Orden 56/2023, de 23 de marzo, de la Consejería de Sanidad, por la que se crean, amplían y modifican el ámbito de actuación de los servicios de radiofísica y protección radiológica dependientes del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha.

Fecha de publicación27 Marzo 2023
Fecha23 Marzo 2023
Número de registro2023/2837
Número de Gaceta60/2023
EmisorConsejería de Sanidad
SecciónI.- DISPOSICIONALES GENERALES
I.- DISPOSICIONES GENERALES
Consejería de Sanidad
Orden 56/2023, de 23 de marzo, de la Consejería de Sanidad, por la que se crean, amplían y modican el
ámbito de actuación de los servicios de radiofísica y protección radiológica dependientes del Servicio de
Salud de Castilla-La Mancha. [2023/2837]
Los Servicios de Radiofísica y Protección Radiológica son unidades, de carácter central, cuya función desde el
punto de vista asistencial es dar soporte a todos los servicios y actividades donde se utilicen radiaciones ionizantes
para diagnóstico y tratamiento. Así mismo, en materia de protección radiológica, deben garantizar la calidad (en
los aspectos técnicos) y el uso seguro de las radiaciones ionizantes, tanto para pacientes, como personal de los
centros sanitarios, como población general, según lo establecido sobre protección sanitaria contra radiaciones
ionizantes por el Reglamento sobre protección de la salud contra los riesgos derivados de la exposición a las
radiaciones ionizantes, aprobado por el Real Decreto 1029/2022, de 20 de diciembre, de acuerdo con los criterios y
requerimientos del Consejo de Seguridad Nuclear.
La instrucción IS-08, de 27 de julio de 2005, del Consejo de Seguridad Nuclear, sobre los criterios aplicados por el
Consejo de Seguridad Nuclear para exigir, a los titulares de las instalaciones nucleares y radiactivas, el asesoramiento
especíco en protección radiológica (B.O.E. núm. 238, de 5 de octubre de 2005), establece, entre otros, los criterios
y requisitos exigibles a los titulares de instalaciones radiactivas de centros sanitarios, precisando que deben
disponer de un servicio de protección radiológica propio todos los centros sanitarios que cuenten simultáneamente
con instalaciones de radioterapia, medicina nuclear y radiodiagnóstico; mientras que los centros sanitarios que sólo
dispongan de instalaciones de rayos X para diagnóstico médico requieren asesoramiento especíco de protección
radiológica a través de un servicio o una unidad técnica de protección radiológica.
Por otro lado, el Real Decreto 601/2019, de 18 de octubre, sobre justicación y optimización del uso de las radiaciones
ionizantes para la protección radiológica de las personas, con ocasión de exposiciones médicas, incorpora en su
texto la Directiva 2013/59/Euratom (Comunidad Europea de Energía Atómica) del Consejo, de 5 de diciembre, por
la que se establecen normas de seguridad básicas para la protección contra los peligros derivados de la exposición
a radiaciones ionizantes; se reere a todas las situaciones de exposición existentes, planicadas y de emergencia,
y a todas las categorías de exposición: ocupacionales, poblacionales y médicas. A estas últimas dedica la Directiva,
de forma exclusiva, el capítulo VII, además de destinarles las correspondientes referencias particulares en los
capítulos relativos a principios generales de protección radiológica y herramientas de optimización, requisitos de
educación, formación e información sobre protección radiológica, expertos en física médica (en España Especialista
en Radiofísica Hospitalaria, según el Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, por el que se determinan y clasican las
especialidades en Ciencias de la Salud y se desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria
especializada) y noticación y registro de sucesos signicativos, entre otros.
El Servicio de Salud de Castilla-La Mancha dispone hasta el momento de tres Servicios de Radiofísica: uno, ubicado
en Albacete (dependiente funcionalmente del Servicio de Oncología Radioterápica), con funciones exclusivamente
asistenciales en el ámbito de la radioterapia; otro ubicado en Ciudad Real, con funciones asistenciales completas
de Servicio de Radiofísica y, adicionalmente, de Protección Radiológica; por otro lado en 2019 se creó el Servicio
de Radiofísica y Protección Radiológica de Toledo, que comenzó su funcionamiento en 2021 (o lo que es lo mismo,
tras los momentos álgidos de la Pandemia de COVID-19).
La realidad técnica y cientíca, con nuevas posibilidades diagnósticas y de tratamiento, la transformación demográca
(con clara tendencia al envejecimiento, que a su vez condiciona la casuística en patología fundamentalmente
oncológica, neurológica y cardiaca) y, en paralelo, el necesario incremento de oferta sanitaria hace imprescindible
implementar e incrementar competencias y reorganizar servicios de Radiofísica y Protección Radiológica en el
Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, para dotar de más prestaciones y conferir seguridad y calidad a las
funciones, produciéndose dicho incremento:
a) Servicios de Medicina Nuclear; de los dos actuales, en las Gerencias de Atención Integrada de Ciudad Real y
Cuenca, pasarán a cinco: en las Gerencias de Atención Integrada de Albacete, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara
y la Gerencia de Atención Especializada de Toledo.
AÑO XLII Núm. 60 27 de marzo de 2023 10654

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