asignación tributaria del impuesto sobre la renta de las personas físicas

  1. Procedimiento de concesión:

    Concurrencia competitiva

  2. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los que se dirigen las ayudas:

    Servicios Sociales, Mujer, Juventud, Familia, Inmigración.

  3. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

    Estas subvenciones tienen por objeto la realización de programas de interés general para atender fines de interés social, con cargo a la asignación tributaria del IRPF a gestionar por la Comunidad Autónoma. Las subvenciones irán destinadas a cubrir las necesidades específicas de asistencia social destinadas a la atención de las personas en situación de pobreza y exclusión social o que se encuentren en otras situaciones de especial vulnerabilidad competencia de las comunidades autónomas.

  4. Plazo necesario para su consecución:

    Las necesidades a que dan cobertura estas ayudas tienen carácter permanente.

  5. Costes previsibles:

    El presupuesto de la convocatoria depende de la transferencia que realice la Administración General del Estado.

  6. Fuente de financiación:

    Financiado con los fondos transferidos por la Administración General del Estado.

  7. Plan de acción:

    Según bases reguladoras

  8. Indicadores:

    Entidades beneficiarias, programas financiados e importes concedidos.

    Enumeración y formulación de los programas, así como detalle de su contenido.

    Número de solicitudes recibidas por cada programa.

    Número de personas que han resultado beneficiarias del programa.

    Número de voluntarios participantes en cada programa.

    Planes de comprobación sobre la aplicación de los importes a los correspondientes programas.

    Información sobre los resultados de los programas.

    Importe e identificación de los reintegros derivados de los incumplimientos en las condiciones de obtención y justificación de las ayudas.

    Encuestas de evaluación.

    Dirección general de participación ciudadana, transparencia, cooperación y acción exterioR

    Programa 1268: Participación ciudadana

    Objetivos estratégicos:

    Gestión y apoyo a las Comunidades Aragonesas en el Exterior.

    Promoción del voluntariado.

    Línea de subvención 480005 y 780002: Ayudas a Comunidades Aragonesas del Exterior

  9. Procedimiento de concesión:

    Concurrencia competitiva

  10. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los que se dirigen las ayudas:

    Comunidades Aragonesas en el Exterior.

  11. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

    Favorecer e impulsar los programas de actividades de las Casas y Centros de Aragón y fomentar la realización de intercambios entre las mismas.

    Aprobar las propuestas que promuevan la incorporación de jóvenes a las actividades de las Casas y Centros de Aragón.

    Apoyo a los programas de actividades de las Casas y Centros que favorezcan la realización de propuestas de actuación culturales.

    Atención a las necesidades asistenciales derivadas de situaciones de extrema necesidad de los socios de Casas y Centros de Aragón.

    Potenciar las relaciones con los aragoneses y sus descendientes que residen fuera de Aragón mediante la concesión de ayudas para estancias en Aragón para la realización de estudios.

  12. Plazo necesario para su consecución:

    Las necesidades a que dan cobertura estas ayudas tienen carácter permanente.

  13. Costes previsibles:

    La dotación prevista en el proyecto de presupuesto del ejercicio 2018 es de 220.000 euros.

    El presupuesto se destina, por un lado, a la realización de actividades y programas relacionados con Aragón y a la atención de gastos de funcionamiento y por otra parte, a la atención de ayudas asistenciales a situaciones de extrema necesidad de sus socios. Asimismo, se incluyen las ayudas para estancias en Aragón para la realización de estudios dirigidas a aragoneses y sus descendientes.

  14. Fuente de financiación:

    Financiado íntegramente con fondos propios

  15. Plan de acción:

    Orden CDS/675/2016, de 30 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a las Casas y Centros de Aragón y a los miembros de las Comunidades Aragonesas del Exterior.

  16. Indicadores:

    Número de subvenciones concedidas.

    Línea de subvención 480559: Ayudas a organizaciones de coordinación del voluntariado

  17. Procedimiento de concesión:

    Concurrencia competitiva

  18. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los que se dirigen las ayudas:

    Organizaciones de coordinación del voluntariado

  19. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

    Fomentar la coordinación de las organizaciones de voluntarios

  20. Plazo necesario para su consecución:

    Las necesidades a que dan cobertura estas ayudas tienen carácter permanente.

  21. Costes...

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