Orden APA/1076/2018, de 11 de octubre, por la que se establecen los requisitos fitosanitarios para la importación o entrada de embalajes y estibas de madera en la Comunidad Autónoma de Canarias.

MarginalBOE-A-2018-14168
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Agricultura Pesca y Alimentacion
Rango de LeyOrden

Las particulares condiciones agroclimáticas y ecológicas de las Islas Canarias han hecho necesario el establecimiento de una regulación específica en materia de sanidad vegetal.

Esta normativa tiene por objeto la preservación del estatus fitosanitario del archipiélago frente a plagas y otros organismos nocivos que puedan introducirse en importaciones de vegetales, productos vegetales y otros objetos. Por ello, su ámbito de aplicación y objeto se circunscribe a los embalajes y estibas de madera que se hayan de introducir en dicha comunidad autónoma, como región ultraperiférica que es.

Esta orden se inserta en un grupo normativo más amplio. Dicha regulación está configurada, primariamente, por la Orden de 12 de marzo de 1987 por la que se establecen para las Islas Canarias las normas fitosanitarias relativas a la importación, exportación y tránsito de vegetales y productos vegetales. No obstante, la misma no contempla su la aplicación, para la entrada de embalajes y estibas de madera en la comunidad autónoma de las Islas Canarias, de la Norma Internacional para Medidas Fitosanitarias n.º 15 (NIMF n.º 15), Directrices para reglamentar el embalaje de madera utilizado en el comercio internacional, de la Organización de la Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación. En consecuencia, dichos embalajes y estibas de madera no están sujetos en Canarias a las medidas generales de protección contra la introducción de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales que prevé dicha orden.

Sin embargo, hay que considerar que el material de embalaje y estiba de madera que acompaña los envíos en el comercio internacional se ha revelado como un vector de plagas. Este riesgo ha sido valorado por la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria, que ha elaborado la citada Norma Internacional para Medidas Fitosanitarias n.º 15 (NIMF n.º 15), que tiene por objeto disminuir el riesgo de introducción o dispersión de plagas cuarentenarias asociadas con la movilización en el comercio internacional de embalaje fabricado de madera en bruto.

Por ello, es preciso establecer el cumplimiento de los términos recogidos en dicha NIMF n.º 15 para los embalajes y estibas de madera que formen parte de las importaciones o entradas a la Comunidad Autónoma de Canarias.

Además de la citada orden de 1987, el grupo normativo se completa con otras dos normas.

Por un lado, el Real Decreto 58/2005, de 21 de enero, por el que se adoptan medidas de protección contra la introducción y difusión en el territorio nacional y de la Comunidad Europea de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales, así como para la exportación y tránsito hacia países terceros, supone una norma general destinada a la lucha contra tales organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales.

Su disposición transitoria única prevé un...

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