Orden de 24 de marzo de 2023, de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se regula el procedimiento y se aprueba la convocatoria para la selección en la Región de Murcia de los grupos de acción local candidatos a gestionar las estrategias de desarrollo local participativo cofinanciadas por Feader en el periodo de programación del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027.

Fecha de publicación29 Marzo 2023
Número de Gaceta1969
EmisorConsejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca
SecciónComunidad Autónoma

I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones

Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca

1969 Orden de 24 de marzo de 2023, de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se regula el procedimiento y se aprueba la convocatoria para la selección en la Región de Murcia de los grupos de acción local candidatos a gestionar las estrategias de desarrollo local participativo cofinanciadas por Feader en el periodo de programación del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027.

El enfoque LEADER ha demostrado a lo largo de los años su capacidad para fomentar el desarrollo de las zonas rurales, en base a un enfoque integrado, innovador y multisectorial, que partiendo de los recursos y necesidades endógenos del territorio, se desarrolla a través de un planteamiento ascendente.

En el ámbito de la Región de Murcia la implementación de LEADER persigue de forma esencial mejorar las condiciones para el emprendimiento en el medio rural y la creación de empleo y por otra parte, mejorar el atractivo y los servicios disponibles para las zonas rurales.

El Reglamento (UE) n.º 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados, sienta las bases del desarrollo local participativo, configurando los Grupos de Acción Local como los instrumentos básicos a través de los cuales se implementa dicho desarrollo, mediante la elaboración y puesta en práctica de las Estrategias de Desarrollo Local Participativo. Dicho Reglamento establece, en los artículos 28 al 34, los requisitos de aplicación del desarrollo local participativo (LEADER, en el marco del Fondo europeo agrícola de desarrollo rural), fija el contenido de las estrategias de desarrollo local y su selección, establece las tareas y condiciones de los grupos de acción local, entidades encargadas de concebir y llevar a la práctica las estrategias, y finalmente, determina los posibles tipos de ayuda. Asimismo, establece que las Autoridades de Gestión competentes llevarán a término la primera ronda de selección de estrategias y se asegurarán de que los GAL seleccionados puedan realizar las tareas establecidas en el artículo 33 en el plazo de doce meses a partir de la fecha de la decisión por la que se aprueba el programa.

Mediante Decisión de Ejecución de la comisión de fecha 31.8.2022 se aprueba el plan estratégico de la PAC 2023-2027 de España para la ayuda de la Unión financiada por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía y el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural.

Con la finalidad de evitar el retraso del inicio de las Estrategias de Desarrollo Local Participativo y favorecer la calidad de éstas, resulta necesario llevar a cabo la preselección de los Grupos de Acción Local, con el objeto de que lleven a cabo las acciones preparatorias y la puesta en práctica de las nuevas Estrategias de Desarrollo Local Participativo.

En el marco de los instrumentos indicados, esta orden establece el procedimiento y requisitos para la selección de los grupos candidatos, se establecen previsiones sobre la presentación por estos de las Estrategias de Desarrollo Local Participativo, que serán objeto en el futuro de convocatoria específica, y se aprueba la convocatoria para la selección de candidatos.

En su virtud, en ejercicio de las facultades que me confiere la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, visto el Informe Jurídico favorable de la Secretaría General de fecha 22 de marzo de 2023, y a propuesta del Director General de la Política Agraria Común,

Dispongo:

Artículo 1. Objeto.

1. La presente Orden tiene por objeto regular el procedimiento y aprobar la convocatoria para la preselección, en la Región de Murcia, de los Grupos de Acción local (en adelante GAL) candidatos a gestionar las Estrategias de Desarrollo Local Participativo (en adelante EDLP) para el periodo de programación 2023-2027 dentro del Plan Estratégico de la PAC.

2. Las entidades que resulten seleccionadas adquirirán la condición de GAL provisional. El reconocimiento definitivo de la condición de GAL estará supeditada a la selección de la EDLP presentada por ellas, a cuyo efecto se aprobará...

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