Orden APA/772/2020, de 27 de julio, por la que se homologa el contrato-tipo de cultivo y compraventa de tabaco, que regirá durante la campaña 2020/2021 (cosecha 2020).

MarginalBOE-A-2020-9317
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Agricultura Pesca y Alimentacion
Rango de LeyOrden

Vista la solicitud de homologación del contrato-tipo de cultivo y compraventa de tabaco, formulada por la Organización Interprofesional del Tabaco de España, OITAB, acogiéndose a los requisitos previstos en la Ley 2/2000, de 7 de enero, reguladora de los contratos tipo de productos agroalimentarios, el Real Decreto 686/2000, de 12 de mayo, por el que se aprueba su Reglamento, y de conformidad con la propuesta elevada por la Dirección General de la Industria Alimentaria, a fin de que los solicitantes puedan disponer de un documento acreditativo de la contratación de materia prima ante el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

En su virtud, dispongo:

Primero.

Se homologa, según el régimen establecido en la Ley 2/2000, de 7 de enero, reguladora de los contratos tipo de productos agroalimentarios, y el Real Decreto 686/2000, de 12 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de dicha Ley, el contrato-tipo de cultivo y compraventa de tabaco que regirá durante la campaña 2020/2021 (cosecha 2020), cuyo texto figura en el anexo de esta orden.

Segundo.

El período de vigencia de la homologación del presente contrato-tipo será el de un año a partir del día siguiente al de la publicación de la presente orden en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 27 de julio de 2020.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas Puchades.

ANEXO. Contrato de cultivo y compraventa de tabaco que regirá durante la campaña 2020-2021 (cosecha 2020)

Variedad _________. Grupo ___

En…………………………………….., a…….de…………….de 2020

COMPARECEN

De una parte, don ………………….., con D.N.I. n°………………………………………

Y de otra, don………………………., provisto de D.N.I. n.º…………………………………

MANIFIESTAN

Primero.

D…………………………..actúa en nombre y representación y como Presidente de ………………………………………………………………….., con Número de Identificación Fiscal (NIF)………………..y con domicilio en…………………………………….. (…………..) ………………………………n.º……………, teléfono……………………., (en adelante el VENDEDOR), con capacidad suficiente para la formalización del presente contrato en virtud de escritura de poder especial n.º…. otorgado ante el notario ……………………………. de ………………………………. el día …………….

La sociedad ……..……………………….…………..manifiesta:

Que aporta como Anexo n° 1 una lista de todos los productores afiliados a……………………………………….. y adscritos al presente contrato, con indicación de las cantidades máximas a entregar por cada uno de los productores.

Que de acuerdo con lo establecido en el apartado 1 del artículo 7 del Real Decreto 969/2014 de 21 de noviembre, manifiesta que dichos productores están únicamente afiliados a ………………………………………………., circunstancia que se comprometen a acreditar entregando la correspondiente documentación.

Segundo.

D. …………………………………… actúa en nombre y representación de la empresa de primera transformación reconocida y autorizada, denominada ………………….…………………………………, con Número de Identificación Fiscal (NIF) …………………………., con domicilio en ……………………….………….. (…………),…………………………………….., teléfono………………… (en adelante, el Comprador), con capacidad para la formalización del presente contrato en virtud de la Escritura de Poder n.º ……………. de orden de protocolo, otorgada a don ………………………………………… ante el notario de ……………, don ……………………… el día ….de……. de 20…..

Ambas partes se reconocen con capacidad para otorgar el presente contrato de cultivo y compraventa de tabaco de la campaña 2020-2021 (cosecha 2020), que suscriben conforme a las disposiciones legales vigentes, y por el que convienen las siguientes:

ESTIPULACIONES

Primera. Objeto del contrato.

El vendedor se compromete a entregar y el comprador a aceptar, toda su producción de tabaco de la cosecha 2020 (campaña 2020/2021) objeto de este contrato en las condiciones fijadas en el mismo y en sus anexos. Este contrato requiere exclusividad al vendedor sobre los productos adscritos al mismo y para toda la campaña mencionada.

Segunda. Cantidades y superficies.

El tabaco contratado es de la variedad _______, Grupo ___.

La cantidad total máxima de tabaco que puede entregarse (cantidad contratada), es de..............kilogramos.

De conformidad con el anexo VIII apartados 2) y 3) del Real Decreto 969/2014 de 21 de noviembre, se adjunta al presente contrato un Anexo n° 2, en el que figura:

  1.  Una relación nominativa de todos productores especificando los kilogramos a contratar por productor. Las entregas a realizar por cada productor no pueden exceder de la cantidad que para dicho productor se recoge en la relación que figura en este anexo.

  2.  La localización exacta de todas las parcelas donde el tabaco es producido.

  3.  La identificación exacta de todas las parcelas cultivadas con indicación de su referencia SIG-PAC.

  4.  La superficie y demás datos de la parcela o parcelas cultivadas, excluidos los caminos de servicio y los cercados. Los kilogramos contratados por parcela no pueden exceder en ningún caso de 4.200 kg/Ha.

El vendedor, bajo su exclusiva responsabilidad, se compromete a entregar a la empresa de primera transformación en el plazo máximo de 10 días naturales a la firma de este contrato un fichero informático en formato Excel o similar que recoja todos los datos de los cultivadores, parcelas con referencia SIGPAC, la superficie cultivada y la producción estimada por parcela, así como cuantos documentos sean necesarios para el registro del presente contrato.

Cualquier modificación que afecte a las condiciones del contrato, en cualquiera de los términos señalados en el anexo VIII del Real Decreto 969/2014 de 21 de noviembre, deberá ser objeto de una cláusula adicional escrita que...

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