Orden 39/2015, de 29 de diciembre, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se establecen los impresos a utilizar en el control de potencial vitícola y mantenimiento del registro de viñedo
Sección | I. Disposiciones Generales |
Emisor | ConsejerÍA de Agricultura, GanaderÍA y Medio Ambiente |
Rango de Ley | Orden |
El Estatuto de Autonomía de La Rioja, aprobado por Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio, en su nueva redacción dada por Ley Orgánica 2/1999, de 7 de enero, atribuye en su artículo 8.uno apartado 19 a esta Comunidad Autónoma las competencias exclusivas en agricultura, ganadería e industrias agroalimentarias de acuerdo con la ordenación general de la economía.
El Decreto del Presidente 6/2015, de 10 de julio, en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo de organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja modificó el número, denominación y competencias de las Consejerías de la Administración General de La Comunidad Autónoma de La Rioja y establece la estructura básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
A la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente le corresponden las competencias relativas a la agricultura, ganadería y el desarrollo rural; calidad agroalimentaria; medio ambiente; agua; así como cualquier otra afín a las descritas que se le atribuya por las disposiciones normativas, de conformidad con lo establecido en el Decreto 28/2015, de 21 de julio.
Por su parte, el Real Decreto 740/2015, de 31 de julio, por el que se regula el potencial de producción vitícola, y se modifica el Real Decreto 1079/2014, de 19 de diciembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2014-2018 al sector vitivinícola establece las normas nacionales tendentes a garantizar la regulación del nuevo régimen jurídico de la plantación de viñedo que deriva de la normativa comunitaria y, en concreto, del Reglamento (UE) no 1308/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) no 922/72, (CEE) no 234/79, (CE) no 1037/2001 y (CE) no 1234/2007, así como el Reglamento Delegado (UE) no 2015/560 de la Comisión, de 15 de diciembre 2014, por el que se completa el Reglamento (UE) no 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al régimen de autorizaciones para plantaciones de vid y el Reglamento de Ejecución (UE) .o 2015/561 de la Comisión, de 7 de abril de 2015, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) no 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al régimen de autorizaciones para plantaciones de vid, complementan esta...
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