Orden de 9 de febrero de 2017, de la Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades por la que se establecen las bases de los Premios “8 de marzo” de la Región de Murcia.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorUniversidad de Murcia
Rango de LeyOrden
  1. Comunidad Autónoma

  1. Otras disposiciones

Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades

914 Orden de 9 de febrero de 2017, de la Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades por la que se establecen las bases de los Premios “8 de marzo” de la Región de Murcia.

La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres tiene por objeto hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, en particular mediante la eliminación de la discriminación de la mujer, sea cual fuere su circunstancia o condición, en cualesquiera de los ámbitos de la vida y, singularmente, en las esferas política, civil, laboral, económica, social y cultural para, en el desarrollo de los artículos 9.2 y 14 de la Constitución, alcanzar una sociedad más democrática, más justa y más solidaria.

La Ley 7/2007, de 4 de abril, para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, y de Protección contra la Violencia de Género en la Región de Murcia, establece como principios generales, entre otros, la no discriminación de las mujeres a favor de los hombres y la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

Conforme a lo establecido en la citada Ley corresponde a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia la gestión de políticas especializadas que contribuyan a la incorporación efectiva de la mujer en la vida social, política, económica y cultural y el fomento de la prestación de servicios específicos a la mujer desde instituciones públicas y privadas.

La Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, con competencia en materia de igualdad, tiene como objetivos, eliminar los obstáculos existentes para la consecución de la igualdad real, compensar los efectos que la discriminación histórica, padecida por las mujeres, ha producido, así como fomentar la participación de las mujeres en ámbitos de los que hasta ahora ha sido excluida.

En este sentido desde la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, a través de la Dirección General de Mujer de conformidad con lo establecido en el Decreto n.º 215/2015, de 6 de agosto, por el que se modifica el Decreto 110/2015, de 10 de julio, por el que se establecen los órganos directivos de la Consejería de Familia e Igualdad de oportunidades y, partiendo de la premisa de que, para poder acercarnos cada vez más al logro completo de ese principio de igualdad de oportunidades, es imperativo hacer hincapié en políticas de igualdad.

En este sentido la Orden de 4 de febrero de 2005, de la Consejería de Presidencia regulaba la concesión de los premios “8 de marzo” con motivo del Día Internacional de la Mujer 8 de Marzo de la Naciones Unidas, que fueron...

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