Orden PRE/65/2010, de 22 de diciembre, por la que se aprueban las bases generales para la provisi

Sección2 - Autoridades y Personal
EmisorConsejería de Presidencia y Justicia
Rango de LeyOrden

La presente Orden tiene por objeto regular las bases generales de los concursos de traslados y de méritos recogidos en el Título III del VIII Convenio Colectivo del Personal Laboral alservicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, publicado en el B.O.C.extraordinario nº 3 de 12 de febrero de 2010.

Efectuada la negociación con el Comité de empresa prevista en el artículo 9 del VIII Convenio Colectivo.

DISPONGO

Aprobar las Bases Generales para la provisión de puestos de trabajo vacantes reservadosa personal laboral fijo.

BASES

Primera.- Requisitos de participación en los concursos.

  1. Concurso de traslados

    1. - Podrán tomar parte en los concursos de traslados a puestos de la misma categoría profesional y, en su caso, especialidad los trabajadores fijos de la Administración de la ComunidadAutónoma de Cantabria que se encuentren prestando servicios o en excedencia y, si procede,de aquellas Administraciones con las que existiese convenio que así lo posibilitase, siempreque reúnan los requisitos siguientes:

      1. Llevar desempeñando su puesto de trabajo al menos seis meses, salvo en los supuestosque seguidamente se enumeran:

    2. - Que desempeñe puesto de trabajo en adscripción provisional.

    3. - Que se encuentre a disposición del Secretario General de la Consejería correspondiente.

    4. - Que se participe desde la situación de excedencia, siempre y cuando se tenga derechoal reingreso.

      1. Pertenecer a la misma categoría profesional y, en su caso, especialidad de los puestos

        convocados.

      2. Cumplir todos los requisitos exigidos para el desempeño de los puestos de trabajo solicitados según las correspondientes relaciones de puestos de trabajo y el vigente VIII ConvenioColectivo, con las excepciones previstas en la Disposición Adicional Cuarta.

    5. - Los trabajadores en adscripción provisional o a disposición del Secretario General tendrán la obligación de participar en todos los concursos de traslados que se convoquen hastaobtener un puesto con carácter definitivo. Si presentasen la solicitud y no solicitasen todos los

      CVE-2010-18797

      puestos de su categoría profesional y no obtuviesen ninguno con carácter definitivo o bien noparticipasen teniendo la obligación de hacerlo, se les adjudicará uno de los que hayan quedadovacantes en el concurso de su misma categoría profesional y, en su caso, especialidad y que seencuentre preferentemente en la misma localidad en la que prestan servicios. Si no tomasenposesión en dicho puesto, o no hubiera resultado puesto vacante del concurso de su mismacategoría profesional y, en su caso, especialidad serán declarados en excedencia voluntaria porinterés particular.

  2. Concurso de méritos

    Podrán tomar parte en los concursos de méritos a puestos de distinta categoría profesionaly, en su caso, especialidad, dentro del mismo grupo y nivel, los trabajadores fijos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria que se encuentren prestando servicios oen excedencia y, si procede, de aquellas Administraciones con las que existiese convenio queasí lo posibilitase, siempre que reúnan los requisitos siguientes:

    1. Llevar desempeñando su puesto de trabajo al menos un año, salvo en los supuestos queseguidamente se enumeran:

      1. - Que se desempeñe puesto de trabajo en adscripción provisional.

      2. - Que se encuentre a disposición del Secretario General de la Consejería correspondiente.

      3. - Que se participe desde la situación de excedencia siempre y cuando se tenga derechoal reingreso.

    2. Pertenecer a distinta categoría profesional y, en su caso, especialidad de los puestos

      convocados.

    3. Cumplir todos los demás requisitos exigidos para el desempeño de los correspondientespuestos.

  3. Requisitos comunes de participación en los concursos.

    1. - El tiempo de servicios exigido al personal laboral fijo discontinuo se computará, a lossolos efectos de participación en los concursos de traslados y de méritos, como de trabajoefectivamente prestado durante el tiempo de suspensión de la actividad y el de la contrataciónefectiva.

    2. - Los trabajadores unidos por matrimonio o inscripción como pareja de hecho en el correspondiente registro que participen en un mismo concurso podrán, por razones de convivencia familiar, condicionar sus solicitudes al hecho de que ambos obtengan destino en el mismomunicipio, entendiéndose, en caso contrario, anuladas las peticiones efectuadas por ambos.Dicha circunstancia deberá concretarse en las respectivas solicitudes y acompañar fotocopiade la solicitud del otro aspirante.

      La inscripción referida anteriormente se acreditará mediante el correspondiente certificadoy, sólo en ausencia de registro, mediante certificado de convivencia expedido por el Ayuntamiento correspondiente.

    3. - La fecha de referencia para el cumplimiento de los requisitos de participación será el díaque concluya el plazo de presentación de solicitudes.

  4. Participación desde otras Administraciones

    Los trabajadores fijos de aquellas Administraciones con las que existiese convenio deberánpertenecer a alguna de las categorías mencionadas en los respectivos Anexos I de los convenios. Sólo se admitirán solicitudes a puestos de categorías homologadas a las propias en elmencionado Anexo I.

    Segunda.- Convocatoria.

  5. Concurso de traslados.

    Durante el mes de enero se dictará, por el órgano competente en materia de personal, laOrden de convocatoria a la que acompañará un Anexo en el que se incluirán los puestos vacantes dotados presupuestariamente a esa fecha. Esta Orden será objeto de publicación enel Boletín Oficial de Cantabria, o en su caso en el Diario o Boletín Oficial correspondiente, de

    proceder por convocarse puestos abiertos a personal laboral de otras Administraciones Públicas. Las sucesivas ofertas de puestos se publicarán en el Portal Institucional del Gobierno deCantabria en el apartado destinado a tal efecto, estando supeditada su publicación a la resolución del concurso inmediatamente anterior. La última oferta de puestos se resolverá antes delúltimo cuatrimestre del año.

  6. Concurso de méritos.

    El concurso se celebrará durante el último cuatrimestre del año, y su convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de Cantabria, o en su caso, en el Diario o Boletín Oficial correspondiente si así se decidiera, por convocarse puestos abiertos a personal laboral de otrasAdministraciones Públicas.

    Tercera.- Presentación de...

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