ORDEN de 26 de febrero de 2021, por la que se establecen criterios relativos a los precios de las inspecciones técnicas de vehículos y a la evaluación de la calidad del servicio en las estaciones ITV de Canarias.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Turismo, Industria y Comercio
Rango de LeyOrden
PREÁMBULO

La Ley 2/2018, de 28 de septiembre, de régimen jurídico de la Inspección Técnica de Vehículos en Canarias, fue objeto de desarrollo y aplicación a través del Decreto 47/2020, de 21 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento que regula la Inspección Técnica de Vehículos en Canarias, que establece los criterios básicos de funcionamiento del sector de la inspección técnica de vehículos (en adelante, ITV) en Canarias, en concordancia con la legislación básica estatal.

La Disposición final primera del Decreto 47/2020 faculta de forma genérica a la consejería competente en materia de industria a desarrollar lo dispuesto en la norma. No obstante, de forma más específica, los artículos 14 y 49 del Reglamento aprobado mediante el Decreto 47/2020 también hacen mención expresa a su desarrollo reglamentario.

En concreto, el apartado 3 del citado artículo 14 encomienda expresamente a la consejería competente en inspección técnica de vehículos la definición de los criterios de actualización de los precios máximos de las inspecciones de vehículos, así como la de la frecuencia y alcance de la información a remitir a la Administración por las estaciones ITV en relación con los precios de las inspecciones.

Por su parte, el apartado 1 del artículo 49 del mencionado Reglamento encarga a la consejería competente en materia de ITV el establecimiento de los criterios necesarios para la cuantificación y publicación periódica de la calidad de las estaciones ITV.

Las competencias en materia de industria y de inspección técnica de vehículos las ostenta actualmente la Consejería de Turismo, Industria y Comercio, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 45/2020, de 21 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio.

Por tanto, en aplicación de la Disposición final primera del Decreto 47/2020 y de los artículos 14 y 49 del Decreto 47/2020 del Reglamento que regula la inspección técnica de vehículos en Canarias, la presente Orden desarrolla la normativa autonómica en materia de precios de las inspecciones técnicas de vehículos y en materia de calidad del servicio de las estaciones ITV.

En materia de precios, la presente Orden establece los criterios en los que se debe basar el centro directivo competente en materia de ITV para actualizar los precios máximos de las inspecciones periódicas y para su publicación. Igualmente establece un marco para la comunicación entre las estaciones ITV y dicho centro directivo en materia de precios.

En cuanto a la calidad del servicio, la Orden define los criterios que habrán de ser tenidos en cuenta para cuantificar la calidad del servicio en cada estación ITV y encomienda al centro directivo competente el diseño de un algoritmo y un procedimiento para cuantificar la calidad, acotando la periodicidad en que deben efectuarse los cálculos y publicarse los resultados obtenidos.

En la tramitación de esta Orden se ha dado cumplimiento a los principios de buena regulación a los que se refiere el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Así, la disposición es respetuosa con los principios de necesidad, eficacia y proporcionalidad, en tanto que con ella se consigue el fin perseguido de cumplir con los mandatos del citado Decreto 47/2020 en relación con los precios de las inspecciones de vehículos y de la calidad del servicio en las estaciones ITV. Asimismo, el proyecto ha sido sometido a consulta pública previa, ha sido sometido a un trámite de audiencia entre las empresas del sector y ha sido puesto a disposición de la...

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