ORDEN AYG/908/2016, de 26 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a la transformación y comercialización de los productos agrarios, silvícolas y de la alimentación en Castilla y León en materia de inversión productiva incluidas en el Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020 cofinanciado por el FEADER.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Agricultura y Ganaderia
Rango de LeyOrden

La industria agraria, silvícola y alimentaria en Castilla y León representa una de las principales actividades económicas de esta Comunidad, sin embargo, su importancia transciende del dato meramente macroeconómico cuando consideramos su vinculación a nuestro territorio y, en especial, a nuestro medio rural. Para ello debemos tener presente, no sólo la ubicación preferente de los establecimientos dedicados a la transformación y comercialización de estos productos en los pueblos de nuestra región, sino su acusada tendencia a consumir de forma destacada materias primas de su entorno, circunstancia ésta de la que se benefician los agricultores, ganaderos y silvicultores de Castilla y León.

Además, esta actividad es una fuente de generación de empleo que puede favorecer a sectores con dificultades de acceso al mismo como son, en determinados casos, las mujeres, los jóvenes y los inmigrantes, más aún cuando los establecimientos se localizan en zonas rurales amenazadas por el despoblamiento.

Por otra parte el sector industrial agrario, alimentario y forestal se enfrenta a un proceso de modernización continuado destinado a conseguir que sus empresas sean competitivas en un mercado cada vez más evolucionado.

Estos elementos provocan que, desde sus inicios, la Consejería de Agricultura y Ganadería haya mantenido una política continuada de apoyo a la inversión en este sector que, entre otras actuaciones, se ha concretado en las denominadas subvenciones a la transformación y comercialización de los productos agrarios, silvícolas y de la alimentación en Castilla y León.

A raíz de la entrada en vigor del Reglamento (UE) n.º 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 1698/2005 del Consejo, la Comunidad de Castilla y León ha elaborado el Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020, aprobado oficialmente por la Comisión Europea el 25 de agosto de 2015.

Entre las actuaciones contempladas por ese programa, se incluyen las denominadas submedida 4.2 «Ayuda a las inversiones en transformación/comercialización y/o desarrollo de productos agrícolas» y submedida 8.6 «Ayuda para las inversiones en tecnologías forestales y en la transformación, movilización y comercialización de productos forestales».

Estas submedidas tienen como denominadores comunes la previsión de que se desarrollen como líneas de subvención a fondo perdido y que su principal destinatario son las empresas dedicadas a la transformación y/o comercialización de productos agrarios, silvícolas y de la alimentación. Además, la responsabilidad de la gestión de estas subvenciones se atribuye en todos los casos a la Dirección General de Competitividad de la Industria Agroalimentaria y de la Empresa Agraria.

Por otra parte, estas submedidas representan, en parte, la continuación de la línea de apoyo encuadrada en la medida 123 del pasado Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2007-2013.

Condicionada a la aprobación definitiva del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León, por Orden AYG/1130/2014, de 19 de diciembre, se aprobaron las bases reguladoras de determinadas subvenciones a la transformación y comercialización de los productos agrarios, silvícolas y de la alimentación en Castilla y León incluidas en la submedida 4.2 del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020 cofinanciado por el FEADER.

En virtud a esas bases reguladoras fue resuelta la Orden AYG/389/2015, de 8 de mayo, por la que se convocaron determinadas subvenciones a la transformación y comercialización de los productos agrarios, silvícolas y de la alimentación en Castilla y León incluidas en la submedida 4.2 del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020 cofinanciado por el FEADER.

Sin embargo la aprobación definitiva del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020, aconseja ahora publicar unas nuevas bases reguladoras de aplicación a todas las submedidas citadas y que adapten la redacción inicial a todas las posibilidades previstas para sus ayudas a fondo perdido.

Asimismo, en la aplicación de las medidas del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020, a las que se refieren estas bases reguladoras, se ha tenido en cuenta lo dispuesto por el artículo 7 del Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.º 1083/2006 del Consejo.

Por otra parte, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, teniendo en cuenta los posibles beneficiarios de estos incentivos, se establece la obligatoriedad de que todas las comunicaciones previstas en esta orden se realicen a través de medios electrónicos.

La eficacia de este modelo de relación, que ha quedado contrastada en la resolución de las ayudas derivadas de la Orden AYG/1130/2014, permite obtener avances en materia de rapidez de la gestión de los incentivos, simplificando además el acceso de cada solicitante a su expediente administrativo.

En la redacción de estas bases reguladoras se ha tenido en cuenta, además de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, en adelante LSCYL, lo previsto tanto por los artículos 9.2 y 22.2.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en adelante LGS, como por los artículos 39 y 48 de la Ley 13/2005, de 27 de diciembre, de Medidas Financieras, así como la experiencia acumulada en la gestión de este tipo de incentivos.

Estas bases han sido informadas favorablemente por la Autoridad de Gestión del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020 en cuanto a los artículos 49 y 66 del Reglamento (UE) n.º 1305/2013.

En virtud de lo anterior, de conformidad con lo establecido en la LGS, en su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en la LSCYL, y en la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO

CAPÍTULO I Disposiciones Generales Artículos 1 a 9
Artículo 1 Objeto.

La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de la concesión de determinadas subvenciones no reembolsables a la transformación y comercialización de los productos agrarios, silvícolas y de la alimentación en Castilla y León, incluidas en las siguientes submedidas del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020 cofinanciado por el FEADER:

- Submedida 4.2: «Apoyo a las inversiones en transformación/comercialización y/o desarrollo de productos agrícolas».

- Submedida 8.6: «Ayuda para las inversiones en tecnologías forestales y en la transformación, movilización y comercialización de productos forestales».

Artículo 2 Finalidad.

La finalidad de las ayudas reguladas en esta orden es promover la inversión productiva y la mejora de la competitividad en materia de transformación y comercialización de los productos agrarios, silvícolas y de la alimentación en Castilla y León.

Para ello, se procurará obtener el máximo grado de eficiencia en las inversiones materia de auxilio vinculadas a la generación de puestos de trabajo y su impacto en el consumo de materias primas del sector primario.

Artículo 3 Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020.
  1. - Estas ayudas se integran en las submedidas 4.2 y 8.6 del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020, derivado del Reglamento (UE) n.º 1305/2013, estando, por ende, expresamente sometidas a las normas aplicables a dicho programa de desarrollo.

  2. - Los incentivos serán cofinanciados por el FEADER, salvo en aquellos casos que se imputen a la financiación adicional de la Junta de Castilla y León prevista en el citado programa.

Artículo 4 Marco normativo e identificación de las ayudas.
  1. - Estas ayudas pertenecen al régimen especial de subvenciones previsto por el artículo 39 de la Ley 13/2005, de 27 de diciembre, de Medidas Financieras, y se regirán, además de por lo dispuesto en estas bases reguladoras, por la siguiente normativa:

    1. El Reglamento (UE) n.º 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 1698/2005 del Consejo, en lo que afecta a los incentivos previstos en su artículo 17.1.b), así como por dispuesto en relación con dichas ayudas por el Reglamento Delegado (UE) n.º 807/2014 de la...

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