Orden 148/2018, de 4 de octubre, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se modifica la Orden 113/2017, de 7 de junio, de fomento de la creación de agrupaciones de productores de productos agroalimentarios en Castilla-La Mancha y de creación del Registro de Agrupaciones de Productores de Productos Agroalimentarios de Castilla-La Mancha.

SecciónI. Disposiciones generales
EmisorConsejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural
Rango de LeyOrden

La experiencia en la aplicación de la Orden 113/2017, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, de fomento de la creación de Agrupaciones de Productores de Productos Agroalimentarios en Castilla-La Mancha y de creación del Registro de Agrupaciones de Productores de Productos Agroalimentarios de Castilla-La Mancha, aconseja modificar algunos de sus aspectos con el fin de clarificar ciertos conceptos y algunas cuestiones procedimentales.

Así, es necesario concretar la definición de producción comercializada para evitar confusión en la elaboración del Plan Empresarial que ya exige cumplimentar "la producción comercializada de los participantes de la agrupación" introduciendo su definición en el artículo 2.

Asimismo resulta oportuno precisar que el contenido estatutario mínimo del Anexo II es exigible a la Agrupación de Productores razón por la cual se da nueva redacción al artículo 5.6.a.1 y se precisan en el Anexo II algunos aspectos de este contenido mínimo estatutario, delimitándose de una manera más clara lo que son las obligaciones de la entidad agrupada de la de sus miembros.

Por otra parte en el artículo 14 se requiere introducir criterios de desempate en la valoración de solicitudes así como modificar la composición de la Comisión Técnica de Valoración prevista en el artículo 17 para hacerla más eficaz.

En el artículo 20 se ha unificado para los distintos solicitantes la fecha de presentación de la solicitud de pago y especificado los gastos de personal que pueden ser imputados como costes al Plan Empresarial.

Por último en el artículo 21 se corrige la errata que se contiene en la referencia que el apartado 7 hace a su apartado 1 por la de su apartado 2.

De acuerdo con lo dispuesto, a propuesta de la Dirección General de Industrias Agroalimentarias y Cooperativas y en virtud de las competencias, cuyo ejercicio encomienda a la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, el Decreto 84/2015, de 14 de julio de 2015, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la misma, dispongo:

Artículo único

Modificar la Orden 113/2017, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, de fomento de la creación de Agrupaciones de Productores de Productos Agroalimentarios en Castilla-La Mancha y de creación del Registro de Agrupaciones de Productores de Productos Agroalimentarios de Castilla-La Mancha, en los siguientes términos:

Uno. En el artículo 2 se añade una nueva definición con el siguiente tenor:

Producción comercializada: A los efectos de computar los objetivos del Plan Empresarial, se define como la suma de la producción total comercializada por cada uno de sus partícipes y por la propia agrupación, que también se podrá cuantificar en valor de mercado.

Dos. En el artículo 5 se da nueva redacción al epígrafe a.1) del apartado 6 que pasa a tener la siguiente redacción:

a.1) Estatutos y escritura de constitución de la agrupación y, en su caso, de cada uno de sus partícipes. Los estatutos de la agrupación deberán incluir el contenido mínimo establecido en el Anexo II de la presente orden.

Tres. En el artículo 14 se da nueva redacción al apartado 5 quedando redactado del siguiente modo:

5. El reparto del crédito disponible se efectuará de forma ordenada, según la lista priorizada de puntuación, comenzando por las solicitudes de mayor...

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