Orden de 26 de julio de 2018, por la que se distribuyen créditos entre Ayuntamientos de municipios con población superior a 20.000 habitantes y Diputaciones Provinciales, al objeto de financiar el refuerzo de los servicios sociales comunitarios en el desarrollo de las competencias atribuidas en materia de renta mínima de inserción social.
Sección | 1. Disposiciones Generales |
Emisor | Consejería de Igualdad y Políticas Sociales |
Rango de Ley | Orden |
Con el Decreto-ley 3/2017, de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, convalidado por el Parlamento Andaluz el día 17 de enero de 2018, el Gobierno Andaluz combate la desigualdad y la precariedad que ha traído consigo la crisis económica y las reformas operadas en el ámbito laboral, reforzando su compromiso con las personas en situación de vulnerabilidad.
De esta manera, se da un paso más para avanzar en la garantía de unas condiciones de vida dignas, de conformidad con lo establecido en el artículo 23 del Estatuto de Autonomía, y en la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía, que en su artículo 42 considera prestaciones garantizadas, aquellas cuyo reconocimiento tiene el carácter de derecho subjetivo, las prestaciones económicas específicas y directas orientadas a la erradicación de la marginación y la desigualdad y a la lucha contra la exclusión social, que deberán incorporar un itinerario a través de un plan de inclusión y/o inserción sociolaboral.
La Renta Mínima de Inserción Social implica tanto a las Consejerías de Igualdad y Políticas Sociales, de Empleo, Empresa y Comercio, de Educación, Salud, Fomento y Vivienda, de la Junta de Andalucía como a las Entidades Locales, a través de los servicios sociales comunitarios.
En este marco, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 del Decreto-ley 3/2017, de 19 de diciembre, las Entidades Locales, a través de los servicios sociales comunitarios, participan en la gestión de la renta mínima de inserción social asumiendo la detección de las personas en situación de pobreza, exclusión social o riesgo de estarlo; la determinación de las situaciones de urgencia social en el acceso a esta prestación; la información a las personas interesadas, el asesoramiento en la cumplimentación de la solicitud y la documentación a presentar, así como su recepción y remisión a la Delegación Territorial competente para resolver; la negociación, elaboración y suscripción con las personas beneficiarias de los Planes de inclusión sociolaboral y con el Servicio Andaluz de Empleo; el seguimiento de la participación de las personas incluidas en los Planes de inclusión sociolaboral y su desarrollo; la comunicación a la Administración Autonómica de todas las circunstancias de las que tengan conocimiento, de oficio o por comunicación de las personas beneficiarias, que puedan tener incidencia en la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía...
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