I DISPOSICIONES GENERALES
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO
ORDEN de 20 de enero de 2020 por la que se regulan los procedimientos derivados de las ayudas del régimen de pago básico, otros pagos directos a la agricultura, así como derivados de la aplicación del Programa de Desarrollo Rural y actualización del Registro de Explotaciones Agrarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, Operadores-Productores integrados, General de la producción agrícola de ámbito nacional y actualización de Operadores Titulares de Fincas Agropecuarias de Producción Ecológica, campaña 2020/2021. (2020050006)
ÍNDICE
CAPÍTULO I
Artículos 1 a 7
Solicitudes, declaraciones y formularios
Artículo 1
Solicitud Única.
Artículo 3
Inicio del procedimiento, presentación de solicitudes y declaraciones.
Artículo 4
Datos a utilizar en las solicitudes y declaraciones.
Artículo 5
Representación legal.
Artículo 6
Modificación de la Solicitud Única.
Artículo 7
Fincas Comunales.
CAPÍTULO II
Artículos 8 a 10
Disposiciones comunes de las ayudas directas
Artículo 8
Actividades excluidas.
Artículo 9
Excepciones a la figura de persona agricultora activa.
Artículo 10
Actividad agraria.
CAPÍTULO III
Artículos 11 a 16
Régimen de pago básico y pagos relacionados
SECCIÓN 1ª
Régimen de pago básico
Artículos 11 a 13
Artículo 11
Justificación de los derechos de pago.
Artículo 12
Acceso a la Reserva Nacional del régimen de pago básico.
Artículo 13
Hectáreas y cultivos admisibles para el régimen de pago básico.
SECCIÓN 2ª
Pago para prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente.
Artículos 14 y 15
Artículo 14
Ámbito de aplicación.
Artículo 15
Prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente.
SECCIÓN 3ª.
Pago para personas que ostenten la condición de jóvenes agricultores/as
Artículo 16
Artículo 16
Personas beneficiarias y requisitos.
CAPÍTULO IV
Artículos 17 a 34
Ayudas asociadas
SECCIÓN 1ª
Ayudas asociadas a las personas agricultoras.
Artículos 17 a 27
Artículo 17
Disposiciones comunes de las ayudas asociadas por superficie.
Artículo 18
Ayuda asociada al cultivo del arroz.
Artículo 19
Ayuda asociada a los cultivos proteicos.
Artículo 20
Ayuda asociada a los frutos de cáscara y algarrobas.
Artículo 21
Ayuda asociada a las legumbres de calidad.
Artículo 22
Ayuda asociada a la remolacha azucarera.
Artículo 23
Ayuda asociada para el tomate de industria.
Artículo 24
Pago específico al cultivo del algodón.
Artículo 25
Usos SIGPAC y sistemas de explotación admisibles.
Artículo 26
Disposiciones comunes.
Artículo 27
Ayuda asociada para las explotaciones que mantengan vacas nodrizas.
SECCIÓN 2ª
Ayudas asociadas a las personas dedicadas a la ganadería.
Artículos 28 a 34
Artículo 28
Ayuda asociada para las explotaciones de vacuno de cebo.
Artículo 29
Ayuda asociada para las explotaciones de vacuno de leche.
Artículo 30
Ayuda asociada para las explotaciones de ovino.
Artículo 31
Ayuda asociada para las explotaciones de caprino.
Artículo 32
Ayuda asociada para las personas dedicadas a la ganadería de vacuno de leche que mantuvieron derechos especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación de derechos de pago básico.
Artículo 33
Ayuda asociada para las personas dedicadas a la ganadería de vacuno de cebo que mantuvieron derechos especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación de derechos de pago básico.
Artículo 34
Ayuda asociada para las personas dedicadas a la ganadería de ovino y caprino que mantuvieron derechos especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación de derechos de pago básico.
Régimen simplificado para pequeños agricultores
Artículo 35
Régimen de pequeños/as agricultores/as.
CAPÍTULO VI
Artículos 36 a 39
Ayudas de agroambiente y clima y agricultura ecológica
Artículo 36
Líneas de ayudas de Agroambiente y Clima y/o Agricultura Ecológica
Compatibilidades.
Artículo 37
Personas beneficiarias.
Artículo 38
Compromisos generales.
Artículo 39
Procedimiento de pago de la ayuda para compromisos Agroambientales y climáticos y Agricultura ecológica.
Prima Compensatoria a la Forestación de Tierras
Agrarias
Artículo 40
Prima Compensatoria de la Ayuda a la Forestación de Tierras Agrícolas.
CAPÍTULO VIII
Artículo 41
Pagos a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas
Artículo 41
Líneas de ayudas a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas.
CAPÍTULO IX
Artículos 42 a 50
Declaración y actualización de datos al Registro de
Explotaciones Agrarias
Artículo 42
Ámbito de aplicación.
Artículo 43
Procedimiento de declaración e inscripción.
Artículo 44
Plazo de declaración.
Artículo 45
Inscripción de oficio y comprobación de la veracidad de los datos registrales.
Artículo 46
Vigencia de la calificación de Explotación Agraria Prioritaria y de la condición de Agricultor o Agricultora a Título Principal.
Artículo 47
Compatibilidad con el Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas (SIGPAC) y actualizaciones por otras causas.
Artículo 48
Vigencia de los datos.
Artículo 49
Datos del Registro de Explotaciones.
Artículo 50
Trámite de audiencia y comunicación con las personas interesadas.
CAPÍTULO X
Artículos 51 a 54
Producción ecológica
Artículo 51
Procedimiento de inscripción como Operador Titular de Fincas Agropecuarias de Producción Ecológica.
Artículo 52
Solicitud y documentación
Inscripción de Operadores Titulares de Fincas Agropecuarias de Producción Ecológica.
Artículo 53
Procedimiento de actualización de Operadores.
Artículo 54
Solicitud y documentación
Actualización del certificado de Operadores.
CAPÍTULO XI
Disposiciones generales
Artículos 55 a 61
Artículo 55
Documentación.
Artículo 56
Verificación de los datos de la solicitud.
Artículo 57
Controles sobre el terreno.
Artículo 58
Trámite de audiencia y comunicación con las personas interesadas.
Artículo 59
Creación de condiciones artificiales.
Artículo 60
No declaración en la Solicitud Única de toda la superficie de la explotación.
Artículo 61
Procedimiento de concesión de las ayudas FEAGA.
DISPOSICIONES
Disposiciones Adicionales
Disposición adicional primera
Normativa aplicable.
Disposición adicional segunda
Plazo de presentación de alegaciones al SIGPAC.
Disposición adicional tercera
Evaluación de rentas basadas en cálculos teóricos.
Disposición adicional cuarta
Acceso a la información relativa a la presentación de solicitudes de ayudas directas sobre parcelas y cultivos declarados.
Disposición adicional quinta
Controles por monitorización.
Disposición final primera
Facultad de desarrollo.
Disposición final segunda
Entrada en vigor.
ANEXOS
Anexo I
Número de árboles máximos permitidos por hectárea para los pagos acoplados de cultivos herbáceos.
Anexo II
Relación de municipios de Extremadura calificados como zonas de montaña (submedida 13.1).
Anexo III
Pago de compensación a zonas de montaña (submedida 13.1.)