ORDEN de 13 de mayo de 2021, por la que se determina la anotación preceptiva en el registro de personal de los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud de la resolución de encuadramiento en los distintos grados o niveles de carrera profesional.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Sanidad
Rango de LeyOrden

Mediante el Decreto 217/2001, de 21 de diciembre, se crea el registro de personal de los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud y se regula su régimen jurídico, con el carácter de registro administrativo de la Comunidad Autónoma de Canarias en el que ha de ser inscrito el personal estatutario y laboral comprendido en su ámbito de aplicación.

Con la finalidad de posibilitar la adaptabilidad permanente del registro a las necesidades de la gestión, el artículo 8 del citado Decreto habilita en su apartado tercero a la persona titular de la Consejería competente en materia de sanidad para ampliar el listado de actos, resoluciones y datos que, de acuerdo con lo previsto en su apartado segundo, han de ser objeto de anotación preceptiva en el registro. A su vez, al objeto de facilitar los asientos y garantizar su homogeneidad, dispone el artículo 5 del Decreto que por la persona titular de la Consejería competente en materia de sanidad se aprueben los modelos normalizados de documentos que tendrán acceso al citado registro.

Con posterioridad a la entrada en vigor del citado Decreto se promulga la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud, que habilita a los distintos servicios de salud para la aprobación y desarrollo de modelos de carrera profesional del personal adscrito a las instituciones sanitarias, lo que ha sido llevado a efecto en el ámbito de nuestra comunidad autónoma respecto al personal facultativo, personal diplomado sanitario, personal sanitario de formación profesional y personal de gestión y servicios, respectivamente, mediante el Decreto 278/2003, de 13 de noviembre, el Decreto 129/2006, de 26 de septiembre, y el Decreto 421/2007, de 26 de diciembre.

De acuerdo con lo previsto en la citada normativa, la carrera profesional constituye una modalidad de promoción horizontal que permite, sin necesidad de cambiar de puesto de trabajo, progresar con carácter individual y voluntario dentro de un sistema predeterminado de niveles o grados consecutivos y remunerados, como reconocimiento al grado de desarrollo o perfeccionamiento alcanzado en el ejercicio de una determinada profesión.

Por su relevancia en la vida administrativa del personal, procede incorporar al registro de personal de...

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