ORDEN EDU/18/2011, de 18 de enero, por la que se acuerda el cese y nombramiento de miembros del Consejo Social de la Universidad de Salamanca.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Fomento
Rango de LeyOrden

La Ley 3/2003, de 28 de marzo, de Universidades de Castilla y León, establece en su artículo 25.1 que el Consejo Social de la Universidad estará integrado, además de por su Presidente, por veintinueve miembros, entre los que necesariamente estarán el Rector, el Secretario General y el Gerente, con la condición de miembros natos, así como un profesor, un estudiante y un representante del personal de administración y servicios elegidos por el Consejo de Gobierno de la Universidad de entre sus miembros. El resto serán designados entre personalidades de la vida cultural, profesional, económica, laboral y social, que no podrán ser miembros de la propia comunidad universitaria, a propuesta de las Organizaciones e Instituciones que en él se detallan.

De acuerdo con el artículo 26 de la Ley 3/2003, de 28 de marzo, la duración de su mandato será de cuatro años, renovable por una sola vez, teniendo en cuenta que, en el supuesto de cese de uno de los miembros, el mandato del nuevo miembro designado tendrá una duración igual al tiempo que le reste por cumplir a aquel miembro a quien sustituya.

Este mismo precepto recoge como causa de cese de los miembros de los consejos sociales, la revocación de la propuesta que sirve de base a su nombramiento. De acuerdo con el artículo 26.4 de esta Ley, la revocación se comunicará a la Consejería competente con la propuesta de nuevo nombramiento.

Mediante Orden EDU/717/2008, de 6 de mayo, se acordó el cese y nombramiento de los miembros del Consejo Social de la Universidad de Salamanca. Con posterioridad se ha propuesto revocar el nombramiento de uno de los vocales, designado a propuesta de las centrales sindicales más representativas en el ámbito de la Comunidad Autónoma y nombrar a su sustituto.

De conformidad con los artículos 25.2, 26 y 27 de la citada Ley, el nombramiento de los miembros del Consejo Social se realizará por la Consejería competente en materia de Universidades y se...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR