ORDEN FOM/1070/2010, de 16 de julio, por la que se convocan actividades formativas incluidas en el Plan de Formación de la Consejería de Fomento para el año 2010.

SecciónIII - Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Fomento
Rango de LeyOrden

La Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, contempla la organización de cursos de formación y perfeccionamiento en sus distintas modalidades, consciente de que la formación del personal al servicio de la Comunidad es un instrumento insustituible en el proceso de profesionalización y realización de una eficiente política de recursos humanos.

Asimismo, el Convenio Colectivo vigente establece en su Título VI, el derecho de los trabajadores a ver facilitada la realización de cursos de formación y perfeccionamiento profesional.

En consecuencia, de conformidad con las atribuciones conferidas en el Decreto 275/1993, de 18 de noviembre, por el que se articula la distribución de competencias en materia de personal de la Administración de Castilla y León, previa comunicación a la Consejería de Administración Autonómica y habiendo informado a la Mesa de Formación, esta Consejería

RESUELVE Primero.- Aprobar las normas de organización y desarrollo de las acciones formativas que se convocan en esta Orden.

Segundo.- Convocar los cursos selectivos del Plan de Formación Específica para el año 2010, cuyas características y contenido se detallan en el Anexo I de esta Orden, a desarrollar en las fechas que se indican en el mismo.

NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO I.- Acceso a los cursos. 1.- Podrán acceder a los cursos convocados por esta Orden los empleados públicos que presten servicios en la Consejería de Fomento, que se encuentren en situación de servicio activo, permiso de maternidad o paternidad o excedencia por el cuidado de un hijo o de un familiar y que reúnan los requisitos establecidos en el Anexo I.

  1. - Los requisitos exigidos deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante el desarrollo del curso. 3.- Quienes deseen participar en alguno de los cursos convocados en el Anexo I deberán solicitarlo utilizando copia del modelo de instancia publicado como Anexo II de esta Orden.

En el caso de que se soliciten simultáneamente los cursos «Auxiliar de Carreteras-Vigilante de obra» y «Auxiliar de Carreteras-Vigilante de explotación» deberá indicarse en el apartado 1 de la solicitud el orden de preferencia. 4.- El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden hasta el 20 de agosto de 2010, debiendo incluir la propuesta favorable firmada por el Jefe del...

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