ORDEN 576/2022, de 21 de abril, de la Consejería de Sanidad, por la que se modifica la Orden 1244/2021, de 1 de octubre, por la que se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Fecha de publicación22 Abril 2022

La Ley 2/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 establece, en su artículo 6, los supuestos de obligatoriedad del uso de la mascarilla para las personas de seis años en adelante, así como las excepciones a dicha obligación.

A su vez, el apartado 2 de la disposición final séptima de la citada Ley habilita al Gobierno para que, mediante Real Decreto, a propuesta de la persona titular del Ministerio de Sanidad y oído el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, pueda modificar la obligatoriedad del uso de la mascarilla en los supuestos previstos en los apartados 1 y 2 del artículo 6 cuando se den las circunstancias sanitarias apropiadas que así lo aconsejen.

Haciendo uso de esta habilitación, el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto 115/2022, de 8 de febrero, por el que se modifica la obligatoriedad del uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, quedando sin efecto lo dispuesto en los apartados 1 y 2 del artículo 6 de la Ley 2/2021, de 29 de marzo, cuyos supuestos se vienen rigiendo desde entonces por lo dispuesto en el Real Decreto citado.

Dada la evolución de los indicadores epidemiológicos y la amplia cobertura vacunal de la población española, el Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto 286/2022, de 19 de abril, por el que se modifica la obligatoriedad del uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 (“Boletín Oficial del Estado” número 94, de 20 de abril), dictado al amparo del artículo 149.1.16.a de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia en materia de bases y coordinación general de la Sanidad y que deroga el anterior Real Decreto 115/2022, de 8 de febrero.

A través del nuevo Real Decreto se modifica la obligatoriedad del uso de la mascarilla, limitando los ámbitos sectoriales donde la mascarilla continúa siendo obligatoria.

Concretamente se mantiene su uso preceptivo en centros, servicios y establecimientos sanitarios, tanto para las personas que trabajen en ellos como para los visitantes, excepto para las personas que se encuentren ingresadas cuando permanezcan en sus habitaciones.

También permanece su obligatoriedad en centros sociosanitarios, como las residencias, tanto para las personas que trabajen en ellos como para los visitantes cuando estén en zonas compartidas.

Continúa siendo obligatorio su uso en el transporte aéreo, por ferrocarril o por cable y en los autobuses, así como en los transportes públicos de viajeros, dejando de ser obligatoria en andenes y estaciones de viajeros.

Además, se recomienda la utilización de mascarilla a las personas con una mayor vulnerabilidad ante la infección por COVID-19 en situaciones en las que tengan un contacto prolongado con otras personas no convivientes.

En el entorno laboral no resulta...

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