ORDEN AGR/1633/2021, de 20 de diciembre, por la que se modifica la Orden AGR/651/2020, de 10 de julio, por la que se aprueba el programa sanitario voluntario de prevención, control y erradicación de la rinotraqueítis infecciosa bovina en el territorio de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Presidencia
Rango de LeyOrden

En el año 2019 se publicó el Real Decreto 554/2019, de 27 de septiembre, por el que se establecen las bases de las actuaciones de prevención, control y erradicación de la rinotraqueitis infecciosa bovina (IBR) y se establece un programa nacional voluntario de lucha contra dicha enfermedad, establece un marco nacional para iniciar un programa de prevención, control y erradicación de la IBR que ofrezca las garantías necesarias para que el control de esta enfermedad se realice de forma homogénea entre las explotaciones de todo el territorio nacional.

El 21 de julio de 2020, se publicó la Orden AGR/651/2020, de 10 de julio, por la que se aprueba el programa sanitario voluntario de prevención, control y erradicación de la rinotraqueítis infecciosa bovina en el territorio de Castilla y León, para establecer en detalle, las medidas a adoptar para la implantación en Castilla y León del Programa sanitario.

El 17 de noviembre de 2021 se publicó el Real Decreto 985/2021, de 16 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 554/2019, de 27 de septiembre. Este nuevo Real Decreto incorpora algunas modificaciones que es necesario trasladar a la regulación autonómica.

Por ello, en virtud de lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/429 y sus reglamentos delegados, la Ley 6/1994, de 19 de mayo, de Sanidad Animal de Castilla y León, el artículo 7.d) del Decreto 24/2019, de 1 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural y oídas las Organizaciones Profesionales Agrarias más representativas de Castilla y León,

DISPONGO:

Artículo único Se modifica la Orden AGR/651/2020, de 10 de julio, por la que se aprueba el programa sanitario voluntario de prevención, control y erradicación de la rinotraqueítis infecciosa bovina en el territorio de Castilla y León, en los siguientes términos:

Uno. Se modifica el Anexo I en los términos establecidos en el Anexo de la presente orden.

Viernes, 31 de diciembre de 2021

DISPOSICIÓN FINAL

La presente orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Valladolid, 20 de diciembre de 2021.

El Consejero de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, Fdo.: Jesús Julio Carnero García

ANEXO

Programa sanitario voluntario de prevención, control y erradicación frente a IBR en el territorio de Castilla y León

  1. - Actuaciones sanitarias.

    Las explotaciones ganaderas que se incorporen al Programa deberán realizar las siguientes actuaciones:

    Un chequeo serológico anual (Anticuerpos anti-glicoproteína E) a animales entre 9 y 36 meses (no vacunados con vacuna no marcada) de recría y todos los sementales, según los tamaños de muestra indicados en la tabla A del Anexo V. Se excluyen de este muestreo los animales vacunados con vacuna no marcada. Una vez realizados los muestreos y en función de los resultados analíticos obtenidos, se concederá a cada explotación ganadera la calificación sanitaria que corresponda conforme lo descrito en el punto 2.

    Los animales resultantes seropositivos deberán ir eliminándose, siempre de forma voluntaria y en función de los recursos de la explotación. En caso de que persista algún animal seropositivo el segundo año de pertenencia al programa, estos quedarán excluidos del muestreo que se realice en ese segundo año.

  2. - Calificación de las explotaciones.

    2.1. Explotaciones de reproducción.

    En función de los resultados obtenidos en las pruebas...

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