Orden ESS/1719/2012, de 30 de julio, por la que se crea y regula la Comisión Asesora de Estudios del Ministerio de Empleo y Seguridad Social y se establece la regulación del Programa de Estudios del Departamento.

Fecha de Entrada en Vigor 4 de Agosto de 2012
MarginalBOE-A-2012-10422
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Empleo y Seguridad Social
Rango de LeyOrden

El Ministerio de Empleo y Seguridad, en el ámbito de las funciones que tiene atribuidas, desarrolla, a través de sus distintos órganos, una amplia actividad de estudio e investigación, con el fin de lograr un mayor conocimiento de la situación en las áreas de su competencia y como apoyo a la toma de decisiones y a la planificación, control y evaluación de sus políticas y actuaciones. Esta labor de estudio se realiza no sólo a nivel interno y con medios propios, sino también mediante la contratación de expertos y empresas especializadas, así como a través de la colaboración con instituciones públicas y privadas que comparten intereses de estudio y de actuación.

Las diferentes áreas del Departamento tienen atribuidas competencias en materia de estudios en sus propios ámbitos, y esta función, o bien figura, entre otras asignadas a los distintos órganos directivos, en el Real Decreto 343/2012, de 10 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, o bien se concreta en un órgano entre cuyas funciones está específicamente el desarrollo de esta actividad, como es la Subdirección General de Análisis del Mercado de Trabajo dentro de la Secretaría de Estado de Empleo.

En el caso de la Seguridad Social, el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, en su artículo 5.3, encargó expresamente al entonces Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, la adecuada organización de los «Servicios e Instituciones que hayan de llevar a cabo los oportunos estudios jurídicos, sociológicos, económicos y estadísticos de la Seguridad Social» y, en aplicación del mismo, se aprobó la Orden TAS/3988/2004, de 25 de noviembre, por la que se crean los órganos administrativos para el fomento de la investigación de la protección social y se determina su composición y funcionamiento. Asimismo, los organismos autónomos y entidades de derecho público dependientes o adscritas al Ministerio tienen atribuida, entre las funciones que les asignan sus propias normas de organización, la competencia en materia de estudios en su área de actuación.

Para el asesoramiento y coordinación en materia de estudios e investigación, por Orden TIN/3866/2008, de 11 de diciembre, se creó y reguló la Comisión Asesora de Estudios del anterior Ministerio de Trabajo e Inmigración.

La modificación de la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, llevada a cabo por el Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, y por el Real Decreto 343/2012, de 10 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Empleo y Seguridad Social hace necesario adecuar la regulación de la Comisión Asesora de Estudios al nuevo contexto administrativo.

Asimismo, por la presente Orden se regula la elaboración, tramitación y seguimiento del Programa de Estudios del Departamento, introduciendo sobre la regulación contenida en la citada Orden TIN/3866/2008, algunas precisiones y novedades, en particular en lo relativo a la difusión de los estudios, que tienen como objetivo la incorporación de mejoras técnicas en sus procedimientos de gestión.

El mencionado Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, establece en su disposición adicional sexta que los órganos colegiados de los distintos departamentos, cuya disposición y funciones sean de alcance puramente ministerial, podrán ser regulados, modificados o suprimidos mediante orden ministerial.

En virtud de todo lo anterior, con la previa aprobación del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, dispongo:

Artículo 1 Objeto.

Por la presente Orden se crea y regula la Comisión Asesora de Estudios del Ministerio de Empleo y Seguridad Social y se establece la regulación de la elaboración, tramitación y seguimiento del Programa de Estudios del Departamento.

Artículo 2 Comisión Asesora de Estudios.
  1. La Comisión Asesora de Estudios se configura como órgano colegiado, adscrito a la Subsecretaría de Empleo y Seguridad Social, en el que están representadas todas las áreas del Ministerio, con la finalidad de asesorar y coordinar la actividad de estudio e investigación, verificar el cumplimiento de los objetivos de la misma, e impulsar su difusión.

  2. Corresponderá a la Comisión Asesora de Estudios:

  1. La fijación de prioridades y objetivos de estudio, en base a las líneas directrices de las políticas del Departamento.

  2. El asesoramiento y coordinación en la elaboración del Proyecto de Programa de Estudios anual.

  3. El informe del Proyecto de Programa de Estudios, previo a su elevación al titular del Departamento para su aprobación.

  4. El seguimiento de la ejecución del Programa de Estudios aprobado y del cumplimiento de los objetivos previstos.

  5. El impulso de la difusión de los estudios realizados.

Artículo 3 Composición de la Comisión Asesora de...

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