Orden de 28 de diciembre de 2021, por la que se amplía el período de compromisos de las subvenciones a la Medida 10: Agroambiente y Clima, y a la Medida 11: Agricultura Ecológica, correspondientes a las convocatorias de ayudas 2015, 2016 y 2017, al amparo de las Órdenes de 26 de mayo de 2015.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible
Rango de LeyOrden

Con fecha 29 de mayo de 2015, fueron publicadas en el BOJA número 102 la Orden de 26 de mayo de 2015, por la que se aprueban en la Comunidad Autónoma de Andalucía las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la Medida 10: Agroambiente y Clima, incluida en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, y se efectúa su convocatoria para el año 2015, y la Orden de 26 de mayo de 2015, por la que se aprueban en la Comunidad Autónoma de Andalucía las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la Medida 11: Agricultura Ecológica, incluida en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, y se efectúa su convocatoria para el año 2015.

Las citadas órdenes establecen, en sus artículos 3, entre las definiciones, que el período de compromisos será aquél durante el cual la persona beneficiaria deberá mantener los compromisos, abarcando un total de 5 años. Cuando la ejecución de los compromisos, de acuerdo con el Anexo I, vaya más allá del 31 de diciembre del quinto año, se considerará que el período de compromisos concluirá en aquella fecha en la que éste esté ejecutado en su totalidad para cada operación. No obstante lo anterior, una vez concluido dicho período inicial, mediante orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, se podrán aprobar prórrogas anuales del mismo, de acuerdo con las previsiones que establece, tanto el apartado 5 del artículo 28 como el apartado 3 del artículo 29 del Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo, en cuyo caso se realizará una revisión de los compromisos.

La posibilidad de prorrogar el período de compromisos para las Medidas 10 y 11, se contempla en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, en adelante PDR, que al describir cada una de las citadas medidas dispone que tras el periodo inicial de compromisos de 5 años, podrá haber prórrogas anuales para alcanzar o mantener los beneficios medioambientales previstos, previa justificación de la necesidad, en cuyo caso se realizará una revisión de los compromisos.

La Medida 10: Agroambiente y Clima y la Medida 11: Agricultura Ecológica, incluidas en el PDR de Andalucía 2014-2020, suponen un incentivo elemental para la sostenibilidad de la actividad agraria de la Comunidad Autónoma de Andalucía, donde llevan aplicándose desde el año 2015, si bien, ya bajo marcos anteriores esta comunidad autónoma viene concediendo ayudas en aras de conseguir los objetivos que persiguen estas medidas actualmente incluidas en el PDR de Andalucía 2014-2020, las cuales han adquirido relevancia a lo largo de los diferentes marcos financieros.

En virtud de lo anterior, las mencionadas órdenes, tras establecer que el período durante el cual la persona beneficiaria deberá mantener los compromisos de 5 años, disponen, de acuerdo con las previsiones que establece el Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, que una vez concluido dicho período inicial mediante Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible se podrán aprobar prórrogas anuales del mismo, en cuyo caso se realizará una revisión de los compromisos.

De acuerdo con lo establecido en las citadas bases reguladoras, la orden mediante la que se acuerde la ampliación del periodo de compromisos deberá contemplar aquellos aspectos que puedan suponer o influir sobre los criterios que se han utilizado para el cálculo de las primas de cada operación. Además, es necesario establecer la forma en la que deben seguir cumpliéndose los compromisos multianuales.

En este sentido, con fecha 15 enero de 2020, se publicó en el BOJA número 9, la Orden de 27 de diciembre de 2019, por la que se amplió por un año el período de compromisos de las subvenciones a la Medida 10: Agroambiente y Clima, y a la Medida 11: Agricultura Ecológica, correspondientes a la convocatoria de ayuda 2015, al amparo de las Órdenes de 26 de mayo de 2015 , por importe de 41.436.469,76 euros en el caso de las operaciones de la Medida 10: Agroambiente y Clima, y de 43.522.068,25 euros para las operaciones de la Medida 11: Agricultura Ecológica.

Igualmente, con fecha 30 de diciembre de 2020, se publicó en el BOJA número 250, la Orden de 22 de diciembre de 2020, por la que se amplía el periodo de compromisos de las subvenciones a la Medida 10: Agroambiente y Clima, y a la Medida 11: Agricultura Ecológica, correspondientes a las convocatorias de ayuda 2015 y 2016, al amparo de las Órdenes de 26 de mayo de 2015, por importe de 43.626.469,76 euros en el caso de las operaciones de la Medida 10: Agroambiente y Clima, y de 43.522.068,25 euros para las operaciones de la Medida 11: Agricultura Ecológica.

Las medidas cuyos compromisos serán objeto de ampliación contribuyen a mejorar la gestión del agua, de los fertilizantes y los plaguicidas, evitar la erosión de los suelos y mejorar la gestión de los mismos, reducir las emisiones de gases y el efecto invernadero, así como al mantenimiento de la riqueza genética y de la biodiversidad.

Por otra parte, hay que considerar la importancia de estas ayudas respecto a una gestión ambiental sostenible de las explotaciones agrarias, de no ampliarse el período de compromisos podría producirse una pérdida de rentabilidad de los agentes que han realizado...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR